Se les acabó el negocio a quiénes viven en conjuntos: residentes les tocó salir por el pan
Hay familias que piensan en montar una tienda en la sala de su casa o abrir un pequeño negocio para generar ingresos, pero la ley podría echar al piso ese negocio.
Tener una vivienda propia para muchos es un objetivo o sueño de vida, por lo que vivir en un conjunto residencial se convierte en una de las principales alternativas. Sin embargo, esta opción también implica cumplir con las normas que rigen este tipo de comunidades.
En algunos conjuntos residenciales, hay familias que piensan en montar una tienda en la sala de su casa o abrir un pequeño negocio para generar ingresos. Lo que no todos saben es que, según la Ley de Propiedad Horizontal, vigente desde el año 2001, estas prácticas dentro de los conjuntos no están permitidas.
De acuerdo con la Ley 675, que regula la convivencia, la administración y el uso de las viviendas en la copropiedad, se establece que los inmuebles deben tener un uso estrictamente residencial.
Negocios en conjuntos residenciales: lo que dice la ley
Miles de familias que intentan obtener un sustento a través de pequeños negocios dentro de sus viviendas deben enfrentar una realidad clara: el artículo 18 de la Ley 675 señala que los inmuebles deben destinarse únicamente al uso definido en el reglamento de la copropiedad.
En el pasado era común encontrar tiendas improvisadas dentro de los conjuntos, pero hoy la práctica está prohibida en la mayoría de ellos. La razón principal es garantizar la seguridad, la solidez de las construcciones y, sobre todo, la buena convivencia entre vecinos.
Así puede evitar pagar sanciones en conjuntos
Foto: Unplash - ImageFX
Abrir un negocio sin autorización en un conjunto puede traer consecuencias legales y económicas. Según lo revelado por la Notaría 19 de Bogotá, quienes lo hagan se exponen a sanciones urbanísticas y monetarias. El Código Nacional de Policía establece que usar una vivienda para un fin distinto al permitido es una infracción.
Esto puede derivar en multas que van desde 70 hasta 400 salarios mínimos mensuales legales vigentes, de acuerdo con la Ley 13800 de 1997.
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Además, cada reglamento interno de propiedad horizontal contempla sanciones adicionales que pueden ir desde amonestaciones hasta cobros extraordinarios por incumplir lo pactado. En los casos más graves, incluso podría ordenarse la suspensión definitiva del negocio.
Permisos para abrir un negocio en conjuntos
No todo está perdido para quienes buscan generar ingresos desde su hogar. La normativa contempla excepciones en los conjuntos de uso mixto (residencial y comercial), donde sí se permiten negocios dentro de las unidades privadas, siempre que esto quede estipulado en los estatutos de la copropiedad y se eleve a escritura pública.
En caso de que un residente de un conjunto exclusivamente residencial quiera abrir un negocio, tendría que modificar los estatutos, obtener la aprobación de la asamblea de propietarios y registrar el cambio en la Oficina de Instrumentos Públicos. Un proceso largo y poco frecuente, pero que representa la única vía legal para hacerlo.