Ley protege a trabajadores con familia: no podrán ser despedidos en estos casos
Existe una ley que también blinda a los hombres en ciertas situaciones, lo que representa un ‘tatequieto’ para los empleadores.
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Es muy probable que gran parte de los trabajadores no lo sepan, pero en Colombia la protección laboral a las familias que esperan tener un hijo no es exclusiva de las mujeres en embarazo o en etapa de lactancia.
Existe una ley que también blinda a los hombres cuando su pareja se encuentra en estas situaciones, lo que representa un ‘tatequieto’ para los empleadores que consideren despedirlos sin una justa causa avalada por el Ministerio del Trabajo.
Esta garantía hace parte del fuero de maternidad y paternidad, establecido en el artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo y reforzado por la Ley 2141 de 2021. El objetivo es garantizar la estabilidad económica y el acompañamiento en una etapa clave tanto para la familia como para el recién nacido.
En 2024, la Corte Constitucional emitió la sentencia C-517, con la cual amplió la cobertura del fuero de paternidad. Antes de esta decisión, la norma solo protegía a los hombres cuya pareja no contaba con un empleo formal. Sin embargo, el alto tribunal eliminó dicha restricción al considerarla discriminatoria.
De esta manera, sin importar si la madre trabaja o no, el padre tiene derecho a conservar su empleo mientras dure el embarazo y al menos hasta la semana 18 de lactancia.
Para acceder a esta protección, el trabajador debe informar a la empresa sobre el embarazo de su pareja y entregar un certificado médico o examen de laboratorio que lo respalde. El plazo máximo para presentar esta documentación es de un mes.
La Corte enfatizó que el cuidado de los hijos debe ser una responsabilidad compartida, por lo que la protección laboral debe garantizarse tanto a la madre como al padre. Con ello se busca promover un entorno familiar y laboral más justo y equitativo.
La Ley 2141 establece sanciones claras para las compañías que desconozcan esta protección. Si un empleador despide a un padre amparado por el fuero de paternidad sin contar con la autorización correspondiente, deberá pagar una indemnización equivalente a 60 días de salario, además de todas las prestaciones e indemnizaciones derivadas de su contrato.
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En caso de que una empresa desee proceder con un despido en estas condiciones, está obligada a solicitar autorización a un inspector del Trabajo o, en su defecto, al alcalde municipal en aquellas ciudades donde no exista la presencia de dicho funcionario.
Con estas medidas, Colombia busca fortalecer la protección laboral de los padres y fomentar la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos desde el inicio de la vida familiar.