Los inquilinos de viviendas en Bogotá no tendrán que asumir la nueva sobretasa que se incorporará al impuesto predial para financiar la modernización del alumbrado público de la ciudad. Así lo dio a conocer la Alcaldía de Bogotá durante la discusión de la reforma tributaria impulsada por el alcalde Carlos Fernando Galán.Con 24 votos a favor, el Concejo de Bogotá aprobó el Acuerdo 724 de 2026, con el que la administración busca fortalecer las finanzas de la capital y destinar recursos a diferentes proyectos de inversión. Uno de los componentes de la modernización del sistema contempla el uso de tecnología LED, sensores, telegestión y monitoreo remoto.El nuevo cobro impactará a determinados predios de la ciudad desde enero de 2027 y estará incluido en la liquidación anual del impuesto predial. Sin embargo, la Alcaldía confirmó que no llegará un cobro adicional en la factura mensual de energía.La medida está dirigida a los estratos 4, 5 y 6, de acuerdo con las condiciones establecidas en el acuerdo. Para quienes viven en una vivienda en arriendo, el Distrito explicó que el cobro no se trasladará a una nueva tarifa mensual en el recibo de servicios públicos.¿Los inquilinos tendrán que pagar la sobretasa del alumbrado público?La Alcaldía de Bogotá explicó que las personas que viven en arriendo no deberán asumir la sobretasa, debido a que el mecanismo está vinculado a la liquidación anual del impuesto predial y no corresponde a la factura de energía.“El cobro estaría relacionado con la liquidación del impuesto predial cada año y no con la factura mensual del servicio de energía o luz”, explicó la administración distrital.La aclaración busca diferenciar este nuevo mecanismo de un cobro mensual asociado al consumo de electricidad. La financiación de la modernización del alumbrado quedará vinculada al impuesto predial, bajo las condiciones establecidas para cada tipo de predio.De acuerdo con la Alcaldía, los recursos permitirán avanzar en la transformación del sistema de iluminación de Bogotá y en la incorporación de herramientas como sensores, sistemas de telegestión y monitoreo remoto, que también estarían orientados a apoyar aspectos relacionados con la seguridad y la movilidad.¿Quiénes sí tendrán que pagar la nueva sobretasa en Bogotá?La sobretasa está contemplada para predios de los estratos 4, 5 y 6 y se reflejará en el impuesto predial correspondiente a 2027, según las condiciones establecidas en el Acuerdo 724 de 2026.La Alcaldía explicó que el cobro tiene en cuenta la capacidad de pago de los propietarios y, al mismo tiempo, establece diferentes situaciones en las que una vivienda o predio puede quedar exento.Entre ellas están las viviendas de estratos 1, 2 y 3, siempre que el valor del cálculo de su impuesto predial sea de hasta 20.000 UVT, equivalentes aproximadamente a $1.047 millones en 2026, según la información entregada por la administración.El acuerdo también contempla hogares que se encuentran en condiciones de pobreza extrema, pobreza moderada o vulnerabilidad.¿Qué otros propietarios pueden quedar exentos de la sobretasa?Otra de las condiciones establecidas contempla a determinados propietarios de predios comerciales o de viviendas de estratos 4, 5 y 6. Si al menos uno de los propietarios aparece registrado en los grupos A, B o C del Sisbén o en el RUI, podría quedar exento del pago de la obligación tributaria.De esta forma, el nuevo cobro no se aplicaría de manera general a todos los inmuebles de los estratos 4, 5 y 6, pues existen condiciones de exclusión relacionadas con la situación económica de los propietarios y las características del predio.La sobretasa hace parte de la reforma tributaria aprobada por el Concejo y está relacionada con el propósito de financiar la modernización del alumbrado público de Bogotá. Para los inquilinos, la principal aclaración de la Alcaldía es que no tendrán un nuevo cobro mensual en la factura de energía por este concepto.
Tender la ropa en el balcón puede parecer una práctica cotidiana en muchos lugares. Sin embargo, en edificios y conjuntos residenciales esta conducta puede estar regulada por las normas de cada copropiedad.En Colombia, la Ley 675 de 2001, que regula el régimen de propiedad horizontal, establece una serie de reglas generales de convivencia, pero no prohíbe expresamente colgar prendas en balcones o ventanas.La posibilidad de hacerlo depende, en buena medida, del reglamento de propiedad horizontal de cada edificio o conjunto. Debido a esto, pueden establecerse condiciones para el uso de los espacios privados y restricciones relacionadas con comportamientos que puedan afectar la convivencia de los habitantes.¿Qué dice la Ley 675 sobre colgar la ropa en el balcón?El artículo 18 de la Ley 675 establece que los propietarios deben utilizar sus bienes privados de acuerdo con su naturaleza, destinación y con lo establecido en el reglamento de propiedad horizontal.También señala que deben abstenerse de realizar actos que comprometan la seguridad o solidez del edificio, así como aquellos que generen ruidos, molestias o que perturben la tranquilidad de los propietarios u ocupantes.Debido a ello, la ley no señala una prohibición específica sobre tender la ropa en un balcón, sino que la regulación puede variar de acuerdo con las disposiciones adoptadas por cada copropiedad.Según lo establecido en la Ley 675, las obligaciones no pecuniarias previstas en la ley o en el reglamento pueden dar lugar a sanciones, siempre y cuando se respete el procedimiento correspondiente.¿De cuánto puede ser la multa por colgar la ropa?El artículo 59 establece que las multas por incumplimiento de obligaciones no pecuniarias pueden ser sucesivas mientras continúe la conducta. Cada multa no puede superar el equivalente a dos veces las expensas necesarias mensuales a cargo del infractor y, en total, no puede superar diez veces ese valor.Esto no significa que exista una multa nacional específica por tender ropa. El monto dependerá del reglamento de la copropiedad y del procedimiento aplicado.Además, cualquier sanción debe respetar el debido proceso, el derecho de defensa, la contradicción y la impugnación. Por ello, antes de asumir que está prohibido o permitido, conviene revisar el reglamento de propiedad horizontal del edificio o conjunto.
