
Blu Radio concoció el documento oficial de la ponencia mayoritaria de la reforma laboral en Colombia, firmada por 14 de los 15 congresistas de la Comisión Cuarta del Senado. El periodista Ricardo Ospina en Mañanas Blu, con Néstor Morales, reveló los 75 artículos que componen el texto que será radicado hoy ante el Congreso.
Este acuerdo representa un consenso multipartidista que deja sin efecto la opción de archivo del proyecto y que propone cambios al sistema laboral colombiano.
Cambio en el recargo nocturno: de 9:00 p.m. a 7:00 p.m.
Uno de los cambios más relevantes es el adelanto del inicio del recargo nocturno. Actualmente, en Colombia este recargo aplica desde las 9:00 p.m., pero con la nueva ponencia se propondría que comience desde las 7:00 p.m. Esto implica una ampliación del rango nocturno, el cual sería de 7:00 p.m. a 6:00 a.m., mientras que la jornada diurna comprendería de 6:00 a.m. a 7:00 p.m.

Importante: este cambio no aplicará para pequeñas ni microempresas, que seguirán pagando el recargo nocturno desde las 9:00 p.m., una decisión tomada para no afectar su sostenibilidad financiera.
Aumento progresivo del recargo dominical
El recargo por trabajar en domingos, actualmente del 75 %, aumentará progresivamente:
- 80 % desde el 1 de julio de 2025
- 90 % desde el 1 de julio de 2026
- 100 % a partir del 1 de julio de 2027
Los festivos, en cambio, mantendrán el recargo en 75 %. Esta diferenciación responde, según explicó Ospina, a la naturaleza del domingo como día de descanso por excelencia, mientras que Colombia cuenta con más de 17 festivos al año, lo que genera una carga laboral adicional para las empresas.
Este punto aplica para todos los tipos de empresa, sin diferenciación.
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Cambios en los contratos a término fijo
En la legislación vigente, los contratos a término fijo pueden celebrarse por máximo tres años y renovarse indefinidamente. La reforma propone elevar el límite a cinco años, con la condición de que, si se supera ese tiempo, el contrato deberá transformarse en uno a término indefinido.
Esto representa un cambio sustancial en la lógica de contratación, acercándose a la visión del Gobierno del presidente Gustavo Petro, que promueve como regla general el contrato indefinido.
Mejores condiciones para aprendices del Sena
En cuanto a los contratos de aprendizaje, se modifica el esquema actual:
- Para formación de dos años:
- Año 1: 75 % del salario mínimo
- Año 2: 100 % del salario mínimo
- Para formación de un año:
- Fase lectiva: 75 % del salario mínimo
- Fase práctica: 100 % del salario mínimo
Además, se establece que los aprendices universitarios no podrán recibir menos de un salario mínimo legal mensual como apoyo de sostenimiento.
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Regulación para plataformas digitales
La reforma introduce por primera vez una clasificación laboral para domiciliarios y repartidores de plataformas digitales como Rappi:
- Si son contratados como trabajadores dependientes y subordinados, deben recibir todos los beneficios laborales y la empresa debe cubrir el 100 % de su seguridad social.
- Si se clasifican como independientes y autónomos, no se les podrá exigir exclusividad ni se les aplicará el Código Laboral. En este caso, la empresa pagará el 60 % de la seguridad social y el trabajador el restante 40 %.

Prima legal por crecimiento económico
Una de las propuestas más innovadoras es la creación de una prima por crecimiento económico. Se trata de una bonificación equivalente al 40 % de un salario mínimo, que deberá pagarse cuando la empresa haya tenido un crecimiento superior al 4 % en el año anterior. Este artículo, impulsado incluso por el Centro Democrático, ha generado debate en el sector empresarial, aunque hace parte del consenso mayoritario.
Seguridad social por horas
Otro avance importante es el pago de seguridad social por horas para trabajadores que devenguen menos de un salario mínimo mensual. Actualmente no existe esta figura en la legislación colombiana. La medida busca flexibilizar el sistema y formalizar empleos de baja remuneración, protegiendo a quienes no tienen contratos fijos.
Inclusión y empleo para personas con discapacidad
Se propone una cuota obligatoria de contratación para personas con discapacidad:
- Empresas con hasta 500 empleados: 2 trabajadores con discapacidad por cada 100
- Empresas con más de 500 empleados: 1 trabajador con discapacidad por cada 100
Este artículo sigue la línea de las políticas de inclusión del Gobierno Nacional y ya estaba presente en la ponencia aprobada por la Cámara.
La reforma también contempla figuras de estabilidad laboral reforzada, hoy reconocidas por la jurisprudencia, pero no en la ley. Se incluirán protecciones especiales para trabajadores en condición de discapacidad, en licencia de maternidad, por acoso laboral, para prepensionados y sindicalistas.
Una ponencia con respaldo multipartidista
Finalmente, Ricardo Ospina resaltó que la ponencia mayoritaria será radicada hoy a las 2:00 p.m. con el aval de congresistas de diferentes partidos políticos. Aunque también habrá una ponencia alternativa, firmada por la senadora Aída Abella del Pacto Histórico, la mayoritaria se perfila como la de mayor respaldo político.
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