Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

El próximo martes se conocerá el futuro de la libertad de Álvaro Uribe

El abogado de Iván Cepeda le pidió a la juez Clara Ximena Salcedo Duarte, que el proceso contra Uribe siga mediante ley 600.

Álvaro Uribe
Expresidente Álvaro Uribe
Foto: Twitter @AlvaroUribeVe

Sobre las 11:30 de la mañana fue la intervención de Reinaldo Villalba, abogado de la víctima el senador Iván Cepeda, quien le pidió a la juez 30 de garantías de Bogotá, Clara Ximena Salcedo Duarte, que el proceso contra el expresidente Álvaro Uribe, siga mediante ley 600, que es como lo llevaba la Corte Suprema de Justicia. Es decir, que el proceso no vaya a un juez de garantías y que se dé por concluida la primera etapa. En otras palabras, que el expresidente siga recluido y que lo que siga en el proceso sea o su acusación o la preclusión del mismo.

“La petición es que la señora jueza declare que el procedimiento a seguir es la ley 600 del año 2000 y que no hay lugar a que un juez de garantías, en este caso, su señoría, intervenga o continúe con la audiencia porque la competencia no le correspondería”, dijo Villalba.

El exfiscal Eduardo Montealegre y su exvicefiscal, Jorge Perdomo, quienes busca ser reconocidos como víctimas en el proceso, estuvieron de acuerdo con la hipótesis del representante de víctimas. Montealegre pidió que, aunque la investigación la lleve la Fiscalía delegada ante la Corte Suprema el juzgamiento se haga ante la Corte Suprema de Justicia, lo que para muchos fue un lapsus pues el juicio sería ante un juez de conocimiento.

“Si bien la investigación la puede hacer la Fiscalía y le correspondería a un fiscal delegado ante la Corte es absolutamente claro que el juzgamiento le correspondería a la sala de la Corte Suprema en prima instancia y a la sala de casación en segunda instancia”, dijo.

Publicidad

Por su parte, el fiscal del caso, Gabriel Jaimes, mantiene su posición de que el proceso debe seguir mediante ley 906 del 2004 porque el tiempo en el que habría cometido las conductas punibles el expresidente.

"En la justicia ordinaria el factor temporal es el que determina cuál es el camino procesal a seguir. Si partimos de que los hechos fueron en el 2018, por supuesto, es aplicable al sistema penal acusatorio de la ley 906 del 2004. Es el tiempo la ocurrencia de los hechos la que determina esa competencia y el camino procesal a seguir", dijo Jaimes.

Publicidad

El Ministerio Público apoyó esa hipótesis y también el abogado del expresidente Uribe, Jaime Granados, quien insistió en que los hechos fueron en el 2018 y que la ley 906 brinda más garantías.

“Hay toda una evolución desde ese concepto de la constitución por garantías de todos los intervinientes de pasar a un esquema inquisitivo o mixto reformado a uno cada vez más cercano a un sistema acusatorio pleno”, aseveró Granados.

El próximo martes 22 de septiembre a las 9 de la mañana, la juez 30 de garantías de Bogotá, Clara Ximena Salcedo, deberá dar a conocer su decisión sobre si el proceso del expresidente Álvaro Uribe debe llevarse mediante ley 906 del 2004 o ley 600 del 2000. Hasta entonces se sabrá si quien debe decidir la libertad del expresidente es un juez de garantías (ley 906) o el fiscal del caso, Gabriel Jaimes (ley 600).

Si se decreta que debe seguir mediante la ley 600 pues la siguiente etapa procesal sería la acusación del expresidente o la preclusión del proceso, según lo defina el fiscal Jaimes.

Publicidad

Por el contrario, si se define que el proceso, como lo pidió la Fiscalía, debe continuar por ley 906 hay dos opciones: la primera, que inicie desde cero con la imputación de cargos ante un juez de garantías o la segunda, que se haga una equivalencia procesal, se dé por terminada la primera etapa, el expresidente siga con medida de aseguramiento y se presente escrito de acusación en su contra o se archive el proceso.

  • Publicidad