Hijos pueden pelear la herencia de sus padres: Ley evitaría que prefieran a uno solo
El proceso legal pretende revelar si la herencia se hizo con la intención de perjudicar a otros herederos.
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En los hogares colombianos, hablar de herencias suele ser un tema delicado. En muchos casos, las disputas entre hermanos o familiares surgen tras la muerte de un ser querido, especialmente cuando uno de ellos recibe una mayor parte de los bienes o cuando alguno queda excluido del testamento.
Sin embargo, la ley colombiana protege a los hijos en estos escenarios. Aunque los padres dispongan la repartición de sus bienes de otra manera, los descendientes pueden exigir su parte legítima dentro de la herencia, pues el Código Civil establece garantías para que la sucesión se realice bajo parámetros de justicia y transparencia.
La herencia es la transferencia de los bienes de una persona fallecida a sus herederos. De acuerdo con la legislación vigente, puede hacerse de dos formas:
En ambos casos, los hijos tienen prioridad. Según el artículo 1045 de la Ley 1934 de 2018, el orden de sucesión inicia con los hijos, seguido de los padres, el cónyuge o compañero permanente, los hermanos y, en ausencia de todos ellos, el Estado. Esto significa que los hijos tienen un derecho preferente y pueden reclamar su parte, incluso si fueron excluidos del testamento.
Además, la norma aclara que los descendientes más cercanos excluyen a los grados posteriores y que todos deben recibir partes iguales, salvo en el caso de la “porción conyugal”, que se reserva al esposo o esposa sobreviviente. En consecuencia, ningún testamento o escritura puede eliminar completamente el derecho de los hijos a heredar lo que por ley les corresponde.
Una situación común ocurre cuando los padres escrituraron una vivienda o bien a nombre de un solo hijo, dejando por fuera a los demás. Aunque esta acción pueda parecer definitiva, la ley permite impugnarla mediante la llamada “acción de simulación”, que busca demostrar que la escritura o venta fue un negocio fingido para beneficiar únicamente a un heredero.
Expertos jurídicos explican que este proceso pretende restablecer la realidad del negocio jurídico y verificar si la transferencia fue auténtica o si se hizo con la intención de perjudicar a otros herederos. Según el portal Ámbito Jurídico, la acción “busca darle prevalencia a la realidad sobre el negocio aparente” y puede interponerse siempre que existan pruebas suficientes de fraude.
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En esos casos, un juez evaluará las evidencias y determinará si el contrato debe anularse para restablecer los derechos de los afectados. Así, aunque un padre o madre decida favorecer a un solo hijo, los demás pueden acudir a la justicia para reclamar su parte, siempre que demuestren irregularidades en el proceso. La ley colombiana protege la equidad familiar y busca que los bienes se distribuyan conforme al derecho de todos los descendientes, evitando abusos o favoritismos que fracturen los lazos familiares.