Los conjuntos residenciales concentran diferentes actividades necesarias para su funcionamiento, desde la vigilancia y el aseo hasta el mantenimiento, la jardinería y los servicios técnicos. Estas labores implican riesgos que deben ser identificados y gestionados por las administraciones y las empresas encargadas de contratar al personal.Según cifras del Consejo Colombiano de Seguridad correspondientes a 2025, en Colombia se registraron 534.444 accidentes laborales, 10.294 enfermedades laborales calificadas y 438 muertes de origen laboral. El mismo informe señala que, en promedio, más de 1.460 personas sufren diariamente accidentes relacionados con el trabajo.En el caso de las propiedades horizontales, Jenny Carolina Rueda Montes, docente del Programa de Administración en Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fundación Universitaria Horizonte, identifica diferentes situaciones que pueden representar un peligro durante las jornadas laborales.¿Cuáles son los principales riesgos laborales en conjuntos residenciales?Entre los riesgos se encuentran las caídas desde escaleras o durante trabajos en alturas, los accidentes eléctricos y la manipulación de productos químicos. También están el levantamiento de cargas, las labores de mantenimiento de ascensores, las superficies húmedas y los factores asociados con las condiciones psicosociales.Los riesgos de seguridad pueden ocasionar golpes, cortes, atrapamientos, caídas y descargas eléctricas. Dependiendo de la gravedad del accidente, estas situaciones pueden generar discapacidades permanentes o pérdida de capacidad laboral.También existen riesgos biomecánicos relacionados con movimientos repetitivos, posturas forzadas, manipulación de cargas y permanencia prolongada de pie. Estas condiciones pueden generar lumbalgias, desgarros y fatiga, además de enfermedades como hernias discales, tendinitis y síndrome del túnel carpiano.Otro factor está relacionado con la exposición a desinfectantes, pinturas, solventes, fertilizantes y plaguicidas. Dependiendo de la sustancia y del nivel de exposición, estos productos pueden provocar intoxicaciones, quemaduras o dermatitis, mientras que una exposición prolongada puede relacionarse con enfermedades respiratorias.¿Quién debe garantizar la seguridad de los trabajadores?La prevención requiere la participación de la administración, el consejo de administración y las empresas contratistas.La administración debe gestionar y supervisar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), mientras que el consejo de administración tiene entre sus funciones respaldar la asignación de recursos financieros, técnicos y humanos.Por su parte, los contratistas deben garantizar la protección de sus trabajadores, cumplir las normas laborales y coordinar las medidas de prevención con la copropiedad.¿Cómo prevenir accidentes laborales en una propiedad horizontal?Entre las medidas planteadas están las inspecciones periódicas, la capacitación del personal, la entrega de Elementos de Protección Personal (EPP), el mantenimiento preventivo y la señalización de áreas que puedan representar un peligro.También se recomienda establecer protocolos para el manejo de residuos y sustancias químicas, fortalecer las pausas activas y capacitar a los trabajadores sobre la manipulación de cargas.Las copropiedades también deben contar con planes de emergencia y verificar que las empresas contratistas mantengan vigentes las afiliaciones y los pagos al Sistema de Seguridad Social Integral, incluida la ARL, EPS y AFP.
Las herramientas digitales comienzan a facilitar el seguimiento de pagos, cartera y gastos en edificios y conjuntos, donde buena parte de la información todavía se maneja en archivos separados y sin ningún tipo de sincronización.Para muchos residentes, las cuentas del conjunto solo vuelven a ser importantes al momento de una asamblea, aparece una cuota extraordinaria o aumenta el valor de la administración.Detrás de esos se encuentran los pagos a proveedores, cartera, contratos, fondos comunes, conciliaciones bancarias y presupuestos. El problema es que en algunas copropiedades esa información sigue repartida entre hojas de cálculo, o documentos que, curiosamente, no siempre son coinciden entre sí. Ese manejo empieza a cambiar con la llegada de plataformas diseñadas específicamente para propiedad horizontal, que buscan concentrar en un mismo sistema la información administrativa, contable y financiera del conjunto.“En muchas copropiedades el problema no es que falte información, sino que está fragmentada. El administrador trabaja con un archivo, el contador con otro y el consejo recibe una fotografía cuando el mes ya terminó”, explicó Daniel Laverde, vocero de Properix, plataforma colombiana especializada en gestión de ´propiedad horizontal.Ya no se debe esperar hasta fin de mes para conocer las cuentasCuando la administración del conjunto y contabilidad trabajan sobre la misma información, es posible revisar durante el mes cómo va el presupuesto, cuánto se ha recaudado, qué pagos siguen pendientes o qué tan alta está la cartera. Al mismo tiempo, el residente tendrá la posibilidad de consultar las finanzas de su conjunto con más facilidad y de manera ágil. Por ejemplo, un estado de cuenta, confirmar que un pago quedó registrado o entender el origen de un cobro, consultas que hasta ahora dependían de revisar arcvhivos manualmente. También permite dejar registro de pagos a proveedores, conciliaciones, comprobantes y movimientos de los distintos fondos de la copropiedad. Esa trazabilidad puede resultar útil cuando el consejo de administración o los mismos propietarios necesitan revisar qué pasó con determinado gasto.“Digitalizar no significa trasladar el mismo desorden de una carpeta física a una pantalla. El verdadero cambio ocurre cuando cada recaudo, conciliación, comprobante y movimiento de fondos deja una trazabilidad verificable”, agregó Laverde.Tecnología y cuotas de administraciónTener las cuentas organizadas también es importante cuando se empieza a pensar en cuánto deben pagar los propietarios. La Ley 675 de 2001 regula la propiedad horizontal en Colombia y establece las responsabilidades de las asambleas, administradores y demás órganos encargados de manejar las copropiedades.Durante 2026, los ministerios de Vivienda y Trabajo dejaron en claro que el aumento de la cuota de administración no aumenta automáticamente porque suba el salario mínimo o el IPC, sino que el valor debe partir del presupuesto de ingresos y gastos aprobado por la Asamblea General de Copropietarios y de las necesidades reales de cada edificio o conjunto.Precisamente por esta razón es que contar con información más actualizada sobre gastos, deudas y recursos disponibles puede hacer más fácil explicar por qué se propone un aumento o por qué se necesita una cuota extraordinaria.Una plataforma tampoco arregla una mala administraciónSi un presupuesto está mal hecho o faltan soportes, llevar esa misma información a una plataforma digital no solucionará el fondo del asunto, todavía se requiere orden y rigurosidad en los procesos. Antes de adoptar este tipo de herramientas, las copropiedades deben definir quién registra los movimientos, quién los revisa, qué información puede consultar cada persona y cómo se conservarán los soportes.La diferencia está en que, cuando esos procesos funcionan, la tecnología puede hacer más fácil seguirles la pista, y para quienes pagan administración todos los meses, eso se traduce en poder entender, por fin, qué está pasando con la plata del conjunto.
Los propietarios de apartamentos y casas en conjuntos residenciales podrían tener nuevas garantías frente a las sanciones por no asistir a las asambleas generales. Un proyecto de ley que cursa en el Congreso de la República plantea modificar varios artículos de la Ley 675 de 2001, conocida como la Ley de propiedad horizontal, con el objetivo de establecer límites a las multas, fortalecer el debido proceso y ampliar las posibilidades para justificar una ausencia.La propuesta corresponde al proyecto de ley 031 de 2026 y busca equilibrar la obligación de participar en las decisiones de la copropiedad con la protección de los derechos de los residentes. De aprobarse, las administraciones ya no podrían imponer sanciones económicas sin cumplir un procedimiento previo y sin brindar la posibilidad de presentar una justificación.¿Qué cambios propone el proyecto para las multas en conjuntos residenciales?Actualmente, la Ley 675 de 2001 permite imponer multas, publicar a los infractores e, incluso, restringir el uso de algunos bienes comunes no esenciales cuando un propietario no asiste a la asamblea general.El proyecto de ley propone modificar esas disposiciones para que las sanciones tengan condiciones claras y respeten el debido proceso. Entre los principales cambios se encuentran:Las multas tendrían límites definidos.Se exigiría un procedimiento previo antes de imponer cualquier sanción.Los propietarios tendrían derecho a presentar explicaciones antes de que se tome una decisión.Se reforzaría el acceso a la información y la rendición de cuentas por parte de la administración.La iniciativa también incorpora principios como la buena fe, la dignidad humana, la transparencia, la proporcionalidad y la protección de los derechos de los copropietarios.¿Cuándo se podría justificar la ausencia a una asamblea?Uno de los cambios más importantes se encuentra en el artículo 39 de la Ley 675. El proyecto establece que el propietario podrá informar previamente que no asistirá o presentar una excusa dentro de los cinco días hábiles siguientes a la reunión.Además, contempla situaciones en las que la justificación podría presentarse incluso después de ese plazo, siempre que exista una razón válida, entre ellas:Enfermedad.Fuerza mayor o caso fortuito.Obligaciones laborales inaplazables.Deber de cuidado de un familiar.Calamidad doméstica.Problemas de conectividad en reuniones virtuales.Defectos en la convocatoria.¿Qué pasaría con las asambleas virtuales en propiedad horizontal?El proyecto también busca dar un mayor respaldo jurídico a las reuniones virtuales y mixtas, una modalidad que ha ganado espacio en los últimos años.La propuesta pretende facilitar la participación de quienes no pueden asistir presencialmente por razones laborales, familiares o de movilidad. Asimismo, busca brindar mayor seguridad jurídica a las decisiones tomadas durante estas reuniones y reducir los conflictos relacionados con la validez de las actas y los procedimientos.Si la iniciativa supera su trámite en el Congreso y es sancionada como ley, los conjuntos residenciales tendrían nuevas reglas para imponer sanciones y organizar sus asambleas, con un mayor énfasis en las garantías de los propietarios.Preguntas frecuentes¿Se eliminarán las multas por faltar a las asambleas de conjuntos?No de forma automática. El proyecto de ley propone limitar las sanciones y exigir que exista un debido proceso antes de imponer una multa.¿Quiénes podrían justificar su ausencia a una asamblea?Los propietarios que acrediten situaciones como enfermedad, fuerza mayor, obligaciones laborales, calamidad doméstica, deber de cuidado o problemas de conectividad, entre otras circunstancias razonables previstas en el proyecto.¿Las asambleas virtuales seguirán siendo válidas?Sí. La iniciativa busca fortalecer el reconocimiento jurídico de las reuniones virtuales y mixtas para facilitar la participación de los copropietarios y dar mayor seguridad a las decisiones que allí se adopten.
