Estas son las multas que usted podría pagar si se porta mal en el MIO
Atento a estas 16 multas que usted deberá pagar si hace mal uso del servicio de transporte masivo, tal como se establece en el nuevo Código de Policía.
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Este lunes 30 de enero entra en vigencia el nuevo Código de Policía, y en el se incluyen las infracciones por las que deben responder quienes hagan mal uso del sistema de transporte masivo en las ciudades.
Estas son las 16 multas del Código de Policía que usted debe pagar si viola la ley:
1. Evadir el pago de la tarifa del MIO para acceder a la prestación del servicio de transporte, en cualquiera de sus buses (articulados, padrones y alimentadores). Multa: 8 salarios mínimos diarios legales vigentes ($218.895).
2. Alterar, manipular, deteriorar, destruir o forzar, las puertas de las estaciones o de los buses articulados, impidiendo su uso y funcionamiento normal. Multa: 16 salarios mínimos diarios legales vigentes ($437.790).
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3. Destruir, obstruir, alterar o dañar los sistemas de alarma o emergencia o sus señales indicativas (mapas, tableros, pantallas). Multa: 32 salarios mínimos diarios legales vigentes ($875.580).
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4. Obstaculizar o impedir la movilidad o el flujo de usuarios de pasajeros en el Sistema (hacer fila para ingresar a los buses). Multa: 16 salarios mínimos diarios legales vigentes ($437.790).
5. Ingresar y salir de las estaciones y terminales del Sistema por sitios distintos a los asignados para ello (pasos restringidos en las terminales y estaciones del Sistema). Multa: 4 salarios mínimos diarios legales vigentes ($109.447).
6. Impedir el ingreso o salida prioritaria a mujeres embarazadas, adulto mayor, personas con niños y personas en situación de discapacidad. Multa: 4 salarios mínimos diarios legales vigentes ($109.447).
7. Irrespetar las sillas azules, y no ceder el lugar a una persona en situación de discapacidad. Amonestación de carácter pedagógico. Llamado de atención.
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8. Agredir, empujar o irrespetar a las demás personas durante el acceso, permanencia o salida de estos. Multa: 4 salarios mínimos diarios legales vigentes ($109.447).
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9. Transportar mascotas en el MIO, incumpliendo la reglamentación. Para el caso del Masivo, en el Manual de Convivencia establecido por el Municipio mediante decreto, sólo se permite el transporte de gatos y perros entre las 9:00 a.m. y las 3:00 p.m. en contenedores especiales con manija o colgante. Esta norma no aplica para los perros guía, los cuales deberán ir identificados con chaleco y certificado de la Secretaría de Salud – Zoonosis. Multa: 8 salarios mínimos diarios legales vigentes ($218.895).
10. Irrespetar a las autoridades del Sistema. Multa: 16 salarios mínimos diarios legales vigentes ($437.790).
11. Ingresar al MIO cualquier sustancia o elemento que pueda poner en peligro la salud e integridad de los pasajeros. Multa: 32 salarios mínimos diarios legales vigentes ($875.580).
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12. Perturbar la tranquilidad de los usuarios mediante algún acto molesto (ventas ambulantes, ruido etc). Amonestación de carácter pedagógico. Llamado de atención.
13. Perturbar la tranquilidad mediante un acto obsceno. Multa: 32 salarios mínimos diarios legales vigentes ($875.580).
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14. Consumir alimentos, bebidas (en buses) o derivados del tabaco o sustancias cuando estén prohibidas en el resto del Sistema. Multa: 4 salarios mínimos diarios legales vigentes ($109.447).
15. Resistirse a los procesos de seguridad en los filtros del MIO (guardas de seguridad, asesores de servicio, operadores, personal del Sistema). Multa: 32 salarios mínimos diarios legales vigentes ($875.580).
16. Contravenir las obligaciones que se determinen en los reglamentos y/o manuales de uso y operación, que establezcan las autoridades encargadas al respecto (Manual de convivencia). Multa: 32 salarios mínimos diarios legales vigentes ($875.580).
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