Así es la bonificación avalada por el Gobierno para funcionarios de Migración Colombia
A partir de este 11 de septiembre entra en vigencia el decreto que otorga una Bonificación Migratoria para trabajadores asistenciales, técnicos y profesionales de Migración Colombia. Le contamos cómo se calculará este beneficio.
El Gobierno expidió el Decreto 0978 del 10 de septiembre de 2025, por medio del cual crea la Bonificación Migratoria, un reconocimiento económico trimestral dirigido a los servidores públicos de los niveles profesional, técnico y asistencial de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.
De acuerdo con el texto del decreto, esta medida busca “fortalecer las capacidades institucionales y motivar al talento humano” que trabaja en un entorno altamente demandante, caracterizado por el aumento de los flujos migratorios y la necesidad de garantizar seguridad y eficiencia en la prestación de los servicios.
Según lo establece el decreto, la bonificación se reconoce como un incentivo adicional sobre la asignación básica mensual, pero no constituye factor salarial ni prestacional; es decir, no afectará liquidaciones de cesantías, pensiones u otros beneficios.
El texto del decreto señala que Migración Colombia ha debido enfrentar una alta presión institucional debido a los cambios migratorios de los últimos años, especialmente en el control de extranjería y en la gestión de la movilidad internacional. En ese contexto, la creación de la bonificación pretende compensar el esfuerzo de los funcionarios, al tiempo que incentiva la especialización en la atención migratoria.
La decisión tuvo respaldo del Consejo Directivo de Migración Colombia, que, en sesión del 9 de enero de 2025, aprobó iniciar los trámites para solicitar al Gobierno nacional este beneficio.
Oficial de Migración Colombia
Foto: AFP
Posteriormente, el Departamento Administrativo de la Función Pública emitió un concepto técnico favorable y el Ministerio de Hacienda otorgó viabilidad presupuestal, garantizando que los recursos provendrán del presupuesto de funcionamiento de la entidad.
¿Cómo se calculará la Bonificación Migratoria?
El decreto establece que la bonificación será trimestral y se pagará con base en un porcentaje de la asignación básica mensual del funcionario, de acuerdo con el nivel y grado salarial, así:
Nivel asistencial: 90 % de la asignación básica mensual.
Nivel técnico: 150 % de la asignación básica mensual.
Nivel profesional: oscila entre el 30 % y el 150 %, dependiendo del cargo y grado.
Por ejemplo, un profesional universitario de grado 1 u 8, o un profesional de migración en esos mismos grados, recibirá un 150 % de su salario básico mensual cada trimestre como bonificación. En cambio, un profesional especializado en grados más altos, como el 18, percibirá un 30 %.
Para recibir la Bonificación Migratoria, los funcionarios deberán cumplir al menos un año de antigüedad en la entidad. Si un trabajador cumple el requisito durante el trimestre, el pago será proporcional al tiempo laborado.
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Asimismo, el decreto detalla que el beneficio se reconocerá en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. La creación de esta bonificación se enmarca en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, Colombia Potencia Mundial de la Vida.