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Se cae el nombramiento de Alberto Carrasquilla en junta directiva del Banco de la República

Según el Consejo de Estado, que tomó esta decisión, no se cumplió el artículo 4 de la Ley 581 de 2000, conocido como ley de cuota de género.

Alberto Carrasquilla
Alberto Carrasquilla
Foto: Presidencia

El Consejo de Estado anuló el nombramiento del exministro de Hacienda Alberto Carrasquilla como miembro de la junta directiva del Banco de la República por la ley de cuota de género.

“La Sala encontró acreditado que tal nombramiento desconoció el artículo 4 de la Ley 581 de 2000, que establece la participación adecuada de la mujer en los máximos niveles decisorios en un mínimo del 30 % (cuota de género), además de otros postulados de rango convencional y constitucional que protegen el derecho a la igualdad”, señaló el Consejo de Estado en un comunicado.

Y es que el Consejo de Estado consideró que al ser cinco los miembros de dedicación exclusiva, la cuota de género del 30 % se cumplía con dos mujeres, por lo que con la renuncia de Carolina Soto se debía nombrar a otra mujer.

“Para proveer la falta absoluta ocasionada con la renuncia de Carolina Soto se debió nombrar una mujer, lo que no ocurrió, por el contrario, esos miembros quedaron integrados por cuatro hombres y una sola representante del género femenino”, agregó.

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“Para proveer la falta absoluta ocasionada con la renuncia de Carolina Soto se debió nombrar una mujer, lo que no ocurrió, por el contrario, esos miembros quedaron integrados por cuatro hombres y una sola representante del género femenino”, agregó.

El Consejo de Estado también advirtió que contra los resuelto no procede ningún recurso.

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La Presidencia, a mediados de octubre, había solicitado desestimar la demanda que argumentaba la violación de ley de cuotas, señalando que, por Constitución, solo se le permite al Jefe de Estado de turno nombrar a dos integrantes de la junta directiva, por lo que la ley de cuotas no aplicaba a este organismo.

"La designación de los siete integrantes de la junta directiva del Banco de la República depende no de una sola persona o entidad, sino que obedece a la voluntad del presidente de la República, y de la junta directiva del Banco de la República que elige al gerente general como miembro. Se cumple lo previsto por la Corte en el sentido de que no es posible saber cuál es la autoridad que debe cumplir con la cuota. La Ley 581 de 2000 (Ley de Cuotas) es inaplicable", indicó la Presidencia.

El nombramiento de Carrasquilla en el Banco de la República se hizo en el Gobierno de Iván Duque, tras la renuncia del Ministerio de Hacienda.

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