La inquietud de que una persona pueda convertirse en propietaria de una vivienda luego de haberla ocupado suele ser un tema que genera cientos de dudas entre arrendatarios, así como entre los dueños de estos inmuebles. Si bien es un hecho que en Colombia existe una figura legal para solicitar el reconocimiento de la propiedad, este no es un proceso automático y exige que se cumplan requisitos estrictos.Se trata de la llamada prescripción extraordinaria del dominio, un mecanismo jurídico por el cual una persona tiene la capacidad de pedir ante un juez que se le reconozca la propiedad de un inmueble cuando ha ejercido la posesión por un largo periodo y bajo determinadas condiciones.Sin embargo, expertos recuerdan que pagar arriendo por varios años no convierte automáticamente a nadie en propietario y tampoco garantiza el éxito de una reclamación judicial.Esto pide la ley para el reconocimiento de una viviendaUno de los requisitos fundamentales es que se pueda demostrar una posesión continua, pública y pacífica durante por lo menos una década.Es decir, que la ocupación no puede haber sido clandestina, violenta ni interrumpida. Adicionalmente, se debe acreditar que actuó como si fuera la propietaria del inmueble.Entre las acciones que podrían servir como prueba se encuentran:Realizar mejoras en la vivienda.Asumir gastos de conservación.Pagar servicios públicos.Cubrir impuestos relacionados con el inmueble.Administrar la propiedad como si fuera propia.La clave está en demostrar que existió una verdadera posesión y no simplemente una permanencia derivada de un contrato de arrendamiento.Necesita una demanda judicial; de lo contrario, no valeLa prescripción extraordinaria del dominio debe ser analizada por un juez civil, quien evaluará las pruebas presentadas por quien reclama la propiedad.Durante el proceso, el propietario original tiene derecho a defenderse y controvertir la solicitud. Si logra demostrar que nunca abandonó el dominio sobre el inmueble o que no se cumplen los requisitos legales, la pretensión puede ser rechazada.Por esta razón, los especialistas recomiendan reunir pruebas sólidas y contar con asesoría jurídica antes de iniciar cualquier actuación judicial.Ley 820 de 2003: obligaciones y causales para terminar un contratoMientras la prescripción extraordinaria aplica en situaciones excepcionales, la mayoría de relaciones entre propietarios e inquilinos continúan reguladas por la Ley 820 de 2003.La norma establece obligaciones para ambas partes. Los arrendatarios deben pagar oportunamente el canon y los servicios públicos, mientras que los propietarios están obligados a entregar y conservar el inmueble en condiciones adecuadas.Cuando existen incumplimientos graves, el dueño puede acudir a mecanismos legales para recuperar la vivienda mediante una acción de restitución, proceso que incluso puede terminar en un desalojo autorizado por un juez.
Los ascensores son una herramienta indispensable para miles de personas que viven en conjuntos residenciales en Colombia, especialmente cuando los edificios son considerablemente altos. Sin embargo, detrás de estos crece una alarma por la preocupación relacionada con la seguridad de los residentes y las decisiones de los administradores.Según afirman expertos, existen copropiedades que estarían contratando servicios de mantenimiento muy económicos, situación que afectaría el funcionamiento de los equipos e incrementaría el riesgo de fallas dentro de edificios residenciales.Mantenimiento barato de ascensores preocupa a conjuntos residencialesEntre los problemas que más se reportan se encuentran sensores que fallan, puertas que se abren inesperadamente, movimientos bruscos e interrupciones del servicio. Aunque muchas veces estas situaciones parecen menores, especialistas aseguran que pueden convertirse en un peligro para quienes usan estos equipos diariamente.De acuerdo con lo revelado por la directora ejecutiva de Estilo Ingeniería, Liney Malaver, la empresa dedicada al mantenimiento y modernización de ascensores señaló que un servicio podría costar entre $500.000 y $1.500.000 mensuales, dependiendo de la referencia del equipo, del número de unidades que haya en el edificio y el desgaste. Sin embargo, la vocera apunta que se han encontrado "adminsitraciones que contratan servicios de hasta $200.000, lo que podría comprometer los sistemas de seguridad el funcionamiento del equipo".“La reducción excesiva de costos termina comprometiendo los sistemas de seguridad”, aseguró Malaver.Empresas sin experiencia estarían ingresando a conjuntos residencialesOtro de los puntos que preocupa al sector es la contratación de compañías con poca experiencia o sin personal certificado para intervenir equipos de transporte vertical.De acuerdo con especialistas, algunas empresas ofrecen precios bajos sacrificando procesos técnicos, revisiones preventivas y protocolos de seguridad exigidos para este tipo de maquinaria.Mientras en centros comerciales y edificios corporativos existen controles más estrictos y auditorías frecuentes, en algunos conjuntos residenciales las decisiones terminan determinadas por el presupuesto disponible.Expertos recomiendan reforzar controles en ascensoresLos especialistas insisten en que las administraciones deben priorizar la seguridad sobre el ahorro económico. Además, recomiendan verificar que las empresas contratadas cuenten con certificaciones, personal especializado y experiencia comprobada.También aconsejan exigir reportes detallados de mantenimiento, mantener actualizados los registros técnicos y realizar inspecciones preventivas periódicas para detectar fallas antes de que se conviertan en emergencias.
