A las empresas de seguridad privada les cayeron con todo en las últimas semanas para establecer posibles filtraciones de grupos delincuenciales, las cuales estarían recibiendo armas de fuego para su operación, pero que terminaban en manos de organizaciones ilegales. Al menos dos de estas funcionan en Barranquilla. La revelación fue realizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, tras anunciar la suspensión de 31 licencias de funcionamiento a empresas que tendrían esta presunta filtración de grupos que operarían con fines propios, diferentes a los establecidos en el objeto de la empresa respaldada con el permiso. "Entre las decisiones adoptadas se encuentran medidas contra compañías en distintas regiones del país, como Barranquilla, sede de las empresas Atenas Seguridad Privada ltda. y Maximus Seguridad Privada ltda.,a las cuales se les canceló la licencia en fallo de primera instancia", manifestó la Superintendencia. Entre las actuaciones que habrían permitido identificar la presunta irregularidad en el manejo de las armas, está el hallazgo pruebas en diferentes escenas de crimen que asociaban el uso de esas armas en hechos delictivos. Incluso, encontraban asociaciones entre el uso de éstas por parte de miembros de bandas delincuenciales. Adicionalmente, la Superintendencia informó que próximamente ocho empresas más van a ser sancionadas como resultado de investigaciones en curso. "Todas las actuaciones se adelantan garantizando el debido proceso, pero bajo una postura firme frente a cualquier irregularidad” explicó el superintendente Larry Álvarez, señalando que “el patrón identificado muestra empresas que obtienen licencias legales para operar, pero posteriormente ponen personal, armas o recursos al servicio de organizaciones ilegales".
Comienza la temporada de asambleas de copropietarios en el país y este año el incremento de las cuotas de administración puede ser significativamente más alto que el de años anteriores por cuenta del aumento del salario mínimo"Bajar costos va a ser imposible. En este momento el promedio de aprobación de presupuestos está entre el 15 y 16 %", explicó a Blu Radio el presidente del Colegio de Administradores de Propiedad Horizontal de Bogotá, Germán Molano.El salario mínimo aumentó este año en un 23.7 % por decisión del gobierno nacional y esa decisión impacta a las copropiedades por distintos caminos.Molano explica que se ven impactados por varios caminos. Por un lado, está el costo de la vigilancia privada que como mínimo costará 14 millones de pesos mensuales. Por otro, está el incremento de servicios conexos como aseo general, jardinería y reparaciones, incluso si se tienen contratados por días y no de tiempo completo. En tercer lugar, las pólizas de seguro que pagan los conjuntos se ven impactadas por el nuevo salario mínimo y finalmente hay conjuntos que tienen su presupuesto indexado al salario mínimo porque así lo establecen sus estatutos.Algunas de las opciones para mitigar el impacto incluyen, por ejemplo, no subirle el sueldo al administrador, no pagar más por revisoría fiscal o reducir la cantidad de vigilantes. Sin embargo, para quienes tienen solo un vigilante el asunto es más complejo ya que automatizar la vigilancia puede requerir inversiones iniciales y cuota extraordinaria. Según Molano las empresas de vigilancia ya están ofreciendo el servicio de monitorear las cámaras de vigilancia de forma remota.
Con la suspensión temporal del decreto que aumentó en 23,7 % el salario mínimo para 2026 por parte del Consejo de Estado, muchos están en vilo, no solo los que devengan de manera mensual esta suma y las empresas que desde el 1 de enero asumieron el pago de este valor, pues el hecho deja preguntas sobre qué pasará de ahora en adelante y cuál será la cifra real que regirá este año.De acuerdo al fallo del Consejo de Estado, el Decreto 1469 queda en pausa mientras se resuelve de fondo la demanda interpuesta. La decisión menciona que el Gobierno tiene un plazo de ocho días para emitir otro decreto transitorio que respete la totalidad de los criterios económicos y constitucionales previstos en la ley.No obstante, el fallo tiene efectos en los valores que fueron ajustados con base en el incremento del salario mínimo, como:Pensiones indexadas al salario mínimo.Multas de tránsito ajustadas con base en el incremento.Tarifas de transporte público que reflejaron aumentos recientes.Cuotas de administración en edificios y condominios.Ajustes del salario integral, calculado en múltiplos del mínimo.Aunque las cuotas de administración de los conjuntos residenciales no están indexadas al salario mínimo, en algunas copropiedades sí aumentaron su valor sobre el nuevo porcentaje decretado por el Gobierno a finales de 2025 (23,78 %).Esto se debe a que en Colombia, cada conjunto residencial define en su reglamento de propiedad horizontal y en la asamblea de copropietarios, que se hace de manera anual, cómo se ajusta la cuota de administración. La mayoría toma como referencia el IPC del año anterior, pero otros definen el aumento correspondiente con base en el salario mínimo.¿Suspensión del decreto del salario mínimo afecta las cuotas de administración?Frente a esta situación, Blu Radio consultó a Jaime Rojas, líder del Centro de Investigación para el Análisis de Datos Económicos y Sectoriales de la Universidad Politécnico Grancolombiano, quien explicó que en Colombia “no existe una ley que obligue a subir las cuotas de administración según el salario mínimo y no se ajustan automáticamente cuando el Gobierno cambia el incremento”.Rojas manifestó que cada edificio decide su propia fórmula. La mayoría de administraciones fijan el incremento de la cuota con base en la inflación del año anterior, que fue del 5,1 %.No obstante, muchos conjuntos deciden fijar el aumento de la cuota de administración con un porcentaje diferente al de la inflación y del salario mínimo, pero, según el experto, “puede estar por debajo o por encima; esto depende de las necesidades particulares de las propiedades y de las decisiones que tomen los copropietarios”.¿Qué pasará con las cuotas que ya se pagaron y las que vienen?Ahora bien, sobre qué pasará con respecto a las cuotas que ya se pagaron y las que vienen, mientras sale el nuevo decreto del Gobierno y el Consejo de Estado lo revisa, el fallo es claro al indicar que "la suspensión provisional del decreto no afecta los incrementos que ya se calcularon, causaron o pagaron con base en el aumento del 23,78 %". Rojas refuerza este punto al explicar que los edificios pueden decidir la cuota con base en el salario mínimo actual, o esperar el nuevo decreto si aún no han hecho la asamblea anual.Es importante tener en cuenta que dicho decreto puede demorarse y la decisión final del Consejo de Estado también puede tomar semanas o meses. “Pero si un edificio ya aprobó el incremento, también puede más adelante convocar una asamblea extraordinaria para modificar o ajustar la cuota cuando se expida el decreto definitivo”.Lo anterior se debe a que, aunque la cuota no esté indexada al salario mínimo, muchos costos de funcionamiento sí lo están, como los servicios de vigilancia y de aseo. Rojas agregó que estos rubros son los que más gastos le generan a un conjunto. Esto quiere decir que, incluso si la cuota del edificio sube o subió por la inflación, los costos de operación podrían incrementarse mucho más, obligando a revisar la cuota de la administración en un futuro no lejano.A continuación, consulte el fallo completo del Consejo de Estado:
La Confederación Nacional del Gremio de la Seguridad Privada (Confevip) lanzó una dura advertencia sobre el futuro de la vigilancia formal en Colombia. Según el gremio, la combinación del nuevo salario mínimo y los cambios en la normativa laboral generará un aumento acumulado superior al 30 % en el costo del servicio para los usuarios finales en apenas seis meses.Esta situación impactará directamente el bolsillo de los residentes en conjuntos cerrados, pequeños comerciantes y medianas empresas que dependen de esquemas de seguridad privada. El incremento se sustenta en dos pilares: el alza del 23 % en el salario mínimo y un 7 % adicional derivado de la reducción de la jornada laboral (que pasó de 46 a 42 horas) y la ampliación del horario nocturno desde las 7:00 p. m.El riesgo de la informalidad y el desempleoMiguel Ángel Díaz, presidente de Confevip, señaló que este escenario económico es un caldo de cultivo para la ilegalidad. El directivo advirtió que muchos usuarios, al no poder costear las nuevas tarifas, podrían optar por servicios que no cumplen con los requisitos de ley.De acuerdo con las proyecciones del gremio, un esquema básico de tres vigilantes en turno de 24 horas cerrará el año 2025 con un costo aproximado de $19.304.355 mensuales. Con la entrada en vigencia del ajuste de 2026, la cifra obligará a muchas administraciones a reducir personal, lo que derivaría en una pérdida masiva de empleos formales y menores recaudos para el Estado.
