Las herramientas digitales comienzan a facilitar el seguimiento de pagos, cartera y gastos en edificios y conjuntos, donde buena parte de la información todavía se maneja en archivos separados y sin ningún tipo de sincronización.Para muchos residentes, las cuentas del conjunto solo vuelven a ser importantes al momento de una asamblea, aparece una cuota extraordinaria o aumenta el valor de la administración.Detrás de esos se encuentran los pagos a proveedores, cartera, contratos, fondos comunes, conciliaciones bancarias y presupuestos. El problema es que en algunas copropiedades esa información sigue repartida entre hojas de cálculo, o documentos que, curiosamente, no siempre son coinciden entre sí. Ese manejo empieza a cambiar con la llegada de plataformas diseñadas específicamente para propiedad horizontal, que buscan concentrar en un mismo sistema la información administrativa, contable y financiera del conjunto.“En muchas copropiedades el problema no es que falte información, sino que está fragmentada. El administrador trabaja con un archivo, el contador con otro y el consejo recibe una fotografía cuando el mes ya terminó”, explicó Daniel Laverde, vocero de Properix, plataforma colombiana especializada en gestión de ´propiedad horizontal.Ya no se debe esperar hasta fin de mes para conocer las cuentasCuando la administración del conjunto y contabilidad trabajan sobre la misma información, es posible revisar durante el mes cómo va el presupuesto, cuánto se ha recaudado, qué pagos siguen pendientes o qué tan alta está la cartera. Al mismo tiempo, el residente tendrá la posibilidad de consultar las finanzas de su conjunto con más facilidad y de manera ágil. Por ejemplo, un estado de cuenta, confirmar que un pago quedó registrado o entender el origen de un cobro, consultas que hasta ahora dependían de revisar arcvhivos manualmente. También permite dejar registro de pagos a proveedores, conciliaciones, comprobantes y movimientos de los distintos fondos de la copropiedad. Esa trazabilidad puede resultar útil cuando el consejo de administración o los mismos propietarios necesitan revisar qué pasó con determinado gasto.“Digitalizar no significa trasladar el mismo desorden de una carpeta física a una pantalla. El verdadero cambio ocurre cuando cada recaudo, conciliación, comprobante y movimiento de fondos deja una trazabilidad verificable”, agregó Laverde.Tecnología y cuotas de administraciónTener las cuentas organizadas también es importante cuando se empieza a pensar en cuánto deben pagar los propietarios. La Ley 675 de 2001 regula la propiedad horizontal en Colombia y establece las responsabilidades de las asambleas, administradores y demás órganos encargados de manejar las copropiedades.Durante 2026, los ministerios de Vivienda y Trabajo dejaron en claro que el aumento de la cuota de administración no aumenta automáticamente porque suba el salario mínimo o el IPC, sino que el valor debe partir del presupuesto de ingresos y gastos aprobado por la Asamblea General de Copropietarios y de las necesidades reales de cada edificio o conjunto.Precisamente por esta razón es que contar con información más actualizada sobre gastos, deudas y recursos disponibles puede hacer más fácil explicar por qué se propone un aumento o por qué se necesita una cuota extraordinaria.Una plataforma tampoco arregla una mala administraciónSi un presupuesto está mal hecho o faltan soportes, llevar esa misma información a una plataforma digital no solucionará el fondo del asunto, todavía se requiere orden y rigurosidad en los procesos. Antes de adoptar este tipo de herramientas, las copropiedades deben definir quién registra los movimientos, quién los revisa, qué información puede consultar cada persona y cómo se conservarán los soportes.La diferencia está en que, cuando esos procesos funcionan, la tecnología puede hacer más fácil seguirles la pista, y para quienes pagan administración todos los meses, eso se traduce en poder entender, por fin, qué está pasando con la plata del conjunto.
