La inquietud de que una persona pueda convertirse en propietaria de una vivienda luego de haberla ocupado suele ser un tema que genera cientos de dudas entre arrendatarios, así como entre los dueños de estos inmuebles. Si bien es un hecho que en Colombia existe una figura legal para solicitar el reconocimiento de la propiedad, este no es un proceso automático y exige que se cumplan requisitos estrictos.Se trata de la llamada prescripción extraordinaria del dominio, un mecanismo jurídico por el cual una persona tiene la capacidad de pedir ante un juez que se le reconozca la propiedad de un inmueble cuando ha ejercido la posesión por un largo periodo y bajo determinadas condiciones.Sin embargo, expertos recuerdan que pagar arriendo por varios años no convierte automáticamente a nadie en propietario y tampoco garantiza el éxito de una reclamación judicial.Esto pide la ley para el reconocimiento de una viviendaUno de los requisitos fundamentales es que se pueda demostrar una posesión continua, pública y pacífica durante por lo menos una década.Es decir, que la ocupación no puede haber sido clandestina, violenta ni interrumpida. Adicionalmente, se debe acreditar que actuó como si fuera la propietaria del inmueble.Entre las acciones que podrían servir como prueba se encuentran:Realizar mejoras en la vivienda.Asumir gastos de conservación.Pagar servicios públicos.Cubrir impuestos relacionados con el inmueble.Administrar la propiedad como si fuera propia.La clave está en demostrar que existió una verdadera posesión y no simplemente una permanencia derivada de un contrato de arrendamiento.Necesita una demanda judicial; de lo contrario, no valeLa prescripción extraordinaria del dominio debe ser analizada por un juez civil, quien evaluará las pruebas presentadas por quien reclama la propiedad.Durante el proceso, el propietario original tiene derecho a defenderse y controvertir la solicitud. Si logra demostrar que nunca abandonó el dominio sobre el inmueble o que no se cumplen los requisitos legales, la pretensión puede ser rechazada.Por esta razón, los especialistas recomiendan reunir pruebas sólidas y contar con asesoría jurídica antes de iniciar cualquier actuación judicial.Ley 820 de 2003: obligaciones y causales para terminar un contratoMientras la prescripción extraordinaria aplica en situaciones excepcionales, la mayoría de relaciones entre propietarios e inquilinos continúan reguladas por la Ley 820 de 2003.La norma establece obligaciones para ambas partes. Los arrendatarios deben pagar oportunamente el canon y los servicios públicos, mientras que los propietarios están obligados a entregar y conservar el inmueble en condiciones adecuadas.Cuando existen incumplimientos graves, el dueño puede acudir a mecanismos legales para recuperar la vivienda mediante una acción de restitución, proceso que incluso puede terminar en un desalojo autorizado por un juez.
Los ascensores son una herramienta indispensable para miles de personas que viven en conjuntos residenciales en Colombia, especialmente cuando los edificios son considerablemente altos. Sin embargo, detrás de estos crece una alarma por la preocupación relacionada con la seguridad de los residentes y las decisiones de los administradores.Según afirman expertos, existen copropiedades que estarían contratando servicios de mantenimiento muy económicos, situación que afectaría el funcionamiento de los equipos e incrementaría el riesgo de fallas dentro de edificios residenciales.Mantenimiento barato de ascensores preocupa a conjuntos residencialesEntre los problemas que más se reportan se encuentran sensores que fallan, puertas que se abren inesperadamente, movimientos bruscos e interrupciones del servicio. Aunque muchas veces estas situaciones parecen menores, especialistas aseguran que pueden convertirse en un peligro para quienes usan estos equipos diariamente.De acuerdo con lo revelado por la directora ejecutiva de Estilo Ingeniería, Liney Malaver, la empresa dedicada al mantenimiento y modernización de ascensores señaló que un servicio podría costar entre $500.000 y $1.500.000 mensuales, dependiendo de la referencia del equipo, del número de unidades que haya en el edificio y el desgaste. Sin embargo, la vocera apunta que se han encontrado "adminsitraciones que contratan servicios de hasta $200.000, lo que podría comprometer los sistemas de seguridad el funcionamiento del equipo".“La reducción excesiva de costos termina comprometiendo los sistemas de seguridad”, aseguró Malaver.Empresas sin experiencia estarían ingresando a conjuntos residencialesOtro de los puntos que preocupa al sector es la contratación de compañías con poca experiencia o sin personal certificado para intervenir equipos de transporte vertical.De acuerdo con especialistas, algunas empresas ofrecen precios bajos sacrificando procesos técnicos, revisiones preventivas y protocolos de seguridad exigidos para este tipo de maquinaria.Mientras en centros comerciales y edificios corporativos existen controles más estrictos y auditorías frecuentes, en algunos conjuntos residenciales las decisiones terminan determinadas por el presupuesto disponible.Expertos recomiendan reforzar controles en ascensoresLos especialistas insisten en que las administraciones deben priorizar la seguridad sobre el ahorro económico. Además, recomiendan verificar que las empresas contratadas cuenten con certificaciones, personal especializado y experiencia comprobada.También aconsejan exigir reportes detallados de mantenimiento, mantener actualizados los registros técnicos y realizar inspecciones preventivas periódicas para detectar fallas antes de que se conviertan en emergencias.
En Colombia, vivir en un conjunto residencial se ha convertido en una de las opciones más comunes para quienes quieren independizarse o tener vivienda propia. Sin embargo, buscar un lugar donde vivir con mayor seguridad ha llevado a que muchas administraciones opten por implementar sistemas adicionales como las cercas eléctricas, una medida que puede ser efectiva, pero que necesita cumplir algunas reglas.Y es que la instalación de cercas eléctricas en conjuntos residenciales está regulada por la Resolución 90708 de 2013, expedida por el Ministerio de Minas y Energía. La norma fija varios parámetros que buscan evitar la presencia de riesgos para residentes, visitantes e incluso transeúntes.Entre los puntos más importantes de la norma, se establece que los impulsos eléctricos no pueden superar los 10.000 voltios y que deben contar con una duración máxima de 10 milisegundos. Estas condiciones están diseñadas para reducir la posibilidad de lesiones graves en caso de contacto accidental.Adicionalmente, la norma exige que estos sistemas estén correctamente diseñados para evitar descargas peligrosas, bajo estándares técnicos que minimicen cualquier incidente.Voltaje máximo permitido de 10.000 voltiosImpulsos con duración máxima de 10 milisegundosSistema debe cumplir condiciones técnicas de seguridad¿Cómo se deben instalar las cercas eléctricas en conjuntos?Más allá del componente técnico, la regulación busca aumentar la prevención. Uno de los requisitos más visibles es la señalización obligatoria. Las cercas eléctricas deben contar con avisos claros, permanentes y ubicados cada cinco metros para advertir sobre el riesgo.Por otra parte, la instalación de estos sistemas se debe hacer dentro de los límites del conjunto residencial. Es decir, no puede invadir el espacio público ni afectar zonas externas, algo que sí puede generar conflictos cuando no se respeta.A esto se suman exigencias relacionadas con la seguridad operativa, como los sistemas de puesta a tierra y mecanismos de protección frente a descargas atmosféricas, que ayudan a evitar fallas eléctricas o accidentes.Por qué estos sistemas necesitan normas de seguridadEl uso de cercas eléctricas responde a una necesidad real de seguridad, pero también implica riesgos si no se manejan de manera correcta. Por eso, la normativa busca equilibrar la protección de los residentes con la seguridad de quienes circulan cerca del conjunto residencial.Por lo tanto, esto obliga a que los administradores tomen decisiones frente a estos temas y contraten personal capacitado para la instalación. No se trata solo de poner una barrera, sino de garantizar que su funcionamiento no represente un peligro.De esa manera, usar cercas eléctricas es una alternativa válida para reforzar la seguridad; sin embargo, su uso no es libre, sino que debe acatar las normas correspondientes, por lo que en Colombia la regulación no solo es obligatoria, sino un tema clave para evitar situaciones de riesgo.
Para quienes viven en conjuntos residenciales, esto implica tener que asumir una serie de costos al mes importantes; entre ellos se encuentra la cuota de administración, misma que para muchos genera una serie de preocupaciones en el bolsillo. Pese a ello, no todos los cobros se deben aplicar de la misma manera para todos los residentes de la propiedad horizontal.De hecho, una reciente revelación del Ministerio de Vivienda abrió un debate sobre la responsabilidad de los propietarios frente a algunos gastos, especialmente sobre quienes viven en el primer piso.Resulta que la discusión gira en torno al mantenimiento de los ascensores, un servicio que entra dentro de las zonas comunes, pero que en esencia no beneficia a todos por igual; ante ello, la normativa podría generar excepciones si se cumplen algunas condiciones que podrían aliviar el bolsillo de miles de colombianos.¿Quiénes viven en el primer piso no pagarían mantenimiento de ascensores?Resulta que la disputa aparece por el uso real del servicio. De acuerdo con lo explicado por el Ministerio, la excepción se debe aplicar porque quienes viven en el primer piso no necesitan el ascensor para movilizarse al interior del conjunto, así como tampoco para acceder a su vivienda ni a otras zonas comunes como parqueaderos o depósitos.La entidad se pronunció en 2024, luego de varias consultas de ciudadanos sobre cómo se deben aplicar los cobros en estos casos. Y es que, si bien los ascensores son bienes comunes, el Ministerio señala que su mantenimiento no siempre debe ser asumido por todos los propietarios.¿Cómo eximirse de pagar el mantenimiento de ascensores? Esto debe saberResulta que, más allá de la probable exención de pago, el tema realmente se debe tomar con “pinzas”. No solamente basta con vivir en el primer piso para no pagar el mantenimiento de los ascensores, sino que se deben cumplir varias condiciones y analizar la manera en la que se estructura el conjunto.No usar el ascensor para ingresar a la vivienda o zonas comunesVerificar lo que establece el reglamento interno del conjuntoTener en cuenta que la decisión puede depender de la asamblea de copropietariosTenga en cuenta que la decisión de interpretación se basa en el artículo 29 de la Ley 675 de 2001, misma que regula la propiedad horizontal en el país. Adicionalmente, en el caso de que se presenten desacuerdos, los residentes tienen la posibilidad de acudir a la justicia ordinaria para buscar una solución al conflicto.
Vivir en conjunto residencial obliga a los residentes a cumplir con ciertas reglas, especialmente con lo relacionado con la cuota de administración. En Colombia, este modelo de convivencia se regula por la Ley 675 de 2001 y ha sido interpretado por la Corte Constitucional, que ya definió hasta dónde pueden llegar las sanciones a quienes las incumplen.En ese orden de ideas, se ha reiterado que los residentes en mora podrían enfrentar restricciones en sus propios conjuntos. Sin embargo, las medidas no son arbitrarias y deben cumplir algunos criterios legales.Residentes podrían perder serviciosAnte ello, las copropiedades tienen la facultad de limitar el acceso a algunos espacios cuando un residente no está al día con sus pagos. De hecho, las restricciones se enfocan en bienes comunes no esenciales, como una forma de incentivar el cumplimiento de las obligaciones económicas.Entre las principales se encuentran: restricción al uso de zonas sociales, recreativas y espacios comunes no esenciales. Estas decisiones están contempladas en el reglamento interno del conjunto y deben ser conocidas por todos los residentes.Corte Constitucional pone límites en sancionesEso sí, la Corte Constitucional ha establecido que la autonomía de los conjuntos residenciales no es absoluta. En fallos como la Sentencia T-633 de 2003, avaló que los morosos puedan ser excluidos de las asambleas, siempre que esta decisión esté sustentada en las normas internas.De igual manera, el alto tribunal insiste en que cualquier sanción debe ser proporcional y respetar principios como el debido proceso. Eso quiere decir que no basta solo con imponer restricciones, sino que es necesario garantizar que estas sean justas y estén debidamente justificadas.Restricciones no pueden afectar derechos fundamentalesUno de los puntos más importantes es que ninguna medida puede poner en riesgo las condiciones mínimas de vida de los residentes. Esto implica que los servicios esenciales no pueden ser suspendidos bajo ninguna circunstancia.En esa línea, la Corte ha reiterado que se deben analizar casos particulares, especialmente cuando hay personas en condición de vulnerabilidad. La idea es encontrar un equilibrio entre la convivencia, el cumplimiento de las normas y la protección de los derechos básicos.
El bolsillo de quienes viven en arriendo podría verse afectado en los próximos meses. Sin embargo, aunque para 2026 los incrementos se han mantenido relativamente estables, las señales empiezan a preocupar de cara a 2027.Y es que, según cifras del DANE, el 40 % de la población habita en alquiler; ante ello, cualquier cambio en los cánones suele tener un fuerte impacto en el bolsillo de millones de hogares.Por ahora, muchos contratos se han ajustado con base en el 5,1 % del IPC del año pasado, lo que ha permitido cierta estabilidad. Sin embargo, los analistas advierten que este escenario podría cambiar: la inflación, el precio de la gasolina y otras presiones económicas podrían llevar el índice de precios a niveles que rondan el 7 %, lo que podría terminar trasladándose al costo de los arriendos.¿Aumentará el precio por esta razón?El principal detonante del posible aumento en los arriendos es la inflación. En Colombia, los incrementos anuales de cánones están atados al comportamiento del Índice de Precios al Consumidor, lo que significa que cualquier variación en este indicador incide directamente en lo que pagan los inquilinos.Actualmente, el panorama muestra riesgos claros:Analistas proyectan una inflación cercana al 6,5 % o incluso al 7 %El aumento en combustibles presiona el costo de vidaSe prevé un impacto en alimentos y servicios básicosEsto implica que, si se cumplen estos pronósticos, los arriendos en 2027 podrían subir más que en el año actual, lo que complicaría aún más el acceso a vivienda en alquiler.¿Qué tanto se dispararía el incremento de arriendos?El posible incremento no es menor. Mientras en 2026 los ajustes rondaron el 5,1 %, para 2027 podrían ubicarse entre el 6,5 % y el 7 %, de acuerdo con el comportamiento de la inflación. Este salto, aunque parece pequeño en términos porcentuales, puede representar una diferencia significativa en el pago mensual.El Banco de la República ha insistido en que sus decisiones, especialmente las tasas de interés, buscan contener estas presiones inflacionarias. Sin embargo, el panorama económico muestra que hay factores externos difíciles de controlar, lo que mantiene la incertidumbre.Adicionalmente, informes recientes indican que cada vez más arrendatarios dependen de acuerdos con los propietarios para sostener los pagos, lo que evidencia una presión creciente en los ingresos de los hogares.Hacen llamado a quienes viven en arriendoAnte este contexto, expertos recomiendan a quienes viven en arriendo anticiparse y revisar sus finanzas. Aunque los incrementos no son inmediatos, el escenario sugiere que los próximos ajustes podrían ser más exigentes.Entre las recomendaciones clave están:Revisar el contrato de arrendamiento y las condiciones de ajustePlanear el presupuesto teniendo en cuenta posibles aumentosEvaluar opciones de vivienda según capacidad de pagoEl mensaje es claro: aunque hoy los arriendos mantienen cierta estabilidad, el comportamiento de la inflación será determinante.