La inseguridad en Colombia mantiene cifras críticas al cierre de 2025. Según el reporte más reciente de la Policía Nacional, entre el 1 de enero y el 30 de noviembre se registraron más de 23.800 hurtos a residencias y 23.700 a establecimientos comerciales. Ante este panorama, la Confederación Nacional del Gremio de la Seguridad Privada (Confevip) lanzó un llamado urgente a los ciudadanos para extremar las medidas de prevención durante la temporada de fin de año.Las festividades se han convertido en el escenario predilecto para la delincuencia, que aprovecha el abandono temporal de hogares por viajes y el aumento del flujo de efectivo en zonas comerciales y entidades financieras. De hecho, el informe detalla que este año ya se contabilizan 50 robos a bancos en el territorio nacional, lo que obliga a reforzar la vigilancia en puntos estratégicos.Miguel Ángel Díaz, presidente de Confevip, enfatizó en la necesidad de integrar herramientas tecnológicas para mitigar el riesgo: “Sin duda, en estos tiempos es clave tomar conciencia y reforzar las medidas de seguridad con alarmas, cámaras y drones. La seguridad debe hacerse presente en esta época navideña”.Para evitar ser víctima de los delincuentes, el gremio recomienda no dejar las viviendas solas sin previa coordinación con familiares de confianza o empresas de monitoreo. Además de reforzar físicamente puertas, ventanas y cerraduras, se aconseja el uso de cámaras conectadas a aplicaciones móviles que permitan una reacción inmediata ante cualquier actividad sospechosa.En el sector comercial e industrial, la recomendación apunta a la contratación de servicios ocasionales de vigilancia especializada para cubrir el aumento de demanda en bancos y aeropuertos, donde la prevención y la corresponsabilidad ciudadana son la única barrera efectiva contra la inseguridad en Navidad.
La Contraloría General de la República solicitó a la Universidad Nacional de Colombia un conjunto amplio de documentos y respuestas sobre el proceso de contratación del servicio de vigilancia privada para todas sus sedes.La solicitud, enviada el 12 de noviembre, pidió el detalle de cada fase del procedimiento: actas, cronogramas, criterios de evaluación, modificaciones, soportes administrativos y técnicos, así como las razones detrás de los ajustes efectuados durante el trámite. El proceso tiene un valor total de 98.614 millones de pesos y ha sido objeto de cuestionamientos públicos.Blu Radio conoció el contenido de la respuesta remitida por la Universidad Nacional a la Contraloría. Allí se describe el desarrollo del proceso, que se inició con la aprobación de la invitación pública y del pliego de condiciones por parte del Comité de Contratación el 9 de agosto de 2025.Los documentos fueron publicados el 21 de agosto en el portal oficial. Las observaciones presentadas por los interesados se publicaron el 7 de octubre.El cierre de la invitación ocurrió el 17 de octubre de 2025. Ese día se registraron ocho propuestas de diferentes uniones temporales. Entre ellas se encuentran la Unión Temporal Seguridad UN 2025, con una oferta de 69.643 millones de pesos; la Unión Temporal UNAL EAC 2025, con 70.526 millones; la Unión Temporal Protección Nacional, con 70.600 millones; y la Unión Temporal SVA, con 70.608 millones. El acta de cierre fue publicada ese mismo día a las 12:46 p.m.La universidad informó que una de las propuestas, la de la Unión Temporal UNAL EAC 2025, pidió corregir el valor consignado en el acta de cierre, al considerar que este no coincidía con el monto enviado oficialmente en sus correos y en los documentos anexos.La propuesta fue remitida en catorce correos entre las 13:19 y las 14:32 del 16 de octubre, todos recibidos antes de las 11:00 a.m. del 17 de octubre, hora límite fijada en la Adenda 5 del pliego. Tras revisar nuevamente la documentación, la institución detectó un error de digitación en el valor registrado en el acta inicial.Según el documento señala que la corrección se realizó con base en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, que permite ajustar errores materiales sin alterar la esencia del procedimiento. La universidad notificó el cambio al proponente mediante correo electrónico.Este episodio generó dudas externas debido a que el ajuste en el valor de la oferta tuvo un impacto en el monto total registrado en el proceso. Algunas voces señalaron que el incremento superaría los 27 mil millones de pesos respecto a los valores que aparecían inicialmente en el acta.Sobre este punto, la universidad expuso dos explicaciones: una desde la documentación oficial y otra expresada por el gerente nacional financiero y administrativo, Basilio Sánchez Manrique.En los documentos