Polémica por borrador del Ministerio de Trabajo que busca regular trabajo sexual: advierten riesgos
Blu Radio conoció en exclusiva el borrador de una resolución del Ministerio de Trabajo que busca reglamentar el trabajo sexual en Colombia.
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
El Ministerio de Trabajo prepara una resolución que pretende “garantizar los derechos fundamentales de quienes ejercen el trabajo sexual”, en cumplimiento —según la entidad— de las sentencias T-629 de 2010, T-594 de 2016, T-073 de 2017 y T-109 de 2021 de la Corte Constitucional.
El borrador establece que la norma aplicaría a una amplia gama de establecimientos: clubes, centros de entretenimiento, burdeles, casas de lenocinio y citas, whiskerías, discotecas, agencias y empresas dedicadas a la pornografía y creación de contenido, estudios webcam, plataformas de transmisión en vivo y otras tecnologías emergentes que incluyan oferta de servicios sexuales.
Sin embargo, el documento fue cuestionado por Mauricio Rubiano, vocero de la Federación Nacional de Estudios de Creación de Contenido para Adultos (Fenalweb), quien aseguró que la iniciativa contiene errores jurídicos de fondo que podrían contradecir la Constitución, el Código Penal y convenios internacionales sobre derechos de las mujeres.
Rubiano señaló que el primer error del Ministerio es pretender extender los efectos de sentencias judiciales que solo aplican entre las partes involucradas (interpartes) a toda la población, “bajo una interpretación equivocada de generalidad”.
El segundo error —dijo— es intentar regular por resolución un derecho constitucional como el trabajo, una función que solo puede ejercer el Congreso de la República. Y el tercero, asignar a los inspectores de trabajo responsabilidades que no están previstas en el Convenio 81 de la OIT, lo que podría inducirlos al error y poner al país en contradicción con tratados internacionales como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención de Belém do Pará.
Además, el representante de Fenalweb insistió en que el borrador confunde dos realidades distintas: el trabajo sexual presencial —que la Corte Constitucional reconoce como una actividad que requiere protección y prevención por la vulnerabilidad de quienes la ejercen— y el trabajo sexual en virtualidad, propio de los creadores de contenido para adultos en plataformas digitales.
De las cuatro sentencias citadas por el Ministerio, solo una se refiere al ámbito virtual y no tiene aplicación general, sino orientaciones específicas para el Congreso y el Ministerio de Trabajo. “Imponer un contrato laboral a una trabajadora sexual de calle sería, en la práctica, legalizar el proxenetismo; y exigirlo a las creadoras de contenido vulneraría la libertad de empresa y la autonomía económica”, advirtió Rubiano.
Publicidad
Consultado por Blu Radio, el Ministerio de Trabajo confirmó que no existe aún una resolución aprobada ni un borrador definitivo. Aclaró que desde 2024 funciona una mesa nacional interinstitucional con más de 20 entidades públicas, que trabaja en el diseño de instrumentos normativos para cumplir las órdenes de la Corte Constitucional. “El proceso sigue en etapa de construcción y discusión, sin ninguna propuesta final ni adoptada”, señaló la entidad.
El debate deja abiertas varias preguntas sobre el alcance de la política laboral y los límites del Ejecutivo: ¿cómo garantizar derechos sin invadir competencias legislativas ni legalizar indirectamente actividades penales? Mientras tanto, gremios como Fenalweb piden que cualquier regulación distinga claramente entre el trabajo sexual presencial y el virtual, y que las decisiones se adopten con base en evidencia y concertación real con los sectores involucrados.