El alto tribunal tumbó la Resolución 0803 del 24 de septiembre de 2012, con la que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales había otorgado licencia ambiental al proyecto de perforación exploratoria APE Magallanes de Ecopetrol, en jurisdicción de los departamentos de Arauca y Norte de Santander.
Esto, tras una demanda presentada por la Asociación de Autoridades Tradicionales y Cabildos U’wa, que alegó que el permiso se concedió sin realizar un proceso de consulta previa con esta comunidad indígena, pese a que el proyecto podía afectar directamente su territorio ancestral y su forma de vida.
En un fallo de 79 páginas, al que este medio tuvo acceso, el Consejo de Estado señaló que la expedición de la licencia desconoció el derecho fundamental a la participación y al consentimiento informado de los pueblos étnicos.
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Foto: Ecopetrol
Según el análisis del alto tribunal, las medidas compensatorias y los estudios de impacto ambiental que sustentaron el proyecto fueron elaborados sin un diálogo real con la comunidad U’wa, lo que vicia de ilegalidad el acto administrativo.
Aunque Ecopetrol, empresa interesada en el proyecto, sostuvo que el área de influencia del APE Magallanes no se superponía con el resguardo indígena, el Consejo de Estado consideró que la cercanía geográfica y los posibles impactos sociales y ambientales obligaban a realizar el proceso de consulta, conforme a los estándares nacionales e internacionales.