enviados a la Contraloría, la universidad explica que el ajuste se originó exclusivamente en la corrección de un error de transcripción del valor de la oferta de la Unión Temporal UNAL EAC 2025.El monto real figuraba en los archivos enviados por el proponente, pero el acta de cierre se elaboró tomando como base un formato anterior utilizado como plantilla, en el que permanecían los valores de un proceso del año anterior. El acta fue corregida al constatarse el valor real consignado por el oferente.Por su parte, Basilio Sánchez, en entrevista con Blu Radio, explicó que el aumento percibido en el total global del proceso se relaciona con dos factores. Primero, el mismo error humano de digitación en el acta, que obligó a ajustar el valor de una de las propuestas. Segundo, la diferencia entre los precios regulados y los servicios no regulados.Señaló que los servicios de vigilancia tienen tarifas fijadas por el Gobierno Nacional, por lo que las variaciones entre propuestas se producen en los componentes no regulados, que se cotizan de manera independiente por cada oferente y pueden influir en el valor final.Indicó también que la corrección no afecta la evaluación porque el acta de cierre no sirve para puntuar, sino solo para dejar constancia de quiénes presentaron propuesta y con qué valores.Según el cronograma del proceso, el informe preliminar de evaluación se publicó el 30 de octubre, las observaciones se recibieron hasta el 5 de noviembre y el informe final estaba previsto para el 14 de noviembre. La universidad reiteró a la Contraloría que, en esa fecha, el contrato aún no había sido adjudicado ni firmado.Otros documentos muestran que la publicación de las respuestas a las observaciones del pliego ocurrió el 19 de septiembre, el cierre de recepción de propuestas fue el 26 de septiembre, el informe preliminar se publicó el 3 de octubre, las observaciones se recibieron hasta el 8 de octubre y el informe definitivo se divulgó el 17 de octubre.Sánchez confirmó que el informe final ya fue publicado y que el proceso arrojó un ganador. La universidad actualmente espera la entrega de los documentos requeridos para proceder con la firma del contrato.También afirmó que las respuestas solicitadas por la Contraloría ya fueron remitidas con urgencia, y que hay disposición para que la entidad verifique el desarrollo completo del proceso y determine si existió alguna irregularidad.
En Colombia, la seguridad privada cumple un papel fundamental en los conjuntos residenciales, donde su objetivo principal es garantizar la tranquilidad de los habitantes y mantener el control de acceso en la propiedad horizontal. Sin embargo, el trabajo de los vigilantes está regulado por normas laborales y legales que deben respetarse tanto por las empresas de vigilancia como por las administraciones de los conjuntos.Uno de los temas que recientemente ha generado debate tiene que ver con los horarios y pagos del personal de seguridad. Con la nueva reforma laboral, los vigilantes recibirán un reconocimiento adicional por recargos nocturnos, dominicales y festivos, lo que representa una mejora en sus condiciones laborales y un avance para un gremio que desempeña un rol clave en la protección de los ciudadanos.Qué dice la ley sobre los trasteos y derechos de los residentesPese a estas mejoras, se han reportado casos en los que algunos residentes denuncian prácticas indebidas por parte de vigilantes, especialmente cuando impiden el retiro de pertenencias debido a deudas pendientes con la administración, acción que no está permitida por la ley.De acuerdo con la Ley 675 de 2001, que regula el régimen de propiedad horizontal en Colombia, los copropietarios están obligados a pagar las cuotas de administración, pero la mora en esos pagos no autoriza a la administración ni al personal de vigilancia a imponer sanciones que limiten los derechos de los residentes o su libre movilidad.En otras palabras, si un habitante desea realizar un trasteo o retirar sus pertenencias por cualquier motivo, el vigilante no puede impedirlo ni retener objetos personales, ya que estaría vulnerando derechos fundamentales del propietario o arrendatario. Además, la administración no tiene la facultad de ordenar dichas restricciones, por lo que hacerlo podría derivar en sanciones legales.El rol del personal de seguridad debe limitarse estrictamente a la vigilancia, el control de acceso y la protección de las instalaciones. No incluye acciones coercitivas relacionadas con deudas. Por ello, las administraciones deben abstenerse de promover estas prácticas y, en caso de mora, recurrir a mecanismos legales de cobro que no afecten la dignidad ni los derechos de los residentes.