Los propietarios de apartamentos y casas en conjuntos residenciales podrían tener nuevas garantías frente a las sanciones por no asistir a las asambleas generales. Un proyecto de ley que cursa en el Congreso de la República plantea modificar varios artículos de la Ley 675 de 2001, conocida como la Ley de propiedad horizontal, con el objetivo de establecer límites a las multas, fortalecer el debido proceso y ampliar las posibilidades para justificar una ausencia.La propuesta corresponde al proyecto de ley 031 de 2026 y busca equilibrar la obligación de participar en las decisiones de la copropiedad con la protección de los derechos de los residentes. De aprobarse, las administraciones ya no podrían imponer sanciones económicas sin cumplir un procedimiento previo y sin brindar la posibilidad de presentar una justificación.¿Qué cambios propone el proyecto para las multas en conjuntos residenciales?Actualmente, la Ley 675 de 2001 permite imponer multas, publicar a los infractores e, incluso, restringir el uso de algunos bienes comunes no esenciales cuando un propietario no asiste a la asamblea general.El proyecto de ley propone modificar esas disposiciones para que las sanciones tengan condiciones claras y respeten el debido proceso. Entre los principales cambios se encuentran:Las multas tendrían límites definidos.Se exigiría un procedimiento previo antes de imponer cualquier sanción.Los propietarios tendrían derecho a presentar explicaciones antes de que se tome una decisión.Se reforzaría el acceso a la información y la rendición de cuentas por parte de la administración.La iniciativa también incorpora principios como la buena fe, la dignidad humana, la transparencia, la proporcionalidad y la protección de los derechos de los copropietarios.¿Cuándo se podría justificar la ausencia a una asamblea?Uno de los cambios más importantes se encuentra en el artículo 39 de la Ley 675. El proyecto establece que el propietario podrá informar previamente que no asistirá o presentar una excusa dentro de los cinco días hábiles siguientes a la reunión.Además, contempla situaciones en las que la justificación podría presentarse incluso después de ese plazo, siempre que exista una razón válida, entre ellas:Enfermedad.Fuerza mayor o caso fortuito.Obligaciones laborales inaplazables.Deber de cuidado de un familiar.Calamidad doméstica.Problemas de conectividad en reuniones virtuales.Defectos en la convocatoria.¿Qué pasaría con las asambleas virtuales en propiedad horizontal?El proyecto también busca dar un mayor respaldo jurídico a las reuniones virtuales y mixtas, una modalidad que ha ganado espacio en los últimos años.La propuesta pretende facilitar la participación de quienes no pueden asistir presencialmente por razones laborales, familiares o de movilidad. Asimismo, busca brindar mayor seguridad jurídica a las decisiones tomadas durante estas reuniones y reducir los conflictos relacionados con la validez de las actas y los procedimientos.Si la iniciativa supera su trámite en el Congreso y es sancionada como ley, los conjuntos residenciales tendrían nuevas reglas para imponer sanciones y organizar sus asambleas, con un mayor énfasis en las garantías de los propietarios.Preguntas frecuentes¿Se eliminarán las multas por faltar a las asambleas de conjuntos?No de forma automática. El proyecto de ley propone limitar las sanciones y exigir que exista un debido proceso antes de imponer una multa.¿Quiénes podrían justificar su ausencia a una asamblea?Los propietarios que acrediten situaciones como enfermedad, fuerza mayor, obligaciones laborales, calamidad doméstica, deber de cuidado o problemas de conectividad, entre otras circunstancias razonables previstas en el proyecto.¿Las asambleas virtuales seguirán siendo válidas?Sí. La iniciativa busca fortalecer el reconocimiento jurídico de las reuniones virtuales y mixtas para facilitar la participación de los copropietarios y dar mayor seguridad a las decisiones que allí se adopten.
La inquietud de que una persona pueda convertirse en propietaria de una vivienda luego de haberla ocupado suele ser un tema que genera cientos de dudas entre arrendatarios, así como entre los dueños de estos inmuebles. Si bien es un hecho que en Colombia existe una figura legal para solicitar el reconocimiento de la propiedad, este no es un proceso automático y exige que se cumplan requisitos estrictos.Se trata de la llamada prescripción extraordinaria del dominio, un mecanismo jurídico por el cual una persona tiene la capacidad de pedir ante un juez que se le reconozca la propiedad de un inmueble cuando ha ejercido la posesión por un largo periodo y bajo determinadas condiciones.Sin embargo, expertos recuerdan que pagar arriendo por varios años no convierte automáticamente a nadie en propietario y tampoco garantiza el éxito de una reclamación judicial.Esto pide la ley para el reconocimiento de una viviendaUno de los requisitos fundamentales es que se pueda demostrar una posesión continua, pública y pacífica durante por lo menos una década.Es decir, que la ocupación no puede haber sido clandestina, violenta ni interrumpida. Adicionalmente, se debe acreditar que actuó como si fuera la propietaria del inmueble.Entre las acciones que podrían servir como prueba se encuentran:Realizar mejoras en la vivienda.Asumir gastos de conservación.Pagar servicios públicos.Cubrir impuestos relacionados con el inmueble.Administrar la propiedad como si fuera propia.La clave está en demostrar que existió una verdadera posesión y no simplemente una permanencia derivada de un contrato de arrendamiento.Necesita una demanda judicial; de lo contrario, no valeLa prescripción extraordinaria del dominio debe ser analizada por un juez civil, quien evaluará las pruebas presentadas por quien reclama la propiedad.Durante el proceso, el propietario original tiene derecho a defenderse y controvertir la solicitud. Si logra demostrar que nunca abandonó el dominio sobre el inmueble o que no se cumplen los requisitos legales, la pretensión puede ser rechazada.Por esta razón, los especialistas recomiendan reunir pruebas sólidas y contar con asesoría jurídica antes de iniciar cualquier actuación judicial.Ley 820 de 2003: obligaciones y causales para terminar un contratoMientras la prescripción extraordinaria aplica en situaciones excepcionales, la mayoría de relaciones entre propietarios e inquilinos continúan reguladas por la Ley 820 de 2003.La norma establece obligaciones para ambas partes. Los arrendatarios deben pagar oportunamente el canon y los servicios públicos, mientras que los propietarios están obligados a entregar y conservar el inmueble en condiciones adecuadas.Cuando existen incumplimientos graves, el dueño puede acudir a mecanismos legales para recuperar la vivienda mediante una acción de restitución, proceso que incluso puede terminar en un desalojo autorizado por un juez.
