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Juan Pablo Bieri, exgerente de RTVC deberá rectificar acusaciones contra la FLIP

En las acusaciones, Bieri afirmó que la FLIP editó y manipuló las grabaciones en las que se le escuchaba censurando al programa Los Puros Criollos.

325621_BLU Radio // Juan Pablo Bieri // Foto: BLU Radio
Juan Pablo Bieri // Foto: BLU Radio
Foto: BLU Radio

La Corte Constitucional le ordenó a Juan Pablo Bieri Lozano, exgerente de RTVC, rectificar las afirmaciones realizadas contra la FLIP en su cuenta personal de Twitter. Cuando acusó a esta fundación de editar la grabación que se presentó como evidencia, cuando Bieri habló en una conferencia de su descontento con Santiago Rivas, entonces director de ‘Los Puros Criollos’,porque habló mal del gobierno en otros programas. Caso que fue visto como censura.

La Corte le ordenó al ciudadano Bieri Lozano rectificar las afirmaciones realizadas contra la FLIP en su cuenta personal. En la rectificación, este deberá explicar que no cuenta con motivos fundados para sostener que la FLIP manipuló la grabación divulgada; y que la Fundación para la Libertad de Prensa no incurrió en los delitos de injuria y calumnia en su contra.

Esta rectificación deberá realizarse por el mismo medio utilizado por Bieri para difundir los mensajes que desconocieron el buen nombre de la FLIP.

La decisión que se da luego de resolver una tutela, sienta jurisprudencia para la libertad de prensa del país, ya que la Corte hace un llamado a proteger el buen nombre de la FLIP.

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El conflicto entre las partes tuvo origen en un presunto acto de censura que habría cometido Bieri Lozano frente al presentador del programa 'Los Puros Criollos', Santiago Rivas, el cual fue denunciado por la FLIP mediante la difusión de la grabación de una reunión de trabajo que tuvo el accionado con algunos de sus colaboradores, en la que dejó claro su descontento con el presentador por haber realizado críticas al Gobierno Nacional en otro medio de comunicación.

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Esta situación condujo a la renuncia de Bieri Lozano, quien estando fuera del cargo, publicó en su cuenta personal de Twitter varios trinos en los que cuestionaba las actuaciones de la FLIP relacionadas con su gestión. En especial, acusó a la fundación de editar la grabación, de difundir una grabación ilícita y de ser cómplice de los delitos de injuria y calumnia.

Pese a que la fundación le solicitó rectificar dicha información, el exgerente de RTVC guardó silencio. Bajo este panorama la FLIP acudió al juez de tutela buscando la protección de su derecho al buen nombre.

Respecto a las afirmaciones hechas por Bieri en la junta, la Sala concluyó que:

“ (i) En la reunión del 6 de diciembre de 2018, sostenida en RTVC, se presentaron actos de censura, inicialmente directa y, posteriormente indirecta, en ambos casos con fines retaliativos y capaces de generar un efecto disuasorio en el ciudadano Santiago Rivas y otros comunicadores y periodistas; (ii) la actuación de Diana Marcela Díaz Soto -la cual grabó la reunión de trabajo aludida-, y sin perjuicio de las diligencias que ha desarrollado la Fiscalía General de la Nación, se encuentra protegida por la Constitución Política, debido a que es un acto destinado a encender las alarmas a favor de la democracia, ante la evidencia de los mencionados actos de censura; (iii) Juan Pablo Bieri adelantó y definió una estrategia de censura en un espacio semiprivado, sin expectativa de privacidad absoluta y esta reunión se apartó del desarrollo de sus funciones”, señaló la Corte.

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