Marzo normalmente es un mes movido en los conjuntos residenciales del país, ya que es la época en la que se definen temas cruciales como los presupuestos, administración e incluso cuotas, medidas que impactan el bolsillo de los copropietarios. Sin embargo, vale señalar que no todo es válido en las reuniones; de hecho, la ley establece condiciones específicas que se deben cumplir para que lo estipulado en la asamblea tenga validez, pero un error podría tumbar por completo la reunión.Y es que un detalle que muchos pasan por alto podría ser definitivo a la hora de fijar las decisiones: la manera en la que se convoca a la asamblea puede definir si la reunión tiene validez o se cae. De acuerdo con la Ley 675 de 2001, existen normas claras que buscan garantizar la participación de los copropietarios y evitar decisiones tomadas a la ligera.Frenan asambleas de copropietarios: ley invalida reuniones por este errorResulta que uno de los puntos más sensibles es el tiempo de la convocatoria. De acuerdo con la ley, la administración debe citar con al menos 15 días calendario de anticipación. Si el requisito no se cumple, puede ser considerada irregular.Puede que el detalle parezca menor, pero tiene un peso legal importante. No es solo un formalismo, es una garantía de que los residentes hayan revisado los documentos, organizado su asistencia y participen con conocimiento en las decisiones. Cuando esto ocurre, cualquier decisión puede perder validez.Qué se puede decidir en la asamblea de copropietariosDentro de estas reuniones se toman decisiones que marcan el rumbo del conjunto. Entre las más relevantes están:Nombrar o remover al administrador y su suplenteElegir el consejo de administración y el comité de convivenciaAprobar presupuestos y cuotas de administraciónAutorizar modificaciones o arreglos en zonas comunesPor eso, la correcta convocatoria no es un tema menor. Se trata de decisiones que afectan la convivencia y las finanzas de quienes viven en propiedad horizontal.Consecuencias de no cumplir con este requisitoCuando no se respetan los tiempos o condiciones de la convocatoria, las consecuencias pueden ser más serias de lo que muchos imaginan. La ley contempla varios escenarios:La asamblea puede ser impugnada ante un juez civilLas decisiones adoptadas pueden anularse total o parcialmenteEl administrador podría enfrentar sancionesLa irregularidad no se corrige aunque haya buena asistenciaEn la práctica, esto significa que aumentos en cuotas, cambios administrativos o inversiones aprobadas podrían quedar sin efecto.Así las cosas, más allá de asistir a la asamblea, los propietarios tienen el reto de estar atentos a cómo se convoca.