Los ascensores son una herramienta indispensable para miles de personas que viven en conjuntos residenciales en Colombia, especialmente cuando los edificios son considerablemente altos. Sin embargo, detrás de estos crece una alarma por la preocupación relacionada con la seguridad de los residentes y las decisiones de los administradores.Según afirman expertos, existen copropiedades que estarían contratando servicios de mantenimiento muy económicos, situación que afectaría el funcionamiento de los equipos e incrementaría el riesgo de fallas dentro de edificios residenciales.Mantenimiento barato de ascensores preocupa a conjuntos residencialesEntre los problemas que más se reportan se encuentran sensores que fallan, puertas que se abren inesperadamente, movimientos bruscos e interrupciones del servicio. Aunque muchas veces estas situaciones parecen menores, especialistas aseguran que pueden convertirse en un peligro para quienes usan estos equipos diariamente.De acuerdo con lo revelado por la directora ejecutiva de Estilo Ingeniería, Liney Malaver, la empresa dedicada al mantenimiento y modernización de ascensores señaló que un servicio podría costar entre $500.000 y $1.500.000 mensuales, dependiendo de la referencia del equipo, del número de unidades que haya en el edificio y el desgaste. Sin embargo, la vocera apunta que se han encontrado "adminsitraciones que contratan servicios de hasta $200.000, lo que podría comprometer los sistemas de seguridad el funcionamiento del equipo".“La reducción excesiva de costos termina comprometiendo los sistemas de seguridad”, aseguró Malaver.Empresas sin experiencia estarían ingresando a conjuntos residencialesOtro de los puntos que preocupa al sector es la contratación de compañías con poca experiencia o sin personal certificado para intervenir equipos de transporte vertical.De acuerdo con especialistas, algunas empresas ofrecen precios bajos sacrificando procesos técnicos, revisiones preventivas y protocolos de seguridad exigidos para este tipo de maquinaria.Mientras en centros comerciales y edificios corporativos existen controles más estrictos y auditorías frecuentes, en algunos conjuntos residenciales las decisiones terminan determinadas por el presupuesto disponible.Expertos recomiendan reforzar controles en ascensoresLos especialistas insisten en que las administraciones deben priorizar la seguridad sobre el ahorro económico. Además, recomiendan verificar que las empresas contratadas cuenten con certificaciones, personal especializado y experiencia comprobada.También aconsejan exigir reportes detallados de mantenimiento, mantener actualizados los registros técnicos y realizar inspecciones preventivas periódicas para detectar fallas antes de que se conviertan en emergencias.
En Colombia, vivir en un conjunto residencial se ha convertido en una de las opciones más comunes para quienes quieren independizarse o tener vivienda propia. Sin embargo, buscar un lugar donde vivir con mayor seguridad ha llevado a que muchas administraciones opten por implementar sistemas adicionales como las cercas eléctricas, una medida que puede ser efectiva, pero que necesita cumplir algunas reglas.Y es que la instalación de cercas eléctricas en conjuntos residenciales está regulada por la Resolución 90708 de 2013, expedida por el Ministerio de Minas y Energía. La norma fija varios parámetros que buscan evitar la presencia de riesgos para residentes, visitantes e incluso transeúntes.Entre los puntos más importantes de la norma, se establece que los impulsos eléctricos no pueden superar los 10.000 voltios y que deben contar con una duración máxima de 10 milisegundos. Estas condiciones están diseñadas para reducir la posibilidad de lesiones graves en caso de contacto accidental.Adicionalmente, la norma exige que estos sistemas estén correctamente diseñados para evitar descargas peligrosas, bajo estándares técnicos que minimicen cualquier incidente.Voltaje máximo permitido de 10.000 voltiosImpulsos con duración máxima de 10 milisegundosSistema debe cumplir condiciones técnicas de seguridad¿Cómo se deben instalar las cercas eléctricas en conjuntos?Más allá del componente técnico, la regulación busca aumentar la prevención. Uno de los requisitos más visibles es la señalización obligatoria. Las cercas eléctricas deben contar con avisos claros, permanentes y ubicados cada cinco metros para advertir sobre el riesgo.Por otra parte, la instalación de estos sistemas se debe hacer dentro de los límites del conjunto residencial. Es decir, no puede invadir el espacio público ni afectar zonas externas, algo que sí puede generar conflictos cuando no se respeta.A esto se suman exigencias relacionadas con la seguridad operativa, como los sistemas de puesta a tierra y mecanismos de protección frente a descargas atmosféricas, que ayudan a evitar fallas eléctricas o accidentes.Por qué estos sistemas necesitan normas de seguridadEl uso de cercas eléctricas responde a una necesidad real de seguridad, pero también implica riesgos si no se manejan de manera correcta. Por eso, la normativa busca equilibrar la protección de los residentes con la seguridad de quienes circulan cerca del conjunto residencial.Por lo tanto, esto obliga a que los administradores tomen decisiones frente a estos temas y contraten personal capacitado para la instalación. No se trata solo de poner una barrera, sino de garantizar que su funcionamiento no represente un peligro.De esa manera, usar cercas eléctricas es una alternativa válida para reforzar la seguridad; sin embargo, su uso no es libre, sino que debe acatar las normas correspondientes, por lo que en Colombia la regulación no solo es obligatoria, sino un tema clave para evitar situaciones de riesgo.