En Colombia, vivir en un conjunto residencial se ha convertido en una de las opciones más comunes para quienes quieren independizarse o tener vivienda propia. Sin embargo, buscar un lugar donde vivir con mayor seguridad ha llevado a que muchas administraciones opten por implementar sistemas adicionales como las cercas eléctricas, una medida que puede ser efectiva, pero que necesita cumplir algunas reglas.Y es que la instalación de cercas eléctricas en conjuntos residenciales está regulada por la Resolución 90708 de 2013, expedida por el Ministerio de Minas y Energía. La norma fija varios parámetros que buscan evitar la presencia de riesgos para residentes, visitantes e incluso transeúntes.Entre los puntos más importantes de la norma, se establece que los impulsos eléctricos no pueden superar los 10.000 voltios y que deben contar con una duración máxima de 10 milisegundos. Estas condiciones están diseñadas para reducir la posibilidad de lesiones graves en caso de contacto accidental.Adicionalmente, la norma exige que estos sistemas estén correctamente diseñados para evitar descargas peligrosas, bajo estándares técnicos que minimicen cualquier incidente.Voltaje máximo permitido de 10.000 voltiosImpulsos con duración máxima de 10 milisegundosSistema debe cumplir condiciones técnicas de seguridad¿Cómo se deben instalar las cercas eléctricas en conjuntos?Más allá del componente técnico, la regulación busca aumentar la prevención. Uno de los requisitos más visibles es la señalización obligatoria. Las cercas eléctricas deben contar con avisos claros, permanentes y ubicados cada cinco metros para advertir sobre el riesgo.Por otra parte, la instalación de estos sistemas se debe hacer dentro de los límites del conjunto residencial. Es decir, no puede invadir el espacio público ni afectar zonas externas, algo que sí puede generar conflictos cuando no se respeta.A esto se suman exigencias relacionadas con la seguridad operativa, como los sistemas de puesta a tierra y mecanismos de protección frente a descargas atmosféricas, que ayudan a evitar fallas eléctricas o accidentes.Por qué estos sistemas necesitan normas de seguridadEl uso de cercas eléctricas responde a una necesidad real de seguridad, pero también implica riesgos si no se manejan de manera correcta. Por eso, la normativa busca equilibrar la protección de los residentes con la seguridad de quienes circulan cerca del conjunto residencial.Por lo tanto, esto obliga a que los administradores tomen decisiones frente a estos temas y contraten personal capacitado para la instalación. No se trata solo de poner una barrera, sino de garantizar que su funcionamiento no represente un peligro.De esa manera, usar cercas eléctricas es una alternativa válida para reforzar la seguridad; sin embargo, su uso no es libre, sino que debe acatar las normas correspondientes, por lo que en Colombia la regulación no solo es obligatoria, sino un tema clave para evitar situaciones de riesgo.
Para quienes viven en conjuntos residenciales, esto implica tener que asumir una serie de costos al mes importantes; entre ellos se encuentra la cuota de administración, misma que para muchos genera una serie de preocupaciones en el bolsillo. Pese a ello, no todos los cobros se deben aplicar de la misma manera para todos los residentes de la propiedad horizontal.De hecho, una reciente revelación del Ministerio de Vivienda abrió un debate sobre la responsabilidad de los propietarios frente a algunos gastos, especialmente sobre quienes viven en el primer piso.Resulta que la discusión gira en torno al mantenimiento de los ascensores, un servicio que entra dentro de las zonas comunes, pero que en esencia no beneficia a todos por igual; ante ello, la normativa podría generar excepciones si se cumplen algunas condiciones que podrían aliviar el bolsillo de miles de colombianos.¿Quiénes viven en el primer piso no pagarían mantenimiento de ascensores?Resulta que la disputa aparece por el uso real del servicio. De acuerdo con lo explicado por el Ministerio, la excepción se debe aplicar porque quienes viven en el primer piso no necesitan el ascensor para movilizarse al interior del conjunto, así como tampoco para acceder a su vivienda ni a otras zonas comunes como parqueaderos o depósitos.La entidad se pronunció en 2024, luego de varias consultas de ciudadanos sobre cómo se deben aplicar los cobros en estos casos. Y es que, si bien los ascensores son bienes comunes, el Ministerio señala que su mantenimiento no siempre debe ser asumido por todos los propietarios.¿Cómo eximirse de pagar el mantenimiento de ascensores? Esto debe saberResulta que, más allá de la probable exención de pago, el tema realmente se debe tomar con “pinzas”. No solamente basta con vivir en el primer piso para no pagar el mantenimiento de los ascensores, sino que se deben cumplir varias condiciones y analizar la manera en la que se estructura el conjunto.No usar el ascensor para ingresar a la vivienda o zonas comunesVerificar lo que establece el reglamento interno del conjuntoTener en cuenta que la decisión puede depender de la asamblea de copropietariosTenga en cuenta que la decisión de interpretación se basa en el artículo 29 de la Ley 675 de 2001, misma que regula la propiedad horizontal en el país. Adicionalmente, en el caso de que se presenten desacuerdos, los residentes tienen la posibilidad de acudir a la justicia ordinaria para buscar una solución al conflicto.
Vivir en conjunto residencial obliga a los residentes a cumplir con ciertas reglas, especialmente con lo relacionado con la cuota de administración. En Colombia, este modelo de convivencia se regula por la Ley 675 de 2001 y ha sido interpretado por la Corte Constitucional, que ya definió hasta dónde pueden llegar las sanciones a quienes las incumplen.En ese orden de ideas, se ha reiterado que los residentes en mora podrían enfrentar restricciones en sus propios conjuntos. Sin embargo, las medidas no son arbitrarias y deben cumplir algunos criterios legales.Residentes podrían perder serviciosAnte ello, las copropiedades tienen la facultad de limitar el acceso a algunos espacios cuando un residente no está al día con sus pagos. De hecho, las restricciones se enfocan en bienes comunes no esenciales, como una forma de incentivar el cumplimiento de las obligaciones económicas.Entre las principales se encuentran: restricción al uso de zonas sociales, recreativas y espacios comunes no esenciales. Estas decisiones están contempladas en el reglamento interno del conjunto y deben ser conocidas por todos los residentes.Corte Constitucional pone límites en sancionesEso sí, la Corte Constitucional ha establecido que la autonomía de los conjuntos residenciales no es absoluta. En fallos como la Sentencia T-633 de 2003, avaló que los morosos puedan ser excluidos de las asambleas, siempre que esta decisión esté sustentada en las normas internas.De igual manera, el alto tribunal insiste en que cualquier sanción debe ser proporcional y respetar principios como el debido proceso. Eso quiere decir que no basta solo con imponer restricciones, sino que es necesario garantizar que estas sean justas y estén debidamente justificadas.Restricciones no pueden afectar derechos fundamentalesUno de los puntos más importantes es que ninguna medida puede poner en riesgo las condiciones mínimas de vida de los residentes. Esto implica que los servicios esenciales no pueden ser suspendidos bajo ninguna circunstancia.En esa línea, la Corte ha reiterado que se deben analizar casos particulares, especialmente cuando hay personas en condición de vulnerabilidad. La idea es encontrar un equilibrio entre la convivencia, el cumplimiento de las normas y la protección de los derechos básicos.
Un juez de conocimiento condenó a 20 años y 8 meses de prisión a dos hombres señalados de participar en un ataque con arma de fuego contra dos personas en el barrio La Cumbre, en Floridablanca, Santander.Los condenados son: Roberto Carlos Hernández, de 26 años, y Edulio Forero Sierra, de 41, quienes fueron encontrados responsables de los delitos de homicidio en grado de tentativa y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego o municiones, ambas conductas agravadas.De acuerdo con las pruebas presentadas durante el proceso por la Fiscalía, los hechos ocurrieron en febrero de 2025, cuando los dos hombres se movilizaban en una motocicleta. Forero Sierra iba como conductor y Hernández como parrillero.Al llegar a inmediaciones de un billar ubicado en el barrio La Cumbre, los ahora condenados habrían atacado con un arma de fuego a dos hombres que se encontraban en el sector. Las víctimas resultaron gravemente heridas como consecuencia de los disparos.La investigación permitió establecer la participación de los dos hombres en el ataque y, tras el proceso judicial, el juez determinó su responsabilidad penal y les impuso la pena.Además, el despacho judicial negó cualquier beneficio a los sentenciados, por lo que deberán cumplir la condena en un centro penitenciario.Roberto Carlos Hernández y Edulio Forero Sierra permanecen privados de la libertad desde diciembre de 2025, cuando fueron capturados en medio de la investigación por estos hechos.
Uno de los dos hombres capturados por el homicidio de comerciante Yesid Camacho en Barbosa, Santander, aceptó los cargos que le fueron imputados, mientras que el otro decidió no aceptarlos. El atentado sicarial dejó además una mujer muerta y a su hermana herida por balas perdidas. El presunto autor material, Anderson Hidaldo, de 21 años, fue ubicado y capturado en zona rural de Vélez, mientras que su acompañante, Janer Vargas, de 20 años, fue detenido en el municipio de Guavatá, informó la Policía. La reacción de las autoridades permitió la captura de dos hombres señalados de participar en el homicidio de un comerciante registrado en Barbosa. La operación fue posible tras la activación del Plan Candado y el trabajo conjunto de unidades de Investigación Criminal, Inteligencia, GAULA, Ejército Nacional y la Fiscalía.Durante el procedimiento fue incautado un revólver calibre 38 y recuperada una motocicleta que, según la investigación, habría sido hurtada y utilizada para cometer el crimen.De acuerdo con las autoridades, los dos hombres se habrían hospedado en hoteles de la zona y presuntamente recibieron una suma de dinero para ejecutar el homicidio.El ataque también dejó una víctima mortal que no estaba relacionada directamente con el hecho. Una mujer murió tras ser alcanzada por una bala perdida, mientras que su hermana resultó herida.Los dos capturados fueron dejados a disposición de la Fiscalía y enfrentan investigaciones por los delitos de homicidio, lesiones personales, porte ilegal de armas de fuego y hurto.Durante las audiencias preliminares, uno de los procesados aceptó los cargos, mientras que el segundo no los aceptó. Será la justicia la encargada de determinar la responsabilidad de cada uno de los señalados.El comandante del Departamento de Policía Santander, coronel Luis Fernando Atuesta Zárate, aseguró que la institución mantendrá las acciones para enfrentar los hechos violentos en el departamento.
A casi dos meses del trágico sismo registrado el pasado 10 de agosto, el departamento de Risaralda enfrenta un monumental desafío de infraestructura y recuperación social. Tras una fase inicial concentrada en las labores de búsqueda, rescate y atención primaria de la emergencia, la cual dejó un saldo de más de 110 personas fallecidas, las autoridades departamentales y locales avanzan en la consolidación de los planes para la reconstrucción. Según detalló el gobernador de Risaralda, Juan Diego Patiño en diálogo con Mañanas Blu, la formulación del Plan de Acción Específica (PAE) departamental junto a los 14 planes municipales supera un presupuesto estimado de 20 billones de pesos para atender la totalidad del territorio.Un panorama presupuestal complejo y la consecución de recursosEl impacto material en los municipios es extenso, registrándose severas afectaciones en el parque habitacional de la región. Al respecto, el mandatario regional enfatizó la magnitud del impacto en las comunidades: "Tenemos municipios con hasta el 30% de afectaciones en sus viviendas. Esto es un tema muy significativo para pues obviamente lo que se viene pensando en el tema de reconstrucción, el tema de consecución de recursos".En materia de ayudas inmediatas, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) desembolsó una primera partida de 13.995 millones de pesos en subsidios de arriendo, mientras se proyecta una segunda transferencia cercana a los 22.000 millones de pesos. No obstante, el gobernador subrayó la necesidad indispensable de sumar capital privado: "Tendremos que confluir en varias fuentes, desde las alcaldías, las gobernaciones, la nación y obviamente el recurso privado, que es lo que hoy está esperanzándonos a nosotros para sacar adelante procesos de reconstrucción en el departamento de Risaralda".Inclusión en el Plan Nacional de Desarrollo y el Fondo MilagroLas gestiones ante el gobierno nacional han permitido incluir la problemática del departamento en la agenda estratégica central. Patiño confirmó que la reconstrucción territorial fue incorporada de forma explícita en las proyecciones del Ejecutivo. "Uno de los puntos que exponía el director nacional de Planeación era la reconstrucción de los territorios. Entonces, sí queda inmerso dentro del Plan Nacional de Desarrollo el tema de reconstrucción", explicó el mandatario, añadiendo que se realizarán mesas técnicas para acceder a partidas del plan plurianual de inversiones.Adicionalmente, se anunció la activación de herramientas financieras para la intervención física y la reactivación productiva. "El señor presidente tocó la puesta en marcha ya del Fondo Milagro con casi un billón de pesos para iniciar labor que hoy estamos esperando podamos tener en los territorios. Labores como la demolición de algunas estructuras que quedaron muy afectadas con el tema del sismo, la disposición de escombros, hablaron también desde el Fondo Milagro de algunas líneas de desarrollo económico para incentivar y mover la economía", señaló Patiño.Reactivación económica, turismo y coordinación institucionalPese a los impactos sufridos en el sector turístico, las vías de comunicación y la conectividad del departamento se encuentran operativas. El gobernador precisó que el Aeropuerto Internacional Matecaña opera al 70% de su capacidad, mientras que las terminales terrestres y carreteras funcionan con normalidad. De cara a la temporada de receso escolar, las autoridades reiteraron la invitación a los visitantes nacionales e internacionales para recorrer los 14 municipios de la zona cafetera.Finalmente, sobre el trabajo conjunto entre la Gobernación y las administraciones municipales, incluyendo la Alcaldía de Pereira, Patiño enfatizó que los Puestos de Mando Unificado (PMU) se realizan quincenalmente para hacer seguimiento a las necesidades locales. Escuche aquí la entrevista:
La espera terminó. Este jueves, 8 de octubre, se dio a conocer el cartel oficial del Festival Estéreo Picnic 2027, una de las citas musicales más importantes de Colombia y Latinoamérica.El evento, que durante tres días reúne a miles de personas en el Parque Simón Bolívar de Bogotá, regresará el próximo año con una nueva selección de artistas nacionales e internacionales que pasarán por los diferentes escenarios del festival.Travis Scott, Charli XCX, David Guetta, Arcángel, Fontaines D.C., Milo J, The Prodigy y The Neighbourhood, entre otros, hacen parte del cartel oficial del FEP 2027, que se llevará a cabo los días 19, 20 y 21 de marzo.La nueva edición vuelve a combinar diferentes géneros y generaciones, con propuestas que van desde el pop y la música electrónica hasta el rock, el rap y los sonidos alternativos. De esta manera, el festival mantiene una de sus principales características: reunir en un mismo espacio a artistas consolidados y nuevas figuras de la escena internacional.Cartel FEP 2027 oficial: estos son los artistasLos imperdibles del 2027La llegada de una nueva edición del festival trae consigo una selección de artistas que, desde el anuncio del cartel, ya comienzan a generar expectativa entre los asistentes.Uno de los nombres que más llama la atención es Charli XCX, una de las principales figuras del pop contemporáneo, quien llegará a Bogotá con una propuesta que ha marcado tendencia dentro de la música internacional.Otro de los grandes atractivos será David Guetta, referente mundial de la música electrónica, quien promete uno de los shows de mayor convocatoria de esta edición. En 2025, el DJ francés ofreció un concierto en el MedPlus de Bogotá que quedó en la memoria de sus seguidores, y ahora regresará a la capital para presentarse en el Parque Simón Bolívar.En esa misma línea aparecen Fontaines D.C. y The Prodigy, dos propuestas que representan diferentes generaciones del rock y la música electrónica y que aportarán una importante dosis de energía a la programación del festival.A ellos se suman Travis Scott, Arcángel y Milo J, tres nombres de peso dentro de la escena urbana. Sus presentaciones también serán algunas de las más esperadas por el público que busca en el FEP una combinación entre grandes figuras internacionales y nuevas generaciones de artistas.Un festival que es referente en LatinoaméricaEl anuncio llega después de una edición 2026 que contó con artistas como The Killers, Sabrina Carpenter, Tyler, The Creator, Skrillex y Deftones, entre otros.Para 2027, Páramo Presenta, organizador del festival, vuelve a apostar por una programación amplia y diversa, con artistas de diferentes géneros y una fuerte presencia de sonidos alternativos.La propuesta busca mantener al Estéreo Picnic como uno de los festivales musicales más importantes de Latinoamérica y consolidar su presencia dentro del circuito internacional de grandes eventos musicales.Además de los grandes nombres del cartel, la edición 2027 también abre espacio para propuestas que pueden convertirse en algunos de los descubrimientos de la próxima temporada de festivales. Así, el público podrá encontrarse con artistas de diferentes escenas y estilos durante los tres días de programación.Esta edición también presenta una propuesta que busca ampliar la diversidad sonora del festival y acercar nuevos públicos al Parque Simón Bolívar, uno de los escenarios habituales para los grandes conciertos y festivales de Bogotá.Con el anuncio del cartel también comienza la expectativa entre los asistentes que esperan conocer los horarios, la distribución de los escenarios y las demás novedades que tendrá el festival en su próxima edición.Precios del Festival Estéreo Picnic 2027Los asistentes que quieran hacer parte del Festival Estéreo Picnic 2027 podrán adquirir diferentes tipos de entradas, con precios que varían de acuerdo con la localidad y la etapa de venta.Estos son los precios anunciados:General Combo 3 díasEtapa 1: $830.000 + $169.000 de servicio = $999.000 precio fullEtapa 2: $947.000 + $192.000 de servicio = $1.139.000 precio fullGeneral + Combo 3 díasEtapa 1: $1.105.000 + $224.000 de servicio = $1.329.000 precio fullVIP Combo 3 díasEtapa 1: $2.411.000 + $488.000 de servicio = $2.899.000 precio fullEtapa 2: $2.494.000 + $505.000 de servicio = $2.999.000 precio fullZona de menores Combo 3 díasEtapa 1: $814.000 + $165.000 de servicio = $979.000 precio fullLos precios corresponden a los combos para los tres días del festival y pueden aumentar a medida que se agoten las etapas disponibles. Por eso, quienes ya tengan definido asistir al FEP 2027 deberán estar atentos a la apertura y avance de la boletería.Con este cartel, el Festival Estéreo Picnic 2027 comienza a tomar forma y se prepara para regresar al Parque Simón Bolívar el 19, 20 y 21 de marzo, con una programación que promete reunir nuevamente a miles de fanáticos de la música en Bogotá.
Un nuevo ataque con explosivos alteró la tranquilidad de los habitantes del municipio de Miranda, Cauca, donde una volqueta cargada con varios artefactos explosivos fue abandonada cerca de una unidad militar.El hecho ocurrió en el barrio El Porvenir, donde tropas del Batallón de Montaña N.° 8, adscrito a la Brigada 29 del Ejército, fueron objeto de un ataque que, de acuerdo con la información preliminar, fue perpetrado por integrantes de la estructura Dagoberto Ramos, una de las estructuras de las disidencias de las Farc con presencia en el norte del Cauca.Según el reporte, los responsables del ataque terrorista llegaron hasta el sector en la volqueta acondicionada con ocho elementos explosivos tipo cilindro. Al advertir la presencia de los militares, abandonaron el vehículo y escaparon del lugar.Posteriormente, dos de los ocho artefactos fueron activados. Las cargas estaban ubicadas por fuera de las instalaciones militares, aunque suficientemente cerca como para generar una situación de riesgo para quienes se encontraban en el sector.El Ejército indicó que, hasta el momento, ningún soldado resultó herido y tampoco se reportan daños materiales en la unidad militar. Sin embargo, la dimensión del ataque generó preocupación debido a que, según la institución, la acción puso en riesgo a más de 300 personas que viven o transitan habitualmente por esta zona de Miranda.Tras la explosión, las tropas aseguraron el sector y adelantan las respectivas verificaciones para establecer las condiciones de seguridad y determinar si quedaron otros artefactos que puedan representar peligro para la población. La utilización de una volqueta cargada con explosivos evidencia, además, el nivel de riesgo que representan este tipo de acciones para las comunidades, pues el vehículo fue dejado en un sector urbano y próximo a una instalación militar.El Ejército rechazó el uso indiscriminado de explosivos y señaló que este tipo de acciones no solamente tienen como objetivo afectar a la fuerza pública, sino que pueden terminar poniendo en peligro directamente a la población civil.Las autoridades mantienen presencia militar en el sector mientras avanzan las investigaciones para establecer plenamente quiénes participaron en la preparación y ejecución del atentado y determinar si existen otros responsables vinculados a la estructura Dagoberto Ramos.