Gobierno actualizaría las reglas para uso de animales de laboratorio en Colombia: ¿en qué consiste?
Se conoció un borrador de resolución del Ministerio de Salud con el que se redefine los requisitos de autorización, control y justificación científica para los laboratorios que utilizan animales de laboratorio en el país.
Gobierno actualizaría las reglas para uso de animales de laboratorio en Colombia: ¿en qué consiste?
El Ministerio de Salud y Protección Social publicó para comentarios un borrador de resolución que actualiza el marco normativo para la autorización, funcionamiento y vigilancia de los laboratorios que utilizan animales de laboratorio en Colombia. La medida desarrolla el artículo 25 de la Ley 84 de 1989 y establece nuevas exigencias administrativas, técnicas y de control para las instituciones públicas y privadas que adelantan actividades de experimentación, investigación, docencia o diagnóstico.
Uno de los principales cambios es la obligatoriedad de contar con una autorización formal expedida por el Ministerio de Salud, previa evaluación técnico-científica del Instituto Nacional de Salud (INS). La autorización tendrá una vigencia de dos años y será requisito indispensable para continuar operando. Sin este trámite, los laboratorios no podrán desarrollar actividades que involucren animales de laboratorio.
La resolución endurece los requisitos técnicos que deben cumplir las instituciones. Los laboratorios deberán acreditar infraestructura adecuada, bioterios habilitados, personal capacitado y atención médico-veterinaria permanente, además de planes de manejo para los animales en caso de cierre temporal o definitivo de las instalaciones.
Otro de los ejes de la norma es el fortalecimiento de los comités de ética para el uso de animales de laboratorio. Las instituciones estarán obligadas a conformar o actualizar estos comités, que deberán evaluar y hacer seguimiento a los protocolos de investigación, garantizando que el uso de animales esté debidamente justificado y documentado.
Gobierno actualizaría las reglas para uso de animales de laboratorio en Colombia: ¿en qué consiste?
Foto: ImageFx
La resolución establece que el uso de animales solo será admisible cuando sea indispensable desde el punto de vista científico, cuando no existan métodos alternativos validados y cuando se apliquen los principios de reemplazo, reducción y refinamiento, conocidos como las “3R”. Esto obliga a los laboratorios a sustentar de manera expresa por qué recurren a modelos animales y qué medidas adoptan para minimizar su uso.
En materia de control, se refuerza el papel del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), que ejercerá acciones de inspección, vigilancia y control sanitario en los establecimientos autorizados. En caso de incumplimientos, especialmente aquellos relacionados con el bienestar animal, podrán adoptarse medidas sanitarias y cancelarse las autorizaciones otorgadas.
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La norma también ratifica la prohibición de la experimentación cosmética con animales, salvo las excepciones previstas en la Ley 2047 de 2020, y excluye este tipo de actividades del ámbito de autorización ordinaria, con el fin de evitar interpretaciones amplias.
Finalmente, se establece un periodo de transición que incluye jornadas de socialización y plazos para que las instituciones ajusten sus procesos internos, adecuen los comités de ética y radiquen la solicitud de autorización. Una vez vencidos estos plazos, el uso de animales de laboratorio sin autorización podrá dar lugar a sanciones administrativas.