Para quienes viven en conjuntos residenciales, esto implica tener que asumir una serie de costos al mes importantes; entre ellos se encuentra la cuota de administración, misma que para muchos genera una serie de preocupaciones en el bolsillo. Pese a ello, no todos los cobros se deben aplicar de la misma manera para todos los residentes de la propiedad horizontal.De hecho, una reciente revelación del Ministerio de Vivienda abrió un debate sobre la responsabilidad de los propietarios frente a algunos gastos, especialmente sobre quienes viven en el primer piso.Resulta que la discusión gira en torno al mantenimiento de los ascensores, un servicio que entra dentro de las zonas comunes, pero que en esencia no beneficia a todos por igual; ante ello, la normativa podría generar excepciones si se cumplen algunas condiciones que podrían aliviar el bolsillo de miles de colombianos.¿Quiénes viven en el primer piso no pagarían mantenimiento de ascensores?Resulta que la disputa aparece por el uso real del servicio. De acuerdo con lo explicado por el Ministerio, la excepción se debe aplicar porque quienes viven en el primer piso no necesitan el ascensor para movilizarse al interior del conjunto, así como tampoco para acceder a su vivienda ni a otras zonas comunes como parqueaderos o depósitos.La entidad se pronunció en 2024, luego de varias consultas de ciudadanos sobre cómo se deben aplicar los cobros en estos casos. Y es que, si bien los ascensores son bienes comunes, el Ministerio señala que su mantenimiento no siempre debe ser asumido por todos los propietarios.¿Cómo eximirse de pagar el mantenimiento de ascensores? Esto debe saberResulta que, más allá de la probable exención de pago, el tema realmente se debe tomar con “pinzas”. No solamente basta con vivir en el primer piso para no pagar el mantenimiento de los ascensores, sino que se deben cumplir varias condiciones y analizar la manera en la que se estructura el conjunto.No usar el ascensor para ingresar a la vivienda o zonas comunesVerificar lo que establece el reglamento interno del conjuntoTener en cuenta que la decisión puede depender de la asamblea de copropietariosTenga en cuenta que la decisión de interpretación se basa en el artículo 29 de la Ley 675 de 2001, misma que regula la propiedad horizontal en el país. Adicionalmente, en el caso de que se presenten desacuerdos, los residentes tienen la posibilidad de acudir a la justicia ordinaria para buscar una solución al conflicto.
Vivir en conjunto residencial obliga a los residentes a cumplir con ciertas reglas, especialmente con lo relacionado con la cuota de administración. En Colombia, este modelo de convivencia se regula por la Ley 675 de 2001 y ha sido interpretado por la Corte Constitucional, que ya definió hasta dónde pueden llegar las sanciones a quienes las incumplen.En ese orden de ideas, se ha reiterado que los residentes en mora podrían enfrentar restricciones en sus propios conjuntos. Sin embargo, las medidas no son arbitrarias y deben cumplir algunos criterios legales.Residentes podrían perder serviciosAnte ello, las copropiedades tienen la facultad de limitar el acceso a algunos espacios cuando un residente no está al día con sus pagos. De hecho, las restricciones se enfocan en bienes comunes no esenciales, como una forma de incentivar el cumplimiento de las obligaciones económicas.Entre las principales se encuentran: restricción al uso de zonas sociales, recreativas y espacios comunes no esenciales. Estas decisiones están contempladas en el reglamento interno del conjunto y deben ser conocidas por todos los residentes.Corte Constitucional pone límites en sancionesEso sí, la Corte Constitucional ha establecido que la autonomía de los conjuntos residenciales no es absoluta. En fallos como la Sentencia T-633 de 2003, avaló que los morosos puedan ser excluidos de las asambleas, siempre que esta decisión esté sustentada en las normas internas.De igual manera, el alto tribunal insiste en que cualquier sanción debe ser proporcional y respetar principios como el debido proceso. Eso quiere decir que no basta solo con imponer restricciones, sino que es necesario garantizar que estas sean justas y estén debidamente justificadas.Restricciones no pueden afectar derechos fundamentalesUno de los puntos más importantes es que ninguna medida puede poner en riesgo las condiciones mínimas de vida de los residentes. Esto implica que los servicios esenciales no pueden ser suspendidos bajo ninguna circunstancia.En esa línea, la Corte ha reiterado que se deben analizar casos particulares, especialmente cuando hay personas en condición de vulnerabilidad. La idea es encontrar un equilibrio entre la convivencia, el cumplimiento de las normas y la protección de los derechos básicos.
El bolsillo de quienes viven en arriendo podría verse afectado en los próximos meses. Sin embargo, aunque para 2026 los incrementos se han mantenido relativamente estables, las señales empiezan a preocupar de cara a 2027.Y es que, según cifras del DANE, el 40 % de la población habita en alquiler; ante ello, cualquier cambio en los cánones suele tener un fuerte impacto en el bolsillo de millones de hogares.Por ahora, muchos contratos se han ajustado con base en el 5,1 % del IPC del año pasado, lo que ha permitido cierta estabilidad. Sin embargo, los analistas advierten que este escenario podría cambiar: la inflación, el precio de la gasolina y otras presiones económicas podrían llevar el índice de precios a niveles que rondan el 7 %, lo que podría terminar trasladándose al costo de los arriendos.¿Aumentará el precio por esta razón?El principal detonante del posible aumento en los arriendos es la inflación. En Colombia, los incrementos anuales de cánones están atados al comportamiento del Índice de Precios al Consumidor, lo que significa que cualquier variación en este indicador incide directamente en lo que pagan los inquilinos.Actualmente, el panorama muestra riesgos claros:Analistas proyectan una inflación cercana al 6,5 % o incluso al 7 %El aumento en combustibles presiona el costo de vidaSe prevé un impacto en alimentos y servicios básicosEsto implica que, si se cumplen estos pronósticos, los arriendos en 2027 podrían subir más que en el año actual, lo que complicaría aún más el acceso a vivienda en alquiler.¿Qué tanto se dispararía el incremento de arriendos?El posible incremento no es menor. Mientras en 2026 los ajustes rondaron el 5,1 %, para 2027 podrían ubicarse entre el 6,5 % y el 7 %, de acuerdo con el comportamiento de la inflación. Este salto, aunque parece pequeño en términos porcentuales, puede representar una diferencia significativa en el pago mensual.El Banco de la República ha insistido en que sus decisiones, especialmente las tasas de interés, buscan contener estas presiones inflacionarias. Sin embargo, el panorama económico muestra que hay factores externos difíciles de controlar, lo que mantiene la incertidumbre.Adicionalmente, informes recientes indican que cada vez más arrendatarios dependen de acuerdos con los propietarios para sostener los pagos, lo que evidencia una presión creciente en los ingresos de los hogares.Hacen llamado a quienes viven en arriendoAnte este contexto, expertos recomiendan a quienes viven en arriendo anticiparse y revisar sus finanzas. Aunque los incrementos no son inmediatos, el escenario sugiere que los próximos ajustes podrían ser más exigentes.Entre las recomendaciones clave están:Revisar el contrato de arrendamiento y las condiciones de ajustePlanear el presupuesto teniendo en cuenta posibles aumentosEvaluar opciones de vivienda según capacidad de pagoEl mensaje es claro: aunque hoy los arriendos mantienen cierta estabilidad, el comportamiento de la inflación será determinante.
Marzo normalmente es un mes movido en los conjuntos residenciales del país, ya que es la época en la que se definen temas cruciales como los presupuestos, administración e incluso cuotas, medidas que impactan el bolsillo de los copropietarios. Sin embargo, vale señalar que no todo es válido en las reuniones; de hecho, la ley establece condiciones específicas que se deben cumplir para que lo estipulado en la asamblea tenga validez, pero un error podría tumbar por completo la reunión.Y es que un detalle que muchos pasan por alto podría ser definitivo a la hora de fijar las decisiones: la manera en la que se convoca a la asamblea puede definir si la reunión tiene validez o se cae. De acuerdo con la Ley 675 de 2001, existen normas claras que buscan garantizar la participación de los copropietarios y evitar decisiones tomadas a la ligera.Frenan asambleas de copropietarios: ley invalida reuniones por este errorResulta que uno de los puntos más sensibles es el tiempo de la convocatoria. De acuerdo con la ley, la administración debe citar con al menos 15 días calendario de anticipación. Si el requisito no se cumple, puede ser considerada irregular.Puede que el detalle parezca menor, pero tiene un peso legal importante. No es solo un formalismo, es una garantía de que los residentes hayan revisado los documentos, organizado su asistencia y participen con conocimiento en las decisiones. Cuando esto ocurre, cualquier decisión puede perder validez.Qué se puede decidir en la asamblea de copropietariosDentro de estas reuniones se toman decisiones que marcan el rumbo del conjunto. Entre las más relevantes están:Nombrar o remover al administrador y su suplenteElegir el consejo de administración y el comité de convivenciaAprobar presupuestos y cuotas de administraciónAutorizar modificaciones o arreglos en zonas comunesPor eso, la correcta convocatoria no es un tema menor. Se trata de decisiones que afectan la convivencia y las finanzas de quienes viven en propiedad horizontal.Consecuencias de no cumplir con este requisitoCuando no se respetan los tiempos o condiciones de la convocatoria, las consecuencias pueden ser más serias de lo que muchos imaginan. La ley contempla varios escenarios:La asamblea puede ser impugnada ante un juez civilLas decisiones adoptadas pueden anularse total o parcialmenteEl administrador podría enfrentar sancionesLa irregularidad no se corrige aunque haya buena asistenciaEn la práctica, esto significa que aumentos en cuotas, cambios administrativos o inversiones aprobadas podrían quedar sin efecto.Así las cosas, más allá de asistir a la asamblea, los propietarios tienen el reto de estar atentos a cómo se convoca.
Para muchos colombianos, el aumento del salario mínimo fue de gran ayuda al bolsillo y es que el incremento del 23 % en el sueldo sin duda ha sido un alivio, pero para otros resultó siendo un castigo, pues también influyó en el aumento de las cuotas de administración, lo que ha sido un dolor para miles de propietarios en conjuntos residenciales.De hecho, en varias situaciones el incremento ha superado el 23 %, lo que ha llevado a dudar de la legalidad de esta situación, especialmente sobre si se puede o no hacer.Si bien a primera vista podría parecer una decisión arbitraria, lo cierto es que los ajustes suelen estar aprobados en la asamblea de copropietarios, donde la mayoría define el presupuesto del conjunto. Esto quiere decir que, incluso si el cobro es elevado, puede ser válido ya que fue aprobado por un proceso válido legalmente.Pero esa medida no quiere decir que los propietarios queden maniatados, pues hay mecanismos legales que permiten revisar cómo se tomó la decisión y si se presentaron irregularidades en el proceso.¿Qué hacer si la cuota de administración subió exageradamente?Lo principal que el copropietario debe tener claro es que no se puede demandar directamente el aumento. La ruta correcta, de acuerdo con la normativa actual, resulta ser la impugnación de la decisión tomada en la asamblea.Esto quiere decir que implica revisar si el proceso se cumplió con lo establecido de acuerdo con la Ley 675, misma que regula la propiedad horizontal en el país. Sin embargo, si el presupuesto fue aprobado de manera adecuada y el coeficiente de propiedad fue bien aplicado, el cobro definitivamente es obligatorio. En este punto, la discusión no es el monto, sino la legalidad.Cómo impugnar el aumento de las cuotas de administraciónPara quienes no estén de acuerdo con el incremento, existen varias herramientas que pueden utilizarse antes y después de la asamblea. Estas opciones permiten dejar constancia de la inconformidad y, en varios casos, llevar el tema ante un juez.Las principales acciones son:Derecho de inspección para revisar libros contables y cotizaciones antes de la asambleaParticipar en la reunión y dejar constancia de la inconformidad en el actaSolicitar explicaciones al consejo de administración sobre los gastosAcudir a una impugnación judicial dentro de los dos meses siguientesEste último punto es clave, ya que existe un plazo limitado para iniciar el proceso legal.Qué dice la ley sobre el aumento de cuotasTodo el inconveniente nace desde la Ley 675, la cual establece que las expensas comunes deben distribuirse de acuerdo con el coeficiente de copropiedad. Eso quiere decir que cada propietario debe pagar en función de su participación dentro del conjunto.Por tal motivo, más allá del porcentaje de aumento, lo importante es verificar que los cálculos y decisiones se hayan hecho de acuerdo con la norma.
El Junior de Barranquilla empató este domingo 23 de agosto 1-1 con Once Caldas en el estadio Romelio Martínez, en su regreso a la liga colombiana después de la suspensión del torneo por el terremoto de magnitud 7,4 que sacudió al país el pasado 10 de agosto, y sigue sin ganar en el campeonato.El conjunto barranquillero, que había perdido sus dos primeros partidos del Clausura ante Deportes Tolima (2-1) y Millonarios (0-1), volvió a la competición con la necesidad de sumar ante un Once Caldas que llegó al encuentro con cinco puntos en cuatro presentaciones.El Once Caldas se adelantó en el marcador en el minuto 79 con un gol de su experimentado delantero Dayro Moreno, pero el Junior reaccionó en el tramo final y encontró el empate en el 88 gracias al paraguayo Guillermo Paiva, quien evitó la derrota del conjunto local.Con el empate, el Junior suma su primer punto del torneo, aunque mantiene partidos pendientes frente a Deportivo Pereira y Boyacá Chicó debido a la suspensión de la competición.La jornada también estuvo marcada por los hechos de violencia registrados el sábado en el estadio El Campín de Bogotá durante el partido entre Independiente Santa Fe y América de Cali, que terminó 0-0.El encuentro fue detenido en el minuto 33 después de que los enfrentamientos entre aficionados pasaran de las tribunas al terreno de juego.Los disturbios obligaron a los jugadores y al cuerpo arbitral a retirarse a los camerinos mientras la Policía recuperaba el control del estadio. El partido se reanudó posteriormente y concluyó sin goles.Las autoridades de Bogotá informaron que 17 personas resultaron afectadas por los incidentes y anunciaron que el caso será llevado ante la Comisión Distrital de Fútbol para determinar las sanciones correspondientes.En los otros partidos de la fecha, Atlético Nacional derrotó por 2-1 a Fortaleza, Cúcuta Deportivo venció por 1-0 al Independiente Medellín, Águilas Doradas empató 1-1 con Millonarios, Jaguares superó por 1-0 a Boyacá Chicó, mientras Tolima y Atlético Bucaramanga igualaron 0-0.Este domingo, Deportivo Cali e Internacional de Bogotá empataron 2-2 y Deportivo Pasto cayó por 0-1 ante Llaneros.
Culminó la fecha 6 de la Liga BetPlay 2026-II, que volvió a la acción luego de postergarse por la tragedia ocurrida tras el terremoto del pasado 10 de agosto, que afectó varias regiones del país. La jornada la abrió el viernes 21 de agosto con el duelo entre Jaguares y Boyacá Chicó (1-0) y cerró en Barranquilla, en el Romelio Martínez, con el empate a un gol entre Junior y Once Caldas.América de Cali continúa como líder del campeonato con 13 puntos en 5 partidos, tras el empate en el clásico de rojos ante Independiente Santa Fe en El Campín, partido que estuvo marcado por los disturbios tras los enfrentamientos entre las barras bravas de ambos equipos.En una fecha marcada por los incidentes en Bogotá y los empates, destacaron la victoria del Cúcuta Deportivo ante el Medellín por 1-0, en el debut de Juan Fernando Quintero, y el entretenido partido en Palmaseca entre Deportivo Cali e Internacional de Bogotá, que terminó 2-2.También destacó la victoria de Llaneros por la mínima diferencia en Pasto, para ampliar la crisis del conjunto de la capital de Nariño, que aún no logra la victoria en Liga.Tabla de posiciones de la Liga BetPlay tras la fecha 6América de Cali — 13 pts | DG: +11Llaneros — 11 pts | DG: +4Tolima — 10 pts | DG: +2Medellín — 9 pts | DG: +2Bucaramanga — 9 pts | DG: +2Águilas Doradas — 8 pts | DG: +2Deportivo Cali — 7 pts | DG: +3Millonarios — 7 pts | DG: -2Once Caldas — 6 pts | DG: +3Atlético Nacional — 6 pts | DG: +3Santa Fe — 5 pts | DG: +1Fortaleza — 5 pts | DG: -1Internacional — 5 pts | DG: -2Cúcuta — 5 pts | DG: -5Jaguares — 4 pts | DG: -5Deportivo Pereira — 2 pts | DG: -1Alianza — 2 pts | DG: -2Junior — 1 pts | DG: -2Pasto — 0 pts | DG: -7Boyacá Chicó — 0 pts | DG: -10Así se disputará la fecha 7 de la Liga BetPlayMartes 25 de agosto:Cúcuta Deportivo vs. Alianza FC (8:00 p.m.)Miércoles 26 de agosto:Boyacá Chicó vs. Fortaleza CEIF (4:00 p.m.)América de Cali vs. Junior (6:20 p.m.)Atlético Nacional vs. Deportivo Cali (8:30 p.m.)Jueves 27 de agosto:Llaneros vs. Millonarios (6:10 p.m.)Internacional de Bogotá vs. Deportivo Pasto (8:15 p.m.)Partidos pospuestos:Bucaramanga vs. Águilas DoradasSanta Fe vs. JaguaresOnce Caldas vs. Deportes Tolima
El teniente coronel del Ejército Sammy Ernesto Rodríguez, quien durante casi dos años fue edecán del entonces Gustavo Petro en la Casa de Nariño, enfrenta un proceso disciplinario por un presunto caso de acoso sexual contra la mayor Diana Marcela Sierra.La Unidad Investigativa de Noticias Caracol tuvo acceso al expediente de la Procuraduría General de la Nación, que contiene testimonios, grabaciones y otros elementos relacionados con los hechos ocurridos en mayo de 2025.Los hechos se remontan al 13 de mayo de 2025, cuando Rodríguez, entonces mayor, llegó al Cantón Militar de Palonegro, en Bucaramanga, después de asistir al funeral de la madre del coronel Jairo Mancilla, integrante de la Casa Militar.Según el testimonio de la cabo Yuliana Clavijo, quien estaba de guardia esa noche, Rodríguez llegó en estado de embriaguez y tuvo una discusión con el taxista que lo había transportado.La mayor Diana Sierra intervino ante la situación, pagó los $10.000 de la carrera y posteriormente aceptó llevar a Rodríguez hasta el casino de oficiales. En el vehículo también viajaba su hijo de 12 años.De acuerdo con la declaración de Sierra ante la Procuraduría, durante el trayecto Rodríguez habría realizado un comentario de carácter sexual y luego la habría tocado en el seno derecho. La oficial aseguró que detuvo el vehículo y pidió ayuda a dos suboficiales.Sierra también afirmó que Rodríguez la insultó y amenazó después de que los uniformados intervinieran. Posteriormente, reportó lo ocurrido a sus superiores.Al día siguiente, según su declaración, el mayor Anderson Quiroga la visitó en su oficina y le pidió que no informara sobre el episodio. Parte de esa conversación quedó registrada en videos obtenidos por Noticias Caracol.¿Qué pruebas aparecen en el expediente?La Procuraduría tomó declaración a 17 militares, entre ellos oficiales y suboficiales que tuvieron conocimiento de lo ocurrido.La cabo Clavijo confirmó que Rodríguez estaba tomado y describió la discusión que tuvo con el taxista. El sargento primero César Chica, quien auxilió a Sierra, aseguró que el entonces mayor estaba alterado, utilizó palabras soeces y le habría preguntado si podía conseguirle drogas.También declararon los coroneles Carlos Parra y Alfredo Orjuela. Ambos entregaron detalles sobre el comportamiento de Rodríguez durante el incidente.Otro testimonio fue el del coronel Jairo Mancilla, quien aseguró que Rodríguez posteriormente manifestó que no recordaba exactamente lo ocurrido y que quería regresar a Bucaramanga para hablar con Sierra y ofrecerle disculpas.El mayor Miguel Plata, esposo de la denunciante, también declaró. Según su versión, Rodríguez le pidió que intercediera ante Sierra y reconoció que había tenido comportamientos inapropiados.La Unidad Investigativa de Noticias Caracol reveló que, además de los testimonios, la Procuraduría realizó inspecciones y reconstrucciones de algunos de los hechos denunciados durante la investigación.Aunque varios testimonios hicieron referencia al supuesto estado de embriaguez del oficial, nunca se practicó una prueba toxicológica que permitiera establecerlo con certeza.¿Qué decidió la Procuraduría sobre Sammy Rodríguez?La Procuraduría formuló cargos contra Rodríguez al considerar que existían elementos que permitían establecer que posiblemente realizó actos de hostigamiento de connotación sexual contra la mayor Sierra.El oficial no rindió su versión libre presencialmente porque estaba en Austria, pero presentó un escrito en el que atribuyó su comportamiento a la tensión provocada por la pérdida de su teléfono celular. Además, negó haber acosado a la mayor.El organismo también pidió investigar los presuntos tratos humillantes contra otros militares y establecer si hubo un comportamiento inadecuado con el hijo de Sierra. Asimismo, solicitó indagar al mayor Quiroga.A pesar del proceso disciplinario, el Ministerio de Defensa aprobó el ascenso de Rodríguez a teniente coronel el 1 de junio de 2026. La abogada de Sierra cuestionó la decisión.Finalmente, en el informe dice Noticias Caracol que buscó al oficial para conocer su versión sobre las acusaciones y el proceso disciplinario, pero no obtuvo respuesta a los mensajes enviados a sus teléfonos y correos personales e institucionales.
