La Corte Suprema de Justicia emitió un fallo a favor del Club El Nogal, revirtiendo una decisión previa del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá que había responsabilizado al club por el atentado terrorista del siete de febrero de 2003.En cumplimiento con una sentencia del año 2024 de la Corte Constitucional, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia falló el pasado 16 de julio, exonerando al Club El Nogal de cualquier responsabilidad en el ataque que resultó en numerosas víctimas.El fallo inicial del Tribunal Superior había condenado al club a pagar una considerable indemnización a la familia de una de las víctimas, argumentando que el club no había garantizado adecuadamente la seguridad de sus visitantes, considerando la violencia que azotaba la ciudad en ese tiempo.El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá había dictaminado que el Club El Nogal debía prever y mitigar los riesgos asociados a los eventos violentos frecuentes de la época, responsabilizándolo por no haber proporcionado suficiente seguridad. Sin embargo, la Corte Constitucional criticó este fallo, señalando que el Tribunal Superior había ignorado precedentes judiciales y carecía de argumentación suficiente en su interpretación de las normas sobre responsabilidad extracontractual.¿Qué decidió la Corte en este caso?La Sala Civil de la Corte Suprema, al acatar la orden de la Corte Constitucional, corrigió lo que consideró un error judicial del Tribunal Superior. En su decisión del 16 de julio, la Corte Suprema adoptó los argumentos de la Corte Constitucional, reemplazando el fallo anterior y ratificando la decisión del juzgado sexto civil del circuito, que había exonerado al club en primera instancia.La Corte Suprema concluyó que el atentado al Club El Nogal constituyó un evento imprevisible e irresistible, y que tanto el Estado como las extintas Farc tienen deberes generales hacia las víctimas del atentado. Además, determinó que no se puede exigir al club un estándar de responsabilidad mayor que el del propio Estado, dado que su obligación de seguridad es de medio y no de resultado.
En 2003, el Club El Nogal sufrió un atentado terrorista con un carro bomba de las Farc que dejó 33 personas fallecidas y 198 heridas. Ocurrió en la noche del 7 de febrero y, 21 años después, la Corte Constitucional emitió un decisivo fallo sobre los responsables de este hecho, uno de los más graves registrados en el país.“La Corte Constitucional, al dejar sin efecto la sentencia de la Sala de Casación de la Corte Suprema y a la vez del Tribunal Superior de Bogotá, que había declarado la responsabilidad patrimonial del club El Nogal, lo que hace en últimas es decir que el club no es responsable civilmente de los daños ocasionados por el atentado del carro bomba en esta fecha de febrero de 2003”, explicó Mauricio González, apoderado del Club El Nogal.Pero, ¿qué significa esta decisión en términos sencillos?Así, el Club El Nogal no es responsable por el atentado de las Farc. En diálogo con Mañanas Blu, con Néstor Morales, González indicó que, de acuerdo con comunicado, la Corte Constitucional ha dicho “que en aquellas decisiones judiciales que responsabilizaron al Club Nogal había incurrido en una serie de situaciones de defectos fácticos o sustantivos”, que “más o menos se puede resumir en que el club tomó medidas diligentes para proteger a sus socios invitados, trabajadores”. Por ende, no se le podía exigir “un estándar de protección o de seguridad hacia ellos comparable, por ejemplo, con el que se le exige al Estado”.En ese sentido, se refirió a la situación, que calificó como “paradójica”, de que se le haya considerado al Nogal responsable y no, como ya se sentenció, una víctima del terrible atentado.