Para muchos colombianos, el aumento del salario mínimo fue de gran ayuda al bolsillo y es que el incremento del 23 % en el sueldo sin duda ha sido un alivio, pero para otros resultó siendo un castigo, pues también influyó en el aumento de las cuotas de administración, lo que ha sido un dolor para miles de propietarios en conjuntos residenciales.De hecho, en varias situaciones el incremento ha superado el 23 %, lo que ha llevado a dudar de la legalidad de esta situación, especialmente sobre si se puede o no hacer.Si bien a primera vista podría parecer una decisión arbitraria, lo cierto es que los ajustes suelen estar aprobados en la asamblea de copropietarios, donde la mayoría define el presupuesto del conjunto. Esto quiere decir que, incluso si el cobro es elevado, puede ser válido ya que fue aprobado por un proceso válido legalmente.Pero esa medida no quiere decir que los propietarios queden maniatados, pues hay mecanismos legales que permiten revisar cómo se tomó la decisión y si se presentaron irregularidades en el proceso.¿Qué hacer si la cuota de administración subió exageradamente?Lo principal que el copropietario debe tener claro es que no se puede demandar directamente el aumento. La ruta correcta, de acuerdo con la normativa actual, resulta ser la impugnación de la decisión tomada en la asamblea.Esto quiere decir que implica revisar si el proceso se cumplió con lo establecido de acuerdo con la Ley 675, misma que regula la propiedad horizontal en el país. Sin embargo, si el presupuesto fue aprobado de manera adecuada y el coeficiente de propiedad fue bien aplicado, el cobro definitivamente es obligatorio. En este punto, la discusión no es el monto, sino la legalidad.Cómo impugnar el aumento de las cuotas de administraciónPara quienes no estén de acuerdo con el incremento, existen varias herramientas que pueden utilizarse antes y después de la asamblea. Estas opciones permiten dejar constancia de la inconformidad y, en varios casos, llevar el tema ante un juez.Las principales acciones son:Derecho de inspección para revisar libros contables y cotizaciones antes de la asambleaParticipar en la reunión y dejar constancia de la inconformidad en el actaSolicitar explicaciones al consejo de administración sobre los gastosAcudir a una impugnación judicial dentro de los dos meses siguientesEste último punto es clave, ya que existe un plazo limitado para iniciar el proceso legal.Qué dice la ley sobre el aumento de cuotasTodo el inconveniente nace desde la Ley 675, la cual establece que las expensas comunes deben distribuirse de acuerdo con el coeficiente de copropiedad. Eso quiere decir que cada propietario debe pagar en función de su participación dentro del conjunto.Por tal motivo, más allá del porcentaje de aumento, lo importante es verificar que los cálculos y decisiones se hayan hecho de acuerdo con la norma.
En Colombia, llegan a ser comunes las molestias de los residentes de conjuntos residenciales con los administradores. Para muchos, los altos costos, cobros y hasta multas pueden resultar exagerados, lo que genera que las personas sientan la necesidad de quejarse sobre el funcionamiento de la administración; sin embargo, no todos conocen dónde pueden presentar sus quejas.En el país no existe una entidad única, o al menos especializada, a la que se le pueda atribuir de manera general la inspección, vigilancia y control frente a las propiedades horizontales. Por este motivo, el control de la administración suele recaer inicialmente en los órganos internos de la copropiedad.Normalmente, la vigilancia y control de la administración debe ser ejercida por la asamblea de copropietarios, el consejo de administración y, en algunos casos, por la revisoría fiscal, de conformidad con lo establecido por la Ley 675 de 2001, el reglamento de propiedad horizontal y las decisiones de la asamblea.¿Dónde acudir si los administradores incumplen sus funciones?En el caso de que los administradores incumplan sus funciones o se presenten inconformidades con el manejo de la propiedad horizontal, los copropietarios pueden acudir a mecanismos legales de solución de conflictos, entre ellos acciones judiciales ante los jueces civiles. Un ejemplo es el proceso verbal para controversias sobre propiedad horizontal, regulado en el artículo 390 del Código General del Proceso.De hecho, según lo señalado por Esteban García Jimeno, senior counsel del bufete de abogados Holland & Knight, en Colombia no hay una superintendencia o entidad encargada de la inspección, vigilancia y control de las propiedades horizontales o de sus administradores. Por lo tanto, el principal control se ejerce internamente por los órganos de la copropiedad, especialmente por la asamblea de copropietarios y el consejo de administración.Eso sí, existen varias entidades del Estado que pueden ejercer control en algunas situaciones específicas. Por ejemplo, la DIAN en temas fiscales; las entidades municipales y distritales cuando se trate de salubridad, asuntos ambientales, convivencia o incluso infracciones urbanísticas.¿Qué hacer en caso de que se roben el dinero?Este es un caso mucho más delicado y requiere una investigación profunda. Por lo tanto, si existen indicios de que recursos están siendo apropiados indebidamente o utilizados de manera irregular, los residentes de la copropiedad pueden interponer las respectivas denuncias ante entidades como la Fiscalía General de la Nación, para que se adelanten las investigaciones pertinentes.De acuerdo con Esteban García, “dependiendo de las circunstancias del caso, podrían configurarse delitos como hurto, abuso de confianza, administración desleal, falsedad en documento o corrupción privada, entre otros”.¿Qué sanciones pueden enfrentar los administradores?Las sanciones que se le puedan imponer a los administradores dependen de lo que se establezca en el reglamento interno del conjunto y en el contrato mediante el cual fue vinculado. Un ejemplo es que el administrador pueda ser removido de su cargo, quedar sujeto a penalidades contractuales o incluso ser requerido para responder por los daños causados a la copropiedad.Según afirma el experto, las sanciones dependerán de la forma de su vinculación: “si se trata de una empresa administradora o de un administrador contratado mediante prestación de servicios, aplicarán las penalidades, sanciones o cláusulas previstas en el contrato. Si el administrador tiene un contrato laboral, deberán aplicarse además las normas y procedimientos del derecho laboral”, explica Esteban García.Finalmente, si se determina que existió la comisión de un delito, el administrador enfrentaría sanciones penales que pueden resultar en multas y/o penas privativas de la libertad.
En Colombia, arrendar tiene reglas claras, pero no siempre son conocidas y estas, en muchos casos, pueden generar conflictos entre inquilinos y propietarios, por lo que conocerlas puede evitar discusiones innecesarias.Resulta que la Ley 820 de 2003, que regula los contratos de vivienda en conjuntos residenciales y urbanizaciones abiertas, define qué puede y qué no exigir el propietario del inmueble. En ese caso, existe un punto que ha generado discordia en más de una ocasión y tiene que ver con los arreglos locativos y cómo deben cobrarse frente al uso del inmueble.De hecho, la norma surgió para estandarizar las condiciones, equilibrar el derecho a la vivienda con la propiedad privada y evitar abusos. Sin embargo, también dejó margen para que los dueños puedan establecer algunas condiciones contractuales que, en ciertos casos, terminan representando costos adicionales para quien arrienda.Ley protege a dueños: qué dice sobre los cobros adicionales a inquilinosUno de los focos está justamente en las reparaciones locativas, es decir, aquellos arreglos que mantienen el inmueble en condiciones adecuadas sin modificar su estructura. Entre ellos se encuentran:Mantenimiento o cambio de pisos y enchapes.Ajustes en cielorrasos.Mejoras en redes hidráulicas, sanitarias, eléctricas o de gas.Pintura del inmueble.De hecho, sobre este último punto, el Ministerio de Justicia ha sido enfático: generalmente, la pintura corresponde al arrendatario, pues el deterioro se relaciona con el uso cotidiano. Ahí es donde muchos propietarios encuentran respaldo legal para exigir que el inmueble se entregue pintado o asumir ese costo si no se cumple.La excepción aplica cuando el daño se origina por fuerza mayor, caso fortuito o mala calidad de materiales; en esos casos, el responsable es el arrendador.Todo debe estar estipulado en el contrato: plazos, desalojos y depósitosEl propietario no puede exigir depósitos para cubrir posibles daños.Puede terminar el contrato por falta de pago, incluso con un mes de mora.El plazo para pagar el arriendo es potestativo y debe quedar claro en el contrato.Esto significa que el dueño define los días límite para recibir el canon mensual, siempre que quede estipulado por escrito.Según BBVA Research, Colombia cerró 2025 con 7,3 millones de hogares viviendo en arriendo, cifra que supera a los 7,1 millones con vivienda propia. Es un mercado amplio, competitivo y cada vez más regulado.
Una reciente publicación en redes sociales dejó sorprendidos a miles de seguidores por la notable transformación física de uno de los actores más reconocidos de Hollywood. La imagen, compartida con motivo de una celebración familiar, rápidamente se volvió viral debido a la apariencia mucho más atlética y definida que luce el protagonista de 'Gladiador', muy distinta a la que había mostrado en sus últimas apariciones públicas.Se trata de Russell Crowe, quien aprovechó el cumpleaños número 20 de su hijo menor, Tenny, para compartir una fotografía en la que ambos aparecen posando y flexionando uno de sus brazos. El gesto terminó robándose la atención de los usuarios, que destacaron la evidente definición muscular del actor de 62 años y el cambio físico que ha conseguido durante los últimos meses.La publicación no solo generó comentarios por su renovada imagen, sino también por el mensaje que el ganador del Premio Óscar le dedicó a su hijo. "Hoy hace 20 años, a las 6:53 de la mañana, este increíble joven llegó a nuestras vidas. ¡Feliz cumpleaños, Tenny!", escribió Crowe junto a la fotografía, que rápidamente recibió miles de reacciones.La transformación del intérprete no ocurrió de la noche a la mañana. Detrás de este resultado hay un cambio significativo en sus hábitos diarios, marcado por una reducción considerable en el consumo de alcohol y una rutina enfocada en el ejercicio físico y el cuidado de su salud.De hecho, meses atrás, Russell Crowe habló sobre este proceso durante una entrevista en el pódcast The Joe Rogan Experience. Allí reveló que logró perder cerca de 30 kilogramos gracias a un estilo de vida más saludable, basado en la disciplina, una mejor alimentación y la actividad física constante.El cambio del actor también refleja una tendencia cada vez más frecuente entre las estrellas de la industria del entretenimiento, quienes optan por priorizar su bienestar físico y mental con el paso de los años. En el caso de Crowe, el resultado es evidente tanto en su aspecto como en la energía que proyecta en sus más recientes publicaciones.A sus 62 años, Russell Crowe demuestra que nunca es tarde para modificar los hábitos y apostar por una mejor calidad de vida. Lo que comenzó como una publicación para celebrar una fecha especial en familia terminó convirtiéndose en una muestra del esfuerzo y la constancia que ha mantenido durante los últimos meses para recuperar su condición física.