El partido opositor mexicano Movimiento Ciudadano (MC) lamentó este domingo 23 de agosto el "cobarde asesinato" de Nadia Vehurini Matadama Díaz, dirigente del grupo político en la ciudad de Tlapehuala, en el estado de Guerrero (sur)."Lamentamos el cobarde asesinato de Nadia Vehurini Matadama, dirigente de Movimiento Ciudadano en Tlapehuala, Guerrero", escribió MC en un mensaje en la red social X.Al tiempo que exigió a las autoridades una investigación inmediata y con perspectiva de género, ya que, aseguró, "la violencia hacia las mujeres no puede normalizarse en Guerrero ni en ninguna parte del país".De acuerdo con los primeros reportes difundidos por medios mexicanos, el homicidio de Díaz ocurrió la noche del pasado viernes, luego de que dos hombres armados irrumpieron en su casa ubicada sobre la calle Francisco I. Madero, en el municipio de Chilpancingo, y dispararon contra ella.También señalaron que fue un familiar quien avisó de los primeros disparos ocurridos en el hogar de Díaz y, posteriormente, avisó que su hermana no presentaba signos de vida.En su página de Facebook, familiares y amistades lamentaron el asesinato de Díaz, quien también era médica general y contaba también con una trayectoria política en el partido opositor Partido Revolucionario Institucional (PRI).Las cifras oficiales confirman que en lo que va de 2026 se han registrado 51 atentados y asesinatos contra políticos, un delito recurrente en México, especialmente en periodos cercanos a procesos electorales.Además, el estado de Guerrero ha sido un foco rojo desde el periodo electoral de 2024, cuando tres alcaldes fueron asesinados: Alejandro Arcos Catalán, edil electo de Chilpancingo, Isaías Rojas Ramírez, presidente de Metlatónoc, y Acasio Flores Guerrero, alcalde de Malinaltepec.
Los resultados de Super Astro Luna siguen despertando el interés de miles de colombianos que participan diariamente en este reconocido juego de suerte y azar. A diferencia de los chances tradicionales, esta modalidad exige acertar una combinación compuesta por un número de cuatro cifras y un signo zodiacal, lo que le da una dinámica única dentro de las apuestas en Colombia.Número ganador de Super Astro Luna del 23 de agosto de 2026Según los resultados oficiales del sorteo realizado el domingo 23 de agosto de 2026, la combinación ganadora fue el 6638 - Capricornio.Además, los resultados se desglosan de la siguiente manera:Dos últimas cifras: 38Tres últimas cifras: 638Signo ganador: Capricornio Gracias a su formato especial, Super Astro Luna se ha consolidado como una de las opciones favoritas entre quienes buscan nuevas alternativas para probar suerte.Horarios del sorteo Super Astro LunaEl sorteo de Super Astro Luna se realiza todos los días del año, aunque su horario cambia según la jornada:Lunes a viernes: 10:40 p. m.Sábados: 10:42 p. m.Domingos y festivos: 8:30 p. m.Los resultados oficiales pueden consultarse una vez finaliza cada sorteo a través de los canales autorizados.Para participar, cada jugador debe elegir una combinación formada por un número de cuatro cifras y un signo zodiacal.Los números disponibles van desde el 0000 hasta el 9999, mientras que los signos zodiacales que se pueden seleccionar son:AriesTauroGéminisCáncerLeoVirgoLibraEscorpiónSagitarioCapricornioAcuarioPiscisEl premio mayor se obtiene al acertar tanto el número como el signo zodiacal anunciados en el resultado oficial del sorteoModalidades de apuesta disponiblesSuper Astro Luna ofrece varias opciones para que los participantes personalicen sus jugadas. Una de las más utilizadas consiste en apostar un mismo número con los doce signos zodiacales, aumentando así las posibilidades de coincidir con el signo ganador.Asimismo, cada tiquete permite registrar hasta cuatro apuestas diferentes, brindando la oportunidad de participar con varias combinaciones en una sola compra.¿Cuánto cuesta jugar Super Astro Luna?El juego cuenta con valores accesibles para diferentes presupuestos:Valor mínimo por tiquete: $500Valor máximo por apuesta: $10.000De esta manera, cada participante puede definir el monto que desea invertir según sus preferencias.Cómo verificar los resultados de Super Astro LunaUna vez finalizado el sorteo, se recomienda revisar cuidadosamente el tiquete de apuesta y compararlo con los resultados oficiales publicados por los canales autorizados.Esta verificación permite confirmar si la combinación seleccionada resultó ganadora y facilita el proceso de reclamación de premios en caso de obtener un acierto.