Ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ocho médicos colombianos han pedido medidas de protección de sus derechos, argumentando que cuando fueron condenados por falsificar documentos
para convalidar título en cirugía plástica no se tuvieron en cuenta algunas pruebas, las cuales demostrarían su inocencia.
Los doctores obtuvieron los títulos en Brasil
y advierten que se les vulneraron sus garantías y el debido proceso. Una vez terminaron la especialización en ese país, los títulos fueron convalidados en Colombia y posteriormente hubo una denuncia contra ellos.
Según la Fiscalía, los médicos registraron en el formato de solicitud de convalidación algunos documentos que constituirían fraude. En la solicitud de medidas cautelares, radicada por el abogado Juan Camilo Sanclemente, se lee lo siguiente:
Dentro del juicio los médicos lograron junto a su defensa técnica demostrar varios aspectos que en derecho desvirtúan la hipótesis de la Fiscalía General de la Nación, pero que sin embargo y en circunstancias extrañas, la rama judicial del poder público a través del Juzgado 45 Penal con función de conocimiento de Bogotá desconoció, dictando fallo condenatorio el pasado 5 de marzo del 2025, pues dictó un fallo judicial en contravía de la presunción de inocencia
La defensa de los médicos insiste en que presentaron documentos emitidos por una institución educativa reconocida y legalmente constituida en Brasil y, que actuaron de buena fe confiando en la validez de los certificados emitidos por dicha institución.
"La Fiscalía General de la Nación no presentó pruebas concluyentes que demuestren que los médicos fabricaron o alteraron los documentos. La discrepancia en las horas de permanencia en Brasil se basa en la metodología flexible del programa académico y la homologación de saberes, que varios testigos del Ministerio de Educación Nacional señalaron dentro del proceso", añade el documento presentado ante la CIDH.
La medida cautelar es solicitada porque consideran que se les vulneraron los derechos al debido proceso, presunción de inocencia, educación y trabajo, también a las garantías judiciales, entre otros.
El día 5 de marzo del 2025, los médicos Alfredo Rodríguez Figueroa, Gerardo Rojas Gómez, Giovanni Cortes Montealegre, Henry Diego Fernando Ortiz Silva, Juan Fernando Abadia Silva, Marco Antonio Vergara Calero, Maria Mónica Martínez Martínez Y Ruben Dario Arciniegas Martínez, recurrieron ante la rama judicial del poder público el fallo proferido por el Juzgado cuarenta cinco penal con funciones de conocimiento de Bogotá D.C, ya que, fue contrario a derecho y desconoció las pruebas que evidencian la NO responsabilidad de los mismos, por lo que mientras el superior se pronuncie se afecta el buen nombre de los ciudadanos, ya que el Estado de Colombia se ha encargado y permitido que se saque cualquier información en medios de comunicación que afectan directamente la honra y reputación de estos ciudadanos
indica el documento.