Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Fiscalía responde al traslado del caso de 11 procesados por vandalismo a Unidad Restaurativa

Frente a esta decisión, el experto en seguridad de la Universidad Central, Andrés Nieto, advirtió que podría generar un debate sobre los límites de la justicia restaurativa en procesos relacionados con este tipo de delitos.

fiscalía.jpg
Fiscalía General de la Nación.
Foto: Fiscalía.

La Fiscalía General de la Nación respondió a la controversia generada por la Resolución 171 del 16 de junio de 2026, mediante la cual la fiscal general, Luz Adriana Camargo, ordenó trasladar a la Unidad Nacional de Justicia Restaurativa el proceso contra 11 presuntos integrantes del grupo autodenominado PPP (Por el Pueblo y para el Pueblo), investigados por una serie de ataques violentos registrados en Bogotá durante jornadas de protesta social. La decisión aplazó la audiencia de acusación prevista contra los procesados y dispuso que el caso fuera analizado bajo un enfoque especializado. La nueva audiencia de acusación quedó programada para el próximo 12 de agosto, a las 8:00 de la mañana.

La entidad explicó que la decisión hace parte de la implementación de la Resolución 170, mediante la cual se creó un grupo de tareas especiales para la investigación y judicialización contextual de hechos de violencia ocurridos en el marco de la protesta social. Según la Fiscalía, el propósito es revisar estos procesos para determinar con mayor precisión las responsabilidades individuales, judicializar únicamente a quienes realmente corresponda y evaluar, cuando la ley lo permita, mecanismos alternativos como la justicia restaurativa, la conciliación o la reparación integral, sin criminalizar el ejercicio legítimo del derecho a la protesta.

De acuerdo con la explicación entregada por la Fiscalía, uno de los factores que motivó la creación de este grupo especializado fue que en distintos procesos relacionados con protesta social varios investigados recuperaron la libertad debido a decisiones judiciales que cuestionaron la forma como se sustentaban las imputaciones y las solicitudes de medidas de aseguramiento. Entre las observaciones formuladas por los jueces figuraba que las sustentaciones se realizaban de manera conjunta, sin individualizar adecuadamente la conducta atribuida a cada procesado, aspecto que debilitaba las solicitudes presentadas por el ente acusador.

La entidad también indicó que el traslado del expediente coincidió con la salida de la fiscal 107 especializada, cuya vacante hace parte del concurso de méritos que actualmente adelanta la Fiscalía General de la Nación. En ese contexto, el caso de los once procesados fue seleccionado para convertirse en uno de los primeros expedientes revisados por el nuevo grupo de tareas especiales creado mediante las resoluciones 170 y 171.

Resolución de la Fiscalía
Resolución de la Fiscalía
Foto: Fiscalía General de la Nación

La Fiscalía precisó que la estrategia no implica dejar de investigar hechos violentos ocurridos durante manifestaciones. Por el contrario, señaló que busca fortalecer la investigación penal diferenciando claramente entre el ejercicio legítimo de la protesta y las conductas que constituyen delitos. En ese sentido, la Resolución 170 establece “Que, no obstante, es admisible la investigación y judicialización de actos violentos cometidos en contextos de protesta social, siempre que las conductas estén estrictamente definidas en la ley, que no se criminalice el ejercicio legítimo del derecho a la protesta y que el ejercicio de la acción penal observe criterios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad.”

Frente a esta decisión, el experto en seguridad de la Universidad Central, Andrés Nieto, advirtió que la medida podría generar un debate sobre los límites de la justicia restaurativa en procesos relacionados con delitos de alta gravedad. El analista afirmó “Nuevamente, el sector justicia nos deja un debate abierto, y es que la justicia en este país termina siendo el principal talón de Aquiles para mejorar la seguridad, para mejorar la convivencia, para garantizar el orden público, pero, sobre todo, para que la ciudadanía confíe en la institucionalidad.”

Publicidad

Nieto recordó que cuando fueron capturados los presuntos integrantes del grupo PPP, la investigación incluía delitos como terrorismo, concierto para delinquir agravado, incendio agravado, fabricación, tráfico y porte de armas y perturbación del transporte público. En ese contexto sostuvo que “esa delgada línea entre la protesta legítima y social constitucional, y cuando se convierte en un delito de estas magnitudes y de esa imputación de cargos con un concierto para delinquir debería tratarse de otra manera.”

El experto agregó que la propia normativa de justicia restaurativa contempla condiciones para su aplicación, entre ellas el consentimiento libre del procesado, el compromiso de reparar integralmente a las víctimas, la aprobación de un juez y límites relacionados con la gravedad de los delitos. Sobre este punto señaló: “Delitos de terrorismo o de uso de armas deberían estar excluidos de beneficios plenos.”

Finalmente concluyó que, con esta decisión se percibe que “se frena, de alguna manera, un proceso ya avanzado. 2, que hay una gravedad de conductas que no deberían tener algún tipo de flexibilización o restauración, porque estamos hablando de temas muy complejos. Y lo último es que queda la sensación en la ciudadanía de impunidad”.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad