Juristas piden respeto al debido proceso en caso contra presidente de Ecopetrol
Abogados penalistas y la Veeduría por la Verdad y la Justicia alertaron sobre posibles vulneraciones al debido proceso en el caso que involucra al presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa.
Reconocidos abogados penalistas hicieron un llamado a frenar los juicios anticipados y a proteger las garantías constitucionales que rigen toda actuación penal. La Veeduría por la Verdad y la Justicia informó a la opinión pública que, frente al proceso que involucra al señor Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol, se hace necesario abrir un debate esencial sobre el respeto irrestricto al debido proceso, el derecho a la defensa y la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política.
“La preocupación jurídica se origina en información según la cual, el fiscal del caso habría sostenido actuaciones comunicativas selectivas con algunos medios de comunicación. De confirmarse y persistir este tipo de prácticas, podrían configurarse conductas contrarias a los deberes funcionales previstos en la Ley 1952 de 2019, Código General Disciplinario, lo que eventualmente daría lugar a la apertura de un proceso ante la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. La función investigativa no habilita la construcción de escenarios de juzgamiento paralelo, ni la anticipación de valoraciones por fuera del expediente judicial”, señaló el vocero de la organización veedurial, profesor y abogado Diego Pérez.
Ricardo Roa en medio de una rueda de prensa en agosto de 2024.
Foto: Presidencia.
La Corte Constitucional ha advertido reiteradamente que la presunción de inocencia no se agota en la etapa probatoria, sino que también irradia el manejo de la información pública. En decisiones como la C-774 de 2001 y la T-219 de 2015, el alto tribunal ha sostenido que la estigmatización mediática y la presentación anticipada de culpabilidad vulneran derechos fundamentales y erosionan la legitimidad de la administración de justicia.
El derecho a informar, protegido por el artículo 20 de la Carta Política, no es absoluto y encuentra límites cuando se comprometen la honra, el buen nombre y el derecho a un juicio justo.
En una democracia constitucional, el debate penal debe resolverse en los estrados judiciales, no en los titulares. El derecho a la defensa, desarrollado por el Código de Procedimiento Penal, exige equilibrio, mesura y responsabilidad institucional. De ahí la necesidad de reiterar un principio elemental del derecho penal garantista: a las personas se les juzga por lo que hacen, no por quienes son, ni por el cargo que ocupan, ni por la presión que pueda ejercer la opinión pública. Respetar ese límite es condición indispensable para una justicia legítima y creíble.