La Fundación Oftalmológica de Santander (Foscal) lanzó una nueva alerta sobre la grave crisis financiera que enfrenta debido a la millonaria deuda que mantiene Nueva EPS, la cual asciende a 430.000 millones de pesos y, según la institución, compromete la sostenibilidad de la clínica y la continuidad en la prestación de los servicios de salud para miles de pacientes.A través de una comunicación enviada al interventor de Nueva EPS, Jorge Iván Ospina Gómez, el director general de la Foscal, Jorge Ricardo León Franco, advirtió que la institución ha llegado a un punto crítico por los pagos parciales e irregulares que ha recibido de la aseguradora."La realidad financiera que enfrentamos actualmente ha alcanzado un punto crítico que hace imposible sostener esta operación y la atención de sus afiliados bajo las condiciones actuales de recaudo", expresó el directivo en la carta.En declaraciones posteriores, León Franco fue aún más enfático sobre la magnitud de la crisis."La deuda es de 430 mil millones que ya casi nos colocan en una organización inviable. No alcanzamos con los pocos recursos que ingresan a pagar proveedores, honorarios, nómina, intereses, en fin, todo ese proceso que se tiene para mantener una organización de más de 700 camas que le presta servicios a siete departamentos de usuarios de Nueva EPS y de otras EPS", afirmó.La institución aseguró que para garantizar la continuidad de la atención requiere que Nueva EPS asegure un flujo de recursos de al menos 80.000 millones de pesos mensuales, cifra que permitiría sostener la operación y mantener los estándares de oportunidad y calidad en la atención.Actualmente, la Foscal presta más de 100.000 atenciones de urgencias, cerca de 45.000 hospitalizaciones, alrededor de 42.000 procedimientos quirúrgicos y aproximadamente 850.000 consultas de medicina general y especializada cada año, además de servicios diagnósticos y de alta complejidad.La clínica recordó que no solo atiende pacientes de Santander, sino también usuarios remitidos desde Cesar, Arauca, Bolívar, Norte de Santander y Casanare, consolidándose como uno de los principales centros de referencia del nororiente colombiano.Finalmente, la Foscal hizo un llamado urgente a Nueva EPS para encontrar una solución que permita garantizar el flujo de recursos, preservar la estabilidad financiera de la institución y evitar afectaciones en la atención de miles de pacientes que dependen de sus servicios. La advertencia se suma a las crecientes preocupaciones del sector hospitalario por el incremento de las deudas de las EPS y el impacto que estas tienen sobre la sostenibilidad de clínicas y hospitales en el país.
Una operación internacional coordinada por Interpol y en la que participaron las fuerzas de seguridad de 97 países y territorios, se ha saldado con la detención de 5.811 personas y el bloqueo de 293 millones de dólares (unos 250 millones de euros) en activos ilícitos procedentes de estafas y blanqueo de capitales, informó este jueves la organización policial.La operación, desarrollada entre el 15 de enero y el 30 de abril, estuvo dirigida contra las llamadas estafas de ingeniería social, como los fraudes mediante suplantación de identidad, falsas inversiones, romances en línea, extorsión sexual o del correo electrónico empresarial, precisó Interpol en un comunicado.Durante el operativo se identificó a más de 142.000 víctimas en todo el mundo, se analizaron 152.808 casos, se resolvieron 23.715 investigaciones, se bloquearon 31.014 cuentas bancarias y se identificó a 15.606 sospechosos.Entre los casos destacados figura el desmantelamiento en Esuatini (Brasil) de una red dedicada al juego ilegal, el blanqueo de capitales y las estafas por suplantación, con 82 detenidos. Los delincuentes utilizaban una falsa comisaría de la Policía Federal, con uniformes y equipamiento simulados, para convencer a las víctimas de transferir dinero bajo el pretexto de proteger sus fondos.En Tailandia la Policía desarticuló una red que blanqueaba el dinero obtenido mediante estafas románticas a través de criptomonedas. Uno de los sospechosos, de 20 años, gestionó más de 122,5 millones de dólares en apenas diez meses.Asimismo, las autoridades de Singapur y Omán lograron bloquear una transferencia fraudulenta de 6,6 millones de dólares vinculada a una estafa de suplantación de correo electrónico empresarial, mientras que en Palaos fueron deportadas 22 personas relacionadas con dos centros de estafas que operaban desde hoteles."Las estafas de ingeniería social siguen representando una amenaza significativa y ningún país puede hacerles frente por sí solo", afirmó el director del Centro de Delitos Financieros y Anticorrupción de Interpol, Tomonobu Kaya, quien defendió en un comunicado una respuesta internacional coordinada contra las redes de delincuencia financiera.Entre los países participantes en la operación figuró España, así como Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Honduras, Paraguay y Uruguay en América Latina.
Al menos 14 personas han muerto y otras 78 han resultado heridas en los ataques de Estados Unidos en los últimos dos días contra Irán, informaron este jueves las autoridades sanitarias iraníes."Mientras el alto el fuego estaba en vigor, Estados Unidos lanzó ataques contra cinco provincias de Irán los días 8 y 9 de julio de 2026; ataques que, hasta la fecha, han causado 14 muertos y 78 heridos", señaló en X el portavoz Ministerio de Salud, Hosein Kermanpour.La fuente indicó que 47 de los heridos siguen hospitalizados, mientras que el resto ha sido dado de alta.Estados Unidos lleva dos días atacando a la República Islámica, en unas operaciones que Washington asegura que buscaban imponer "costos significativos" a Irán por lo que considera violaciones iraníes del alto el fuego al atacar tres buques mercantes que navegaban por el estrecho de Ormuz.En los últimos ataques de anoche, las fuerzas estadounidenses bombardearon aproximadamente 90 objetivos militares iraníes en la madrugada, entre ellos sistemas de defensa aérea, activos de vigilancia costera, depósitos de misiles y drones, capacidades navales e infraestructura logística militar a lo largo del litoral iraní, informó el Comando Central de Estados Unidos (CENTCOM).Irán respondió con ataques contra objetivos en las bases estadounidenses de Arifjan y Ali Al Salem en Kuwait y las bases de Juffair y Sheikh Isa en Baréin, según anunció la Guardia Revolucionaria iraní.El miércoles, el presidente estadounidense, Donald Trump, dio por terminada la tregua con Irán y su Administración justificó que los nuevos ataques buscan degradar la capacidad militar de Teherán y garantizar la libre navegación en el estrecho de Ormuz, clave para el mercado de energías fósiles mundiales.Irán denunció que la ofensiva constituye una "violación clara" del acuerdo de alto el fuego pactado el pasado 17 de junio entre Washington y Teherán.
En medio de una preocupante ola de robos de vehículos, una pareja denunció que el carro que adquirió después de años de ahorro terminó en manos de delincuentes que, según su testimonio, lo estarían utilizando para cometer nuevos atracos en la capital.El caso quedó al descubierto luego de que las víctimas identificaran su Mazda 6 rojo en varios videos que comenzaron a circular en redes sociales. En las grabaciones, el vehículo aparece siendo utilizado por una banda criminal para interceptar a otros conductores y despojarlos de sus carros bajo la modalidad de cierre y amenaza con armas de fuego.Según el relato entregado al Ojo de la Noche, el robo ocurrió cuando la pareja llegaba a su vivienda. De un momento a otro, otro vehículo les cerró el paso y cuatro hombres armados descendieron para obligarlos a bajar del carro."Un carro nos cerró completamente y cuatro tipos armados nos interceptaron y nos pidieron bajar del carro. Nos pegaron y se llevaron el carro, los celulares y el reloj", contó una de las víctimas.El drama, sin embargo, apenas comenzaba. Días después del asalto, mientras revisaban publicaciones en redes sociales, la pareja descubrió que el vehículo aparecía en nuevos casos de hurto registrados en Bogotá. Fue entonces cuando entendieron que los delincuentes no solo se habían quedado con su patrimonio, sino que además lo estaban utilizando como herramienta para seguir delinquiendo.La víctima explicó que pudieron reconocer el automóvil por un detalle muy particular: los rines negros instalados en el Mazda 6 rojo, una característica que les permitió confirmar que se trataba del mismo carro robado.El primer video en el que identificaron el vehículo corresponde, según su testimonio, a un hecho ocurrido el 30 de junio en la localidad de Engativá. Allí, los delincuentes habrían repetido exactamente el mismo modus operandi: cerrar el paso a otro conductor, intimidarlo con armas de fuego y llevarse su vehículo.Como si el robo no fuera suficiente, la pareja denunció que los delincuentes también aprovecharon los documentos personales que permanecían dentro del carro al momento del atraco. Con esa información, intentaron solicitar créditos y adquirir productos en diferentes establecimientos comerciales de Bogotá, aumentando el impacto económico y emocional que dejó el crimen.Las víctimas aseguraron sentirse abandonadas por las autoridades, pues afirman que, pese a las denuncias presentadas y a la evidencia que circula en redes sociales, la banda continúa operando sin ser capturada. Incluso, manifestaron que siguen buscando un investigador que impulse el caso y permita identificar a los responsables.Este hecho se conoce en medio de una nueva alerta por el aumento de los robos de vehículos en la capital. Precisamente, durante la madrugada también se registró otro violento caso en la localidad de Teusaquillo, cerca de la calle 26 y del Concejo de Bogotá. Allí, varios hombres que se movilizaban en una camioneta roja interceptaron al conductor de una Toyota Hilux de platón blanco, lo golpearon y le quitaron el vehículo en cuestión de segundos antes de escapar hacia el occidente de la ciudad.