Los argumentos del magistrado Carlos Camargo para definir si tumba o no la emergencia económica
La Corte dejó claro que el análisis será profundo. Por eso, ordenó la práctica de pruebas y solicitó información adicional al Gobierno.
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La Corte Constitucional dio inicio formal al estudio del decreto con el que el Gobierno nacional declaró el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el país, expedido el 22 de diciembre de 2025. La decisión quedó consignada en un auto firmado por el magistrado Carlos Camargo Assis, quien asumió el conocimiento del caso y ordenó una revisión exhaustiva del acto del Ejecutivo.
Este paso no significa que la Corte haya avalado o rechazado la emergencia. Lo que hace es activar el control constitucional obligatorio, un procedimiento previsto en la Constitución para revisar si este tipo de decretos cumple con los requisitos legales y constitucionales.
En su decisión, la Corte dejó claro que el análisis será riguroso. Por eso, ordenó la práctica de pruebas y solicitó información adicional al Gobierno, con el fin de evaluar si la emergencia se justifica realmente o si existían mecanismos ordinarios que pudieron haberse utilizado antes de acudir a una medida excepcional.
Uno de los puntos que llama especialmente la atención es que la Corte pidió a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República que remita el acto administrativo mediante el cual Irene Vélez habría sido encargada como ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Con esta solicitud, el alto tribunal busca verificar que todos los ministros que firmaron el decreto estuvieran debidamente posesionados y en ejercicio legal de sus funciones al momento de expedirse la declaratoria de emergencia.
Este requerimiento hace parte del examen de los requisitos formales del decreto. Si se llegara a establecer que alguno de los firmantes no tenía la competencia legal para hacerlo, ese hecho podría convertirse en un vicio de constitucionalidad, independiente de las razones económicas alegadas por el Gobierno.
Más allá del aspecto formal, la Corte también puso la lupa sobre el fondo del decreto. El tribunal quiere establecer si las causas invocadas por el Ejecutivo, como la crisis fiscal, el endeudamiento, la falta de liquidez y la no aprobación de leyes de financiamiento, son realmente extraordinarias y sobrevinientes, o si corresponden a problemas estructurales y previsibles.
Para ese análisis, la Corte solicitó conceptos a exministros de Hacienda, economistas y expertos en derecho tributario, quienes deberán pronunciarse sobre si la situación ameritaba una emergencia o si el Gobierno contaba con herramientas ordinarias suficientes.
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El auto también plantea cuestionamientos directos al Ejecutivo, como el hecho de que, tras declarar la emergencia, se haya acudido a la emisión de deuda y a la venta de bonos TES, pese a haber alegado restricciones severas en materia de endeudamiento.
Además, el proceso fue abierto a la participación ciudadana e institucional, y la Procuraduría General deberá rendir concepto antes de que la Sala Plena tome una decisión definitiva. Por ahora, el decreto sigue vigente, pero su continuidad dependerá de si supera este examen constitucional estricto.