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Consejo de Estado ordena revisar caso de patrullera destituida por ser madre de familia

La sección tercera del alto tribunal ordenó, a través de una tutela, rehacer el estudio del caso tramitado en la sección segunda de la misma corporación, que al fallar el pleito no tuvo en cuenta el enfoque de género y su protección constitucional.

Foto de Referencia
Fo de referencia de mamá
Foto: AFP

Leydi Diana Calderón fue destituida por la Policía y, adicional, le impusieron una inhabilidad de 11 años para ejercer cargos públicos por haber ocultado a la institución, antes de su incorporación, que tenía dos hijos y era madre soltera. Este fallo de la Policía fue ratificado por la sección segunda del Consejo de Estado.

Sin embargo, la afectada acudió a la tutela para pedir la nulidad de ese fallo. Hoy esta tutela ordenó que el asunto debe volver a ser estudiado en la sección segunda y debe tener en cuenta la jurisprudencia sobre la vulnerabilidad de la mujer madre cabeza de familia y la protección constitucional de la que ella goza.

Igualmente, la tutela ordena a que se deje sin piso la exigencia o requisito que hace la Policía de no tener hijos a los aspirantes porque es abiertamente contrario a la Constitución.

De esta manera, el fallo devuelve la esperanza a la señora Calderón, quien después de haber salido de la Policía Nacional se dedicó a vender arepas porque no le dan trabajo con la inhabilidad de 11 años impuesta.

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En diálogo con BLU Radio, la afectada mostró su satisfacción por el fallo proyectado por el magistrado Ramiro Pazos, porque considera que "haber omitido la información sobre la existencia de mis hijos, no fue un crimen, sino una posibilidad de darles un mejor futuro a ellos, porque mi trabajo en la Policía siempre fue excelente y no tengo anotaciones que afecten el funcionamiento de mis labores como policía”.

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