“El club El Nogal fue víctima, fue el blanco contra el cual se dirigió el atentado, evidentemente, y no dejaba de ser paradójico que la víctima se convirtiera en responsable en solidaridad o en responsabilidad de tipo solidario con el victimario. Eso es lo primero. En segundo lugar, quiero expresarle un sentimiento de respeto, de solidaridad con todos los familiares de las víctimas que murieron o que sufrieron lesiones ese día del atentado. Esto este ejercicio profesional se ha hecho con el mayor respeto, justamente por aquellos familiares que hayan o no demandado al club Nogal”, recalcó el abogado González.Vea la entrevista completa en Mañanas Blu, con Néstor Morales:
Una importante decisión tomó la Sala Plena de la Corte Constitucional en relación con la responsabilidad civil atribuida al Club El Nogal por el carro bomba de las Farc contra sus instalaciones en 2003.El atentado, ocurrido en la noche del 7 de febrero de ese año, dejó 33 personas fallecidas y 198 heridos, según un informe de la Comisión de la Verdad.De acuerdo con el fallo de la Corte Constitucional, las dos sentencias proferidas, una por el Tribunal Superior de Bogotá (en 2014) y otra por la Corte Suprema de Justicia (en 2020), tienen defectos “fácticos y sustantivos” por desconocimiento de una parte de los hechos ocurridos hace 21 años.A lo que se refiere el alto tribunal es que los magistrados no realizaron una lectura adecuada de los estatutos corporativos del Club El Nogal, porque siendo esta una entidad privada no tenía responsabilidad alguna en la protección de la vida de sus trabajadores o de sus socios.“En este caso particular, no era posible determinar una obligación de resultado del deber de protección establecido en cabeza del Gerente del Club”, indicó el tribunal en el fallo dado a conocer este martes, 13 de febrero.Añade el alto tribunal que la Corte Suprema de Justicia interpretó de manera inadecuada el artículo 2344 del Código Civil sobre el alcance de la “responsabilidad solidaria” entre el Club El Nogal como un particular y las antiguas Farc cuyos exjefes ya asumieron su responsabilidad sobre el atentado ante la Justicia Especial de paz (JEP).Le puede interesar:
La Sala de Reconocimiento de la JEP citó a Rodrigo Londoño, conocido como Timochenko, al senador Carlos Lozada y a Joaquín Gómez, quienes hicieron parte del último secretariado de las extintas Farc, a rendir versión por el atentado al club El Nogal, cometido en Bogotá el 7 de febrero de 2003.Este atentado dejó un saldo de 36 personas muertas y 198 heridas, junto al antiguo secretariado, otros seis exguerrilleros deberán comparecer ante la JEP. Las diligencias se realizarán los días 12 y 13 de agosto a las 8 a.m. en las instalaciones de la JEP, en Bogotá.La sala empieza su investigación con este crimen ocurrido en la capital, considerando el centro de despliegue estratégico que“Las extintas Farc-EP estructuraron en torno a Bogotá, con la intención de tomarse la ciudad. Las investigaciones apuntan a que había aproximadamente 15 frentes y columnas móviles con ese propósito, operando en los departamentos aledaños a la ciudad (Cundinamarca, Meta y Huila)”, explicó la JEP.Según la información recopilada por la justicia hasta este momento, este atentado fue cometido por la columna Teófilo Forero y el Secretariado, de ese momento, habría tenido conocimiento de las operaciones requeridas para cometerlo."Este ataque es un grave atentado contra la humanidad. Se puso una bomba en un club social sitio lleno de personas que no participaban en el conflicto armado. No existe justificación alguna para atacar civiles y perpetrar un atentado que dejó 36 muertos, 198 lesionados, incalculables daños materiales y una marca trágica en la memoria nacional. Las víctimas acreditadas a la JEP por este hecho también están citadas para intervenir durante la audiencia" señala la JEP.
