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Ponencia en Corte Constitucional busca tumbar la cadena perpetua para violadores de menores

Según la magistrada Cristina Pardo, la cadena perpetua viola el principio de dignidad humana.

368070_Cadena perpetua / Foto: AFP
Cadena perpetua /
Foto: AFP

La Sala Plena de la Corte Constitucional evaluará en los próximos días una ponencia de la magistrada Cristina Pardo que pide declarar la inexequibilidad del acto legislativo que reglamenta la cadena perpetua para violadores de niños, por considerar que se viola el principio de dignidad humana.

En un documento reservado de 150 páginas, la magistrada expone que el Congreso no podía hacer este trámite y aprobar esta reglamentación, puesto que se viola el principio de la dignidad humana. “El Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el artículo 34 de la Constitución, pues afectó un eje definitorio de la carta como lo es el Estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución”, menciona un aparte del documento.

Esta ponencia se da por varias demandas que se interpusieron ante el alto tribunal por considerar que no es constitucional la aprobación de este acto legislativo, puesto que no se puede garantizar la dignidad humana de los condenados, según explica la magistrada, “resaltaron que todos los efectos negativos son más graves en circunstancias de hacinamiento como las que se presentan en el sistema carcelario colombiano, en razón a la falta de servicios de salud, alimentación, entre otros, que no se garantizan de forma plena. La ausencia de estas condiciones mínimas de subsistencia digna en un centro carcelario, además de estar sometido a un encierro perpetuo, puede configurar en un trato inhumano, cruel y degradante, prohibido por el artículo 12 de la Constitución”.

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Por otra parte, la magistrada Pardo asegura que dentro de la decisión que se tomó en la Sala Plena, cuando se declaró constitucional este acto legislativo, al interior hubo divisiones en donde se mencionó que esta no era una forma idónea para la resocialización: “La Sala Plena observó que la pena de prisión perpetua revisable incluida en el artículo 34 de la Constitución no es una medida idónea para asegurar la protección de los niños, niñas y adolescentes víctimas de los delitos que regula; y en contraste, genera efectos tan graves a la dignidad humana de la persona condenada y al sistema penitenciario actual, que no es una medida proporcional ni efectiva”.

Se espera que en los próximos días, esta ponencia entre en el orden del día para que la Sala Plena de la Corte Constitucional evalúe si acoge o no este documento, que de ser aprobado, tumbaría la reglamentación sobre la cadena perpetua para violadores de niños.

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