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JEP deja en firme absolución de defensor de derechos humanos condenado en 2012

La JEP ratificó en segunda instancia la absolución de David Rabelo Crespo, al concluir que fue condenado injustamente por el asesinato de David Núñez Cala, crimen ocurrido en 1991 en Barrancabermeja.

JEP defiende sanciones restaurativas para excomandantes
Jurisdicción Especial para la Paz - JEP.
Foto: JEP

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) dejó en firme la absolución del defensor de derechos humanos David Rabelo Crespo, al confirmar que fue condenado injustamente. En fallo de segunda instancia, la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz ratificó la decisión que lo declaró inocente del homicidio de David Núñez Cala, ocurrido el 5 de abril de 1991 en Barrancabermeja. Núñez Cala era entonces secretario de Obras Públicas del municipio y aspiraba a la Alcaldía cuando fue asesinado.

Al estudiar el recurso presentado por la representación de las víctimas, el Tribunal concluyó que no era procedente y decidió mantener la sentencia emitida en 2025 por la Sección de Revisión. Según la JEP, ese fallo se apoyó en hechos y pruebas nuevas que no habían sido analizadas por la justicia cuando Rabelo Crespo fue condenado en 2012.

La decisión también señaló que el proceso penal contra el defensor de derechos humanos se dio en un contexto de persecución relacionada con su trabajo social, en una región afectada por la presencia de estructuras armadas ilegales. Varios de los testimonios que sustentaron la condena fueron posteriormente desacreditados o incluso sancionados por falso testimonio.

El Tribunal reiteró, además, que no existe ninguna prueba que vincule a Rabelo Crespo con las extintas Farc y que esa afirmación, incluida en la sentencia de la justicia ordinaria, fue desvirtuada con decisiones judiciales posteriores.

Frente a los cuestionamientos de las víctimas, la JEP explicó que no se puede exigir a una persona declarada inocente que reconozca hechos de los que no es responsable ni tiene conocimiento. En su análisis final, la Sección de Apelación concluyó que Rabelo Crespo no tuvo motivo ni oportunidad para participar en el crimen y que nunca existió el acuerdo para cometer el homicidio.

El Tribunal aclaró que la decisión contribuye a la verdad al descartar de manera definitiva la responsabilidad de Rabelo Crespo. Por eso, señaló que ahora le corresponde a la Fiscalía avanzar en la identificación de los verdaderos responsables del asesinato de David Núñez Cala.

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