Para el abogado Jairo Herrera resulta ser “un verdadero escándalo jurídico” el fallo del Consejo de Estado con el que se confirmó, a partir de las pruebas del caso, que el Estado colombiano no tiene ninguna responsabilidad en la demanda que había sido interpuesta en su contra por las varias víctimas del atentado terrorista al Club El Nogal.Sobre el fallo, que estableció que no está demostrado que las autoridades públicas, es decir, el Estado, hubiera creado un riesgo excepcional y el daño le sea imputable por no controlarlo, el abogado Herrera manifestó que es “desconcertante”, pues, según dijo, varias reuniones de funcionarios se realizaron en El Nogal, lo que implicaba un riesgo para las personas que asistían allí y desconocían las amenazas.“Eso significaba poner en un riesgo un club que es para recreo, descanso, piscina o cenar porque el ministro tenía su despacho, pero, como él era socio del Club El Nogal, trasladó su despacho a reuniones de Estado en el club, mientras que todos los asistentes ignoraban lo que estaba pasando. Esto está probado en el proceso”, indicó.El exministro al que se refiere Herrera es Fernando Londoño, entonces cabeza del Interior, quien, según aseguró, organizó varias reuniones con Germán Vargas Lleras, Armando Benedetti, Nancy Patricia Gutiérrez y otros, en el Club El Nogal.“El tema del riesgo excepcional de verdad que es desconcertante y eso riñe con cualquier razonabilidad judicial. Yo acredité dentro del proceso, con un oficio fechado 30 de enero del 2006 dirigido al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 142 reuniones que organizó el entonces ministro Londoño, que era nuestro ministro del Interior, con personas con las que yo estoy seguro no se iría a tomar un simple café como el doctor Edgardo Maya Villazón, Luis Camilo Osorio, Antonio Navarro Wolf, Armando Benedetti y Germán Vargas Lleras, Hernán Andrade, Nancy Patricia Gutiérrez y aquí me puedo quedar Rafael Pardo y otros”, precisó.El abogado Herrera también habló de la entonces ministra de Defensa, quien, ante una amenaza de la Farc, “se trasladó en tres oportunidades de fines de semana a ocupar una habitación” cuando “debía ir a una guarnición militar y no generar un riesgo de estos”.
La Sección Tercera del Consejo de Estado confirmó que el Estado colombiano no tiene ninguna responsabilidad en la demanda que había sido interpuesta en su contra por varias víctimas del atentado terrorista al Club El Nogal, perpetrado el 7 de febrero de 2003 por la guerrilla de las Farc.El alto tribunal dictó la sentencia de reemplazo el 5 de diciembre de este año, absolviendo de responsabilidad al Ministerio de Defensa, a la Policía, al Ministerio del Interior, la Fiscalía y el DAS, al considerar que “ninguna de estas entidades públicas tuvieron incidencia causal en la producción del daño”.Hay que recordar que la Corte Constitucional en sentencia 353 de 2020, dejó sin efectos la sentencia del Consejo de Estado que inicialmente había condenado al Estado, pero en virtud de una acción de tutela se logró dejar si efectos.La Defensa Jurídica del Estado explicó que esta decisión se dio luego de “evidenciarse que desconoció el precedente judicial fijado por la Sala Plena de la Sección Tercera del Consejo de Estado frente a casos de responsabilidad estatal por actos violentos perpetrados por terceros”.El Consejo de Estado en el nuevo fallo precisó que “no puede condenarse al Estado por su sola existencia”, determinando que ninguna entidad pública demandada tuvo participación de los hechos ni por acción ni por omisión.Escuche el podcast Emprender, fallar y triunfar:
La Fiscalía acusará formalmente por el delito de homicidio culposo, al exgerente del Club El Nogal, Luis Fernando González Vargas y a los ingenieros de mantenimiento del club de esa época, Ricardo Andrés Muñoz Rojas y Juan Casadiego Sepúlveda.Este trágico suceso ocurrió el 26 de agosto de 2014, cuando el empresario mexicano Luis Hernando Campos Yannelli estaba de visita en Bogotá y se hospedó en las habitaciones del Club El Nogal; según la autopsia realizada por medicina legal , la causa de su muerte fue una intoxicación por inhalación de monóxido de carbono, aparentemente relacionada con una fuga de gas que se representó en el club. Como resultado de la muerte del señor yanelli, se estableció la responsabilidad del Club El Nogal a un proceso judicial que lleva más de 8 años.Este episodio empezó el 25 de agosto de 2014, cuando el empresario Mexicano Luis Hernando Campos Yannelli llegó a Colombia en plan de negocios, junto con otro socio, hospedándose en el club el Nogal, pero al día siguiente de su ingreso, Yanelli tuvo problemas digestivos siendo internado en la Clínica del Country de Bogotá por urgencias, donde luego de dejarlo en observación ese día, le dieron de alta con diagnóstico de posible intoxicación por atropinicos, según el documento de la Fiscalía.Regresando al hotel, el señor Luis Fernando Campos Yanelli, quien se hospedo en la habitación 23; perdió contacto a la mañana del día siguiente, como no atendió ni las llamadas telefónicas de su familia desde México, ni las de su compañero, como tampoco la del personal del hotel, ante lo cual deciden abrir la habitación y lo encuentran tendido sobre la cama sin signos vitales.Según el documento de la Fiscalía, de acuerdo con el dictamen de medicina legal, se reportó en la sangre la presencia de carboxihemoglobina en una concentración de 60%, esta concentración se considera alta y se puede generar por producción de monóxido de carbono.Según la Fiscalía, el Club El Nogal no llevó a cabo labores de mantenimiento preventivo y correctivo en las calderas de la corporación entre el 25 y 27 de agosto de 2014, período coincidente con el fallecimiento de Campos Yanelli. Como consecuencia, la Fiscalía presentará cargos por homicidio culposo contra el exgerente del Club, Luis Fernando González Vargas, así como contra los ingenieros de mantenimiento de ese período, Ricardo Andrés Muñoz Rojas y Juan Casadiego Sepúlveda. Se sostiene que esta presunta negligencia desencadenó la trágica muerte del empresario mexicano.La gravedad de la acusación de la Fiscalía, radica en que la junta directiva del club estaba al tanto de las irregularidades, reconociendo la necesidad de reparar ciertos daños, pero no actuaron. Durante el incidente, un conducto de la lavandería bloqueó la salida de gases de una chimenea en el Club El Nogal, resultando en la acumulación de gases que penetraron la habitación del empresario mexicano, ocasionando, según la Fiscalía, su fallecimiento. Se argumenta que la omisión de la reparación se debió al elevado costo económico y a la prolongada duración de 20 a 30 días, implicando el cierre del club.La Fiscalía y un abogado no se presentaron a la audiencia de acusación contra el exgerente del club El Nogal y de los ingenieros de mantenimiento del club de esa época. La próxima diligencia será el 5 de diciembre a las 8:00a.m.Por esa insistencia, la fiscalía y la defensa de uno de los acusados, Juan Casadiego Sepúlveda tienen 3 días para justificar la inasistencia a la audiencia, explicando fuerza mayor o caso fortuito. De lo contrario el despacho impondrá sanciones y compulsará copias a la Comisión de Disciplina Judicial.Le puede interesar:
La Sala de Amnistía e Indulto de la JEP ha determinado que el atentado al club El Nogal, que se registró el 7 de febrero de 2003, es un crimen de guerra en el que se presentaron violaciones al derecho internacional humanitario, es por esto que a los responsables del hecho no les concederán amnistía."No son amnistiables las conductas de dos integrantes de la Columna Móvil Teófilo Forero de las extintas FARC-EP con ocasión del atentado al club El Nogal de Bogotá. Se trata de Herminsul Arellán Barajas y Fernando Arellán Barajas, coautores de ese atentado, ocurrido en Bogotá el 7 de febrero del 2003, que dejó 36 personas muertas y 158 heridas", explicó la JEP.Lo que han determinado los magistrados es que el ataque no estaba dirigido a un objetivo militar, sino a un club social en el que se encontraban civiles que murieron o resultaron heridos como consecuencia de la detonación de un carrobomba."El lugar del atentado está situado en una zona comercial y residencial de Bogotá. Se trata de un bien civil que no tiene, ni tuvo para la fecha de los hechos, como naturaleza, finalidad o utilización, contribuir eficazmente a la acción militar y no ofreció una ventaja militar definida. Además, las personas víctimas de este ataque eran civiles que no participaban en las hostilidades y, por tanto, gozaban de protección respecto de un ataque en el marco del conflicto armado. Así, es claro que el ataque al club El Nogal desconoció gravemente el principio de distinción al afectar directamente a personas civiles protegidas y a bienes de carácter civil", explicó la Sala de Amnistía.La sala remitió el atentado al club al caso 10 de la Sala de Reconocimiento de la JEP para que empiecen las investigaciones respectivas."Los hermanos Arellán Barajas fueron condenados por la justicia ordinaria a 40 años de cárcel por los delitos de terrorismo, homicidio y tentativa de homicidio, tras comprobarse su participación en la explosión del carrobomba en las instalaciones del club El Nogal", explica la decisión.Le puede interesar:
El jueves 18 de mayo, el juez Tercero Civil Municipal de Bogotá emitió una orden de embargo de las cuentas del Club El Nogal debido a la muerte del ciudadano mexicano Luis Fernando Campos Yannelli, quien falleció por intoxicación por monóxido de carbono después de que se filtraran gases del ducto de la caldera.Los hechos tuvieron lugar el 26 de agosto de 2014, cuando Campos Yannelli se encontraba de visita en Bogotá y se alojaba en las habitaciones del exclusivo Club El Nogal. Fue en una de estas habitaciones donde falleció repentinamente. La autopsia realizada por Medicina Legal determinó que la causa de su muerte fue una intoxicación por monóxido de carbono, aparentemente relacionada con una fuga de gas. Como resultado, se estableció la responsabilidad del club en el fallecimiento del ciudadano extranjero.La familia de Campos Yannelli presentó una demanda contra el Club El Nogal, un litigio que ha durado casi 10 años. El club ha respondido a la decisión del juez que ordenó el embargo de sus cuentas."Tras conocer la decisión de segunda instancia del Juez 28 Civil del Circuito de Bogotá, el Club El Nogal manifiesta, siempre respetuoso de las decisiones judiciales, que acata la sentencia y manifiesta que no entrará en análisis público sobre la misma, por ser un tema sensible y delicado, frente al que debe guardarse respeto, tanto por la víctima como por sus familiares. Así mismo, informa que dicha decisión en nada afectará la normal operación de las diversas actividades de la corporación que se continuarán prestando normalmente", se lee en el comunicado conocido en primicia por Blu Radio.Además, fuentes cercanas a Blu Radio han confirmado que el Club El Nogal ya ha realizado el pago de noventa millones de pesos ($90,000,000) a través de una consignación judicial realizada el pasado lunes.Le puede interesar: Los niños están en algún punto de la selva; hay información que están bien: directora del ICBF
Este jueves, 18 de mayo, el juez Tercero Civil Municipal de Bogotá ordenó que las cuentas del Club El Nogal sean embargadas por la muerte del ciudadano mexicano Luis Fernando Campos Yannelli, quien falleció por intoxicación por monóxido de carbono luego de que se filtraran gases del ducto de la caldera.Los hechos ocurrieron el 26 de agosto de 2014, cuando Luis Fernando Campos Yannelli estaba de visita en Bogotá, hospedado en las habitaciones del Club El Nogal. Él murió súbitamente en una de las habitaciones del exclusivo lugar. Medicina Legal estableció que la causa del deceso fue por una intoxicación por monóxido de carbono, al parecer, asociada a una fuga de gas. Por esta razón, la justicia determinó la responsabilidad por el fallecimiento del extranjero.La familia del mexicano demandó al Club El Nogal, en un litigio que lleva casi 10 años. El club respondió al fallo del juez, quien ordenó embargar sus cuentas.“Tras conocerse la decisión de segunda instancia del Juez 28 Civil del Circuito de Bogotá, el Club El Nogal manifiesta, siempre respetuoso de las decisiones judiciales, que acata la sentencia y manifiesta que no entrará en análisis público sobre la misma, por ser un tema sensible y delicado, frente al que debe guardarse respeto, tanto por la víctima como por sus familiares. Así mismo, informa que dicha decisión en nada afectará la normal operación de las diversas actividades de la corporación que se continuarán prestando normalmente”, se lee en el comunicado conocido en primicia por Blu Radio.Por otro lado, fuentes cercanas a Blu Radio confirman que el Club El Nogal ya pagó los noventa millones ($90.000.000) y la hizo la corporación mediante una consignación judicial el pasado lunes.Le puede interesar: Los niños están en algún punto de la selva; hay información que están bien: directora del ICBF
Consulte el resultado del chance Antioqueñita Día, sorteo que juega de lunes a domingo a las 11:00 de la mañana.El número ganador del último sorteo del Antioqueñita Día de este jueves, 19 de septiembre, es el: (en minutos), según publicaron en sus redes sociales.Tres últimas cifras: Tres primeras cifras: Cuatro cifras: Conozca todos los resultados de los sorteos anteriores de Antioqueñita Día.Nota: La publicación de los resultados es meramente informativa. En caso de existir algún error, discrepancia o controversia, los resultados válidos serán solamente los que se encuentren consignados en el acta que haya sido firmada por los delegados y autoridades presentes durante los sorteos.
Sindicato de maestros en Medellín asegura que, durante el año, han recibido al menos 12 denuncias de profesores agredidos o amenazados en instituciones educativas.Existe preocupación en el gremio docente de la ciudad de Medellín por estas situaciones de violencia a las que aseguran se ven expuestos permanente en el ejercicio de su labor en las diferentes instituciones educativas de la ciudad.El panorama, según Kerton Palacios, secretario de Salud y Bienestar de la Asociación Sindical de Maestros de Medellín, no es nada alentador si se tiene en cuenta que solo durante 2024 esa agremiación ya ha recibido el reporte de al menos 12 casos de agresión o amenazas en el contexto de sus labores.A propósito de esta realidad y del más reciente caso ocurrido en un colegio del noroccidente, donde un menor de 13 años agredió con un objeto cortopunzante a un profesor de física en medio de circunstancias aún por establecer, este jueves se movilizarán para exigir mayores garantías para el ejercicio de su profesión.Además de sumarse a las 24 horas de cese de actividades propuestas por el sindicato Adida, desde Asdem convocaron a un plantón en las instalaciones de la Secretaría de Educación Distrital.“En los últimos meses venimos ascendiendo muchas situaciones de amenaza hacia los docentes y creemos que en muchos casos la directivas de la institución y la Secretaría de Educación, aunque han estado al frente de la situación, no han hecho el proceso debido”, afirmó.Palacio destacó que, a través de diferentes espacios de diálogo, buscan alternativas para lograr espacios más seguros y de respeto para todos los miembros de las diferentes comunidades educativas, pero que las amenazas incluso provienen en muchas ocasiones de grupos delincuenciales.“No es posible que de manera sistemática se vienen presentando situaciones de violencia al interior de las acciones a veces por actores externos que tienen que ver con con los grupos en en las comunas otras veces encontramos que son situaciones de los mismos estudiantes”, agregó.Sobre el reciente caso de agresión ocurrido en la Institución Educativa Diego Echavarría Misas, desde el sindicato de maestros aseguraron que vienen acompañando al docente afectado, quien se recupera de sus lesiones inicialmente atendidas en el Hospital Pablo Tobón Uribe.
Revise el resultado del Dorado Mañana, un sorteo que se realiza de lunes a sábado a las 11:00 de la mañana. Este popular chance ofrece oportunidades diarias para ganar.El número ganador del último sorteo, jugado este jueves, 19 de septiembre es el (en minutos), según publicó el sorteo en sus redes socialesTres últimas cifras: Tres primeras cifras: Cuatro cifras: Para consultar los resultados anteriores del chance, haga clic en aquí.Horario para jugar el Dorado MañanaEl sorteo juega de lunes a sábado, siempre puntual a las 11:00 de la mañana. La popularidad del chance radica no solo en la posibilidad de obtener ganancias significativas, sino también en la anticipación y emoción que genera entre sus seguidores.Este juego ha establecido un estándar de entretenimiento, proporcionando a los participantes la oportunidad de convertir sus mañanas en momentos inolvidables.Estadísticas del Dorado MañanaNúmero recomendado que más sale en cada posición: 7428Números más demorados en salir: 6397Cómo reclamar el chanceSer mayor de edad.Presentar tiquete original debidamente diligenciado con todos los campos requeridos en la parte posterior.Presentar fotocopia de la cédula de ciudadanía (único documento autorizado) del ganador que está reclamando el premio.Nota: La publicación de los resultados es meramente informativa. En caso de existir algún error, discrepancia o controversia, los resultados válidos serán solamente los que se encuentren consignados en el acta que haya sido firmada por los delegados y autoridades presentes durante los sorteos.
El Vaticano reconoció este jueves oficialmente como lugar de culto el santuario mariano de Medjugorje, en el sur de Bosnia-Herzegovina, por "los abundