Frenan a vigilantes de conjuntos: advierten sanciones por práctica que hacen contra residentes
Algunos residentes denuncian prácticas indebidas por parte de vigilantes, especialmente cuando se presentan deudas pendientes con la administración.
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En Colombia, la seguridad privada cumple un papel fundamental en los conjuntos residenciales, donde su objetivo principal es garantizar la tranquilidad de los habitantes y mantener el control de acceso en la propiedad horizontal. Sin embargo, el trabajo de los vigilantes está regulado por normas laborales y legales que deben respetarse tanto por las empresas de vigilancia como por las administraciones de los conjuntos.
Uno de los temas que recientemente ha generado debate tiene que ver con los horarios y pagos del personal de seguridad. Con la nueva reforma laboral, los vigilantes recibirán un reconocimiento adicional por recargos nocturnos, dominicales y festivos, lo que representa una mejora en sus condiciones laborales y un avance para un gremio que desempeña un rol clave en la protección de los ciudadanos.
Pese a estas mejoras, se han reportado casos en los que algunos residentes denuncian prácticas indebidas por parte de vigilantes, especialmente cuando impiden el retiro de pertenencias debido a deudas pendientes con la administración, acción que no está permitida por la ley.
De acuerdo con la Ley 675 de 2001, que regula el régimen de propiedad horizontal en Colombia, los copropietarios están obligados a pagar las cuotas de administración, pero la mora en esos pagos no autoriza a la administración ni al personal de vigilancia a imponer sanciones que limiten los derechos de los residentes o su libre movilidad.
En otras palabras, si un habitante desea realizar un trasteo o retirar sus pertenencias por cualquier motivo, el vigilante no puede impedirlo ni retener objetos personales, ya que estaría vulnerando derechos fundamentales del propietario o arrendatario. Además, la administración no tiene la facultad de ordenar dichas restricciones, por lo que hacerlo podría derivar en sanciones legales.
El rol del personal de seguridad debe limitarse estrictamente a la vigilancia, el control de acceso y la protección de las instalaciones. No incluye acciones coercitivas relacionadas con deudas. Por ello, las administraciones deben abstenerse de promover estas prácticas y, en caso de mora, recurrir a mecanismos legales de cobro que no afecten la dignidad ni los derechos de los residentes.