Con el propósito de reforzar la seguridad ciudadana y avanzar hacia una Bogotá más moderna y vigilada, la Secretaría de Gobierno, junto con las alcaldías locales, anunció una inversión superior a 9.000 millones de pesos en la implementación de un sistema integral de videovigilancia de última generación. Los recursos provienen de los Fondos de Desarrollo Local (FDL) y se entregarán a la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia mediante convenio para fortalecer la infraestructura tecnológica de la red distrital.El nuevo sistema busca mejorar la prevención del delito, aumentar la capacidad de respuesta institucional y fortalecer la confianza ciudadana, en articulación con la Policía Metropolitana de Bogotá. Según la Administración Distrital, este proyecto representa un paso decisivo hacia una seguridad más inteligente, transparente y cercana a la gente.Cada punto de videovigilancia contará con cámaras de alta resolución, sistemas de respaldo energético, canalización subterránea o aérea e integración directa con el Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo (C4). Además, incluirá mantenimiento preventivo y soporte técnico especializado, lo que garantizará un funcionamiento continuo y sostenible.El proceso de contratación se desarrollará mediante un mecanismo público y competitivo, que garantizará la trazabilidad y la vigilancia institucional. Para asegurar la transparencia, se implementarán auditorías técnicas y sociales, así como reportes periódicos sobre los avances del proyecto.“Trabajaremos con rigor técnico y legal para que Bogotá dé un paso firme hacia una seguridad moderna y confiable”, afirmó Gustavo Quintero Ardila, secretario Distrital de Gobierno.Con la ampliación de la cobertura tecnológica en 19 localidades, el Distrito espera reducir los delitos priorizados, fortalecer la operación del C4 y mejorar la percepción de seguridad entre los ciudadanos. Esta iniciativa se enmarca en la directriz del alcalde mayor Carlos Fernando Galán, quien ha insistido en la articulación entre las entidades distritales y las alcaldías locales para ofrecer resultados concretos en materia de convivencia y seguridad.
En Colombia, los vigilantes tienen de su lado una ley que protege sus derechos laborales y, además, garantiza que las empresas de seguridad no puedan evadir ciertos pagos y responsabilidades. Se trata de la Ley 1920 del año 2018, conocida como la “Ley del Vigilante”, impulsada por el senador Luis Fernando Velasco con el propósito de mejorar las condiciones laborales del gremio y reconocer el trabajo de quienes prestan servicios de vigilancia y seguridad privada en el país.Desde que la norma entró en vigencia, significó un cambio importante para miles de trabajadores que por años sufrieron condiciones precarias. Además de establecer una jornada laboral y beneficios mínimos, la ley obliga a las empresas a contratar un seguro de vida colectivo, garantizando la protección del personal operativo las 24 horas del día.¿Qué deben pagar obligatoriamente las empresas a los vigilantes?Según el artículo 5 de la norma, cada empresa, cooperativa o departamento de seguridad privada está obligada a contratar cada año un seguro de vida colectivo que ampare a todo su personal. El seguro debe cubrirlos durante las 24 horas del día, sin importar si se encuentran o no en servicio.Las empresas no pueden evadir esta responsabilidad, ya que son ellas las que deben financiar completamente el seguro, sin descontarlo del salario del trabajador. Además, constituye un requisito obligatorio para obtener, mantener o renovar la licencia de funcionamiento ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.Es decir, la empresa que no cumpla con esta obligación no puede operar legalmente en el país. Por otro lado, la ley establece que el costo del seguro debe ser considerado como un gasto directo dentro de la estructura de costos que la Superintendencia emplea para fijar las tarifas mínimas del servicio de vigilancia. Con esta medida se evita que los empresarios aleguen falta de recursos o utilicen esa excusa para no pagar el seguro de sus empleados.Estas son las nuevas condiciones laborales para los vigilantesLa Ley del Vigilante también reguló aspectos clave en la jornada laboral, estableciendo un límite de ocho horas diarias y un máximo de 60 horas a la semana. Esta medida busca evitar la sobreexplotación que por años golpeó a este sector, en el que muchos trabajadores cumplían turnos extensos sin una remuneración justa.Otro de los objetivos de esta norma es promover la inclusión de mujeres y personas mayores de 45 años en el sector, así como fortalecer el profesionalismo de los trabajadores a través de programas académicos que permitan una formación técnica y tecnológica en seguridad.¿Qué deben hacer las empresas para conservar la licencia?El artículo 4 de la Ley 1920 también indica que las cooperativas especializadas en vigilancia deben adjuntar, al momento de solicitar su licencia, una copia del régimen de trabajo, previsión, seguridad social y compensaciones aprobado por el Ministerio de Trabajo. Es decir, la empresa debe demostrar que cumple con todas las normas laborales y de protección al trabajador.De no hacerlo, la Superintendencia de Vigilancia puede negar, suspender o revocar la licencia de funcionamiento, dejando a la empresa sin la posibilidad de prestar sus servicios en el país.
En Colombia existen muchas profesiones elementales para la vida diaria de la ciudadanía y que, en ocasiones, pasan desapercibidas en cuanto a su importancia. Sin embargo, una ley recuerda que este tipo de labores cuentan con un derecho fundamental que las empresas deben garantizar.Se trata de la Ley 1920 de 2018, la cual regula la labor de los vigilantes en el país y establece disposiciones para las cooperativas especializadas de vigilancia y seguridad privada. Su objetivo principal es mejorar las condiciones del personal operativo que desarrolla estas tareas, además de fijar requisitos para el funcionamiento legal de las organizaciones que prestan este tipo de servicios.Dentro de estas disposiciones, la ley señala que para que las cooperativas de vigilancia puedan operar, deben cumplir con normas específicas, entre ellas, la obtención de una licencia de funcionamiento. Según lo estipula el artículo correspondiente de la Ley 1920, a esta solicitud deben adjuntarse documentos sobre el régimen de trabajo, previsión, seguridad social y compensaciones, previamente aprobados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Pero, además de este procedimiento, hay un punto clave que las empresas deben tener en cuenta frente a los vigilantes.Derecho al seguro de vida para los vigilantesEl trabajo de vigilante es considerado una labor de alto riesgo, pues quienes lo ejercen pueden enfrentar situaciones que ponen en peligro su integridad. A esto se suman las extensas jornadas laborales que deben cumplir muchos trabajadores de este sector. Por esa razón, la ley establece como requisito obligatorio que toda empresa de vigilancia garantice un seguro de vida a sus empleados.De acuerdo con el artículo 5 de la Ley del Vigilante, “cada empresa, cooperativa especializada, departamento de seguridad y vigilancia privada contratará anualmente un seguro de vida colectivo que ampare al personal operativo de su respectiva organización”. Dicho seguro se convierte, entonces, en una obligación ineludible para obtener y conservar la licencia de funcionamiento.Funcionamiento del beneficio para vigilantes en ColombiaLa normativa establece que el seguro debe cubrir a todo el personal operativo durante las veinticuatro horas del día. Asimismo, aclara que este beneficio no es responsabilidad del trabajador, sino que debe ser asumido directamente por la empresa, cooperativa o departamento de seguridad.Además, el artículo 5 de la Ley 1920 precisa que el costo de este seguro debe ser considerado por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en el cálculo de la estructura de costos y gastos dentro del régimen anual de tarifas mínimas para el cobro de los servicios de vigilancia y seguridad privada.De esta forma, la legislación busca garantizar la protección y el bienestar de quienes ejercen esta labor, reconociendo la importancia de su trabajo en la seguridad ciudadana y asegurando que cuenten con una cobertura que responda ante posibles riesgos asociados a sus funciones.
Finalizó otra jornada del fútbol profesional colombiano con el esperado choque entre Atlético Nacional y Millonarios por la Liga BetPlay. El duelo, que se disputó en el Atanasio Girardot, terminó en un flojo 1-1 en donde el protagonismo se lo llevó los errores individuales de cada equipo.Este partido correspondió a la fecha 12 de este segundo semestre del 2026, la cual arrancó el pasado martes, 22 de septiembre, y que irá hasta el domingo 27 con el compromiso entre Fortaleza y Tolima en Bogotá.Primero Cali logró la victoria 1-0 en su visita a El Campín frente a Independiente Santa Fe; luego América de Cali sumó tres puntos, también de 1-0, frente a Águilas Doradas.El liderato sigue en manos de América de Cali con 24 unidades, seguido por Millonarios (20), Atlético Nacional (19), Medellín (18), Deportivo Cali (18).Es importante tener en cuenta que todos los equipos no tienen la misma cantidad de partidos, por ende, el orden podría modificarse en cualquier momento con nuevos resultados que se den en los próximos días. Por ejemplo, Nacional tiene tres partidos menos que América.Tabla de posiciones de la Liga BetPlay 2026América — 24 puntosMillonarios — 20 puntosAtlético Nacional — 19 puntosMedellín — 19 puntosDeportivo Cali — 18 puntosBucaramanga — 17 puntosTolima — 17 puntosSanta Fe — 16 puntosLlaneros — 14 puntosOnce Caldas — 12 puntosÁguilas Doradas — 11 puntosInternacional de Bogotá — 11 puntosCúcuta — 9 puntosFortaleza — 8 puntosPasto — 8 puntosAlianza — 8 puntosBoyacá Chicó — 8 puntosDeportivo Pereira — 7 puntosJaguares — 7 puntosJunior — 6 puntos
Conseguir altas calificaciones, dominar idiomas y preparar exámenes de admisión suele ser la prioridad en los últimos años escolares. Sin embargo, el Colegio Rochester, ubicado en Chía, sostiene que las notas no lo son todo al momento de enfrentar la vida universitaria e internacional.De acuerdo con la institución, el error más común consiste en enfocar todos los esfuerzos en ingresar a una universidad específica, en lugar de preparar al estudiante para aprovechar cualquier oportunidad. Por ello, su modelo combina exigencia académica con autonomía, pensamiento crítico y un Programa de Proyecto de Vida que inicia en grado octavo.Este acompañamiento temprano busca que los jóvenes identifiquen sus fortalezas y metas personales antes de elegir carrera, en lugar de guiarse únicamente por los rankings de las instituciones. La estrategia incluye orientación en becas, proyectos de investigación, cursos Advanced Placement (AP) y formación bilingüe.El caso de María José Chávez Hernández, egresada del colegio, ilustra esta dinámica. Tras obtener una beca para estudiar Genética en la Universidad CEU San Pablo en España y ser seleccionada para un intercambio Erasmus en el Reino Unido, señala que las calificaciones abren puertas, pero la resiliencia y la autonomía son clave para mantenerse.¿Por qué las calificaciones no garantizan el éxito en la universidad?Según explica la institución educativa, sacar buenas notas es apenas el primer paso para acceder a un programa de educación superior. Los verdaderos retos surgen al asumir la vida adulta e independiente:Autonomía y gestión del tiempo: el estudiante debe adaptarse a sistemas educativos diferentes y tomar sus propias decisiones sin supervisión constante.Inteligencia emocional y resiliencia: mantener una beca o superar momentos difíciles exige autoevaluación, responsabilidad personal y control interno.Desarrollo integral: la participación en actividades culturales o deportivas facilita la construcción de redes sociales en entornos nuevos.¿Qué habilidades buscan las universidades según el Colegio Rochester?De acuerdo con cifras suministradas por el colegio, el 28,78 % de sus egresados cursa carreras en universidades internacionales y sus graduados tienen presencia en nueve países. Entre las instituciones con admisiones figuran University of Toronto, Sorbonne University y Pennsylvania State University, además de centros educativos en Colombia como la Universidad de los Andes y la Javeriana.Para lograr este perfil, la institución señala que la habilidad más determinante es la capacidad de aprender de manera autónoma. Esto implica saber formular preguntas, investigar, evaluar el propio progreso y adaptarse a situaciones inciertas, entendiendo que la universidad es solo un medio dentro del proyecto de vida.
Tres integrantes del Frente 57 ‘Yair Bermúdez’, de las disidencias de las Farc, murieron en medio de combates con la Fuerza Pública en zona rural de Buga, Valle del Cauca. Entre los muertos estaría alias ‘Norto’, señalado como segundo cabecilla de esta estructura armada. En el mismo operativo, un integrante más fue capturado.Según el Ejército, alias ‘Norto’ llevaba más de cinco años en actividades criminales y sería señalado de participar en secuestros extorsivos, homicidios selectivos y extorsiones en el centro del Valle. Las autoridades también lo vinculan con el secuestro y posterior homicidio de un comerciante ocurrido a finales de 2025."En zona rural de Buga, Valle del Cauca, tras intensos combates, tropas de la Tercera División del Ejército Nacional, con apoyo de la Fuerza Aérea Colombiana y en coordinación con la Policía Nacional, lograron la muerte en desarrollo de operaciones militares de alias 'Norto', señalado como segundo cabecilla del Frente 57, y junto a él, dos integrantes más y la captura de otro sujeto de este grupo terrorista", dijo el brigadier general Samuel Salinas Valencia, comandante de la Tercera División del Ejército Nacional.Durante el procedimiento, las autoridades incautaron bastante material de guerra con el cual atacaban a la Fuerza Pública. Los elementos quedaron a disposición de las autoridades competentes mientras avanzan las investigaciones."Se incautaron 335 cartuchos, un fusil, 4 armas cortas, una granada de mano, 8 proveedores, 7 teléfonos celulares, 4 radios de comunicación y un vehículo tipo camioneta. Este grupo estaba generando rentas criminales que estarían entre los 200 a 2.500 millones de pesos", manifestó Salinas.El Ejército indicó que las operaciones continúan en esta zona rural de Buga para afectar las capacidades del Frente 57 ‘Yair Bermúdez’. La Fuerza Pública mantiene presencia en el área luego de los combates que durante varias horas obligaron a las comunidades de las veredas y corregimientos a permanecer resguardadas en sus viviendas.
Binance anunció una inversión de capital de 100 millones de dólares en Circle Internet Group, Inc. (NYSE: CRCL) en el marco de la renovación y ampliación de su alianza estratégica por un periodo de cinco años. Según informó la compañía, el convenio busca masificar el uso de la stablecoin USDC en toda su plataforma global, enfocándose de manera prioritaria en los mercados emergentes.La operación se concretó mediante la adquisición de acciones ordinarias Clase A de Circle a través de una colocación privada. De acuerdo con el comunicado oficial, la transacción se fijó a un precio que incluye un descuento del 5 % sobre el valor de mercado previo al cierre del título CRCL.En el esquema trazado por ambas firmas, Binance asumirá la promoción activa del dólar digital USDC en sus servicios globales. Por su parte, Circle entregará la infraestructura técnica indispensable para soportar la custodia, tenencia y flujo de la moneda digital dentro del ecosistema.¿Cuáles son las razones del acuerdo a cinco años entre Binance y Circle?De acuerdo con lo expresado por Richard Teng, co-CEO de Binance, la inversión responde a la meta de facilitar el acceso generalizado a una moneda estable vinculada al dólar a través de dispositivos móviles. El ejecutivo señaló que Circle se ha consolidado como un emisor confiable en la transferencia transfronteriza de valor.Por su parte, Jeremy Allaire, cofundador y CEO de Circle, indicó que el trabajo conjunto busca ampliar las alternativas de ahorro e inversión en activos digitales. El directivo resaltó las oportunidades de integrar USDC en la infraestructura de la plataforma para llegar a usuarios e instituciones en países en desarrollo.¿Cómo funcionará la masificación de USDC en mercados emergentes?Según detalló el comunicado oficial, la estrategia conjunta contempla los siguientes ejes de ejecución:Promoción prioritaria de USDC dentro del ecosistema global de usuarios de Binance, con foco en economías emergentes.Suministro de infraestructura blockchain programable por parte de Circle para sostener las operaciones y tenencias de la stablecoin.Creación de productos basados en activos digitales destinados a promover el ahorro y la inclusión financiera a escala masiva.
El presidente Abelardo De La Espriella no tendrá que ofrecer nuevas disculpas públicas por las manifestaciones religiosas realizadas durante su posesión presidencial del pasado 7 de agosto, luego de que la Sala Quinta de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá revocara la decisión de primera instancia que había ordenado al mandatario y al presidente del Senado, Honorio Henríquez, emitirlas. Vale recordar que la controversia se originó en una tutela presentada por un ciudadano que alegó una vulneración de sus derechos a la libertad de conciencia y de cultos.El caso se remonta a la ceremonia de posesión realizada en Cali, donde se incluyó un espacio de “invocación y alabanza” con la participación de representantes de distintas confesiones religiosas. Entre ellos estuvieron el rabino David Michaan, el pastor Eduardo Cañas Estrada y el entonces presidente de la Conferencia Episcopal, monseñor Francisco Múnera. También hubo otros elementos de carácter religioso durante el acto. Estos hechos llevaron al Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá a concluir, en primera instancia, que se había afectado el principio de neutralidad religiosa del Estado y a ordenar las disculpas públicas.La decisión de segunda instancia modificó ese escenario y dejó sin efecto la obligación de disculparse que había sido impuesta tanto a De La Espriella como al presidente del Congreso. De acuerdo con la información conocida sobre el fallo, el magistrado Manuel Eduardo Serrano aclaró su voto y sostuvo que una acción de tutela no puede obligar a un funcionario público a renunciar a sus propias creencias religiosas, retractarse de ellas o pedir disculpas por profesarlas. También cuestionó que se ordenara expedir una directiva presidencial sobre neutralidad religiosa, al considerar que ese deber ya está establecido directamente en la Constitución.Por su parte, la magistrada Marleny Rueda Olarte compartió el sentido de la decisión, aunque planteó una diferencia respecto de la forma de resolver el caso. Según la información conocida, consideró que la tutela debía declararse improcedente en lugar de negar las pretensiones.La controversia ya había generado una actuación pública por parte del mandatario. El pasado 30 de agosto, De La Espriella ofreció disculpas en una alocución presidencial en cumplimiento del fallo de primera instancia, aunque en esa intervención también defendió su derecho a profesar públicamente su fe católica y reiteró su compromiso con la libertad religiosa. Al cierre de ese mensaje expresó: “¡Que viva Cristo Rey!”.Con el fallo del Tribunal Superior de Bogotá, las órdenes de primera instancia relacionadas específicamente con las disculpas por la ceremonia del 7 de agosto quedan revocadas. El expediente, no obstante, podría llegar eventualmente a la Corte Constitucional si es seleccionado para revisión.