¿A cuántos metros deben estar las farmacias? Asocoldro explica nuevo marco regulatorio
Greison Camargo, director de Servicios Jurídicos de Asocoldro, señala que la Corte ordenó definir distancias entre farmacias y no delegar esa decisión a alcaldías.
El borrador de un nuevo decreto del Ministerio de Salud ha encendido el debate entre diferentes sectores del país, especialmente en torno a la regulación de la apertura y traslado de droguerías y farmacias.
La propuesta busca otorgar a departamentos y municipios la potestad de definir las condiciones para la instalación de estos establecimientos, un punto que genera preocupación entre asociaciones del gremio farmacéutico.
Greison Camargo, director de Servicios Jurídicos de la Asociación Colombiana de Droguistas Detallistas (Asocoldro), explicó que la medida se sustenta en la reciente sentencia C-479 de 2024 de la Corte Constitucional, que revivió la Ley 8 de 1971, la cual establece que debe haber distancias mínimas entre farmacias.
“Lo que pretende el Ministerio es emitir un decreto para dar cumplimiento a la sentencia, pero lo está haciendo de una manera que no corresponde a lo ordenado por la Corte”, afirmó.
BLU Radio. Farmacia, referencia / Foto: Urna de Cristal
De acuerdo con Camargo, el fallo constitucional fue claro en señalar que el Ministerio debía definir si la distancia entre droguerías sería de 75 o 150 metros, tomando como referencia normas previas como la Resolución 911 de 1992 y el Decreto 3554 de 2008.
Sin embargo, lo que propone el borrador es transferir esa decisión a gobernaciones, alcaldías y secretarías de salud.
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“Eso no es lo que determinó la Corte Constitucional en su sentencia. La Corte fue clara en decir: reviva la ley que ya regula las distancias y ustedes simplemente definan si son 75 o 150 metros. No les ordenó sacar un decreto nuevo y hacer nuevas normas”, enfatizó.
El representante de Asocoldro recordó que desde 2012, tras la modificación de un artículo normativo, se instaló la idea de que ya no existían distancias obligatorias entre droguerías, lo que permitió la proliferación de establecimientos en las mismas zonas urbanas. “Durante más de una década se le hizo creer a los colombianos, incluso a las entidades de control, que no había límites, cuando la ley siempre buscó garantizar cobertura y acceso a los medicamentos”, explicó.
Camargo subrayó que el objetivo no es impedir la apertura de nuevas farmacias, sino asegurar que respondan a necesidades sociales y poblacionales. “Las droguerías cumplen una función social, y la única manera de que haya cobertura es que existan distancias entre ellas. No se trata solo de mercado, sino de garantizar acceso en todos los territorios, incluidos los más apartados”, dijo.
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La discusión ahora se centra en si el Ministerio acatará de manera literal el mandato de la Corte o si insistirá en su propuesta de delegar la regulación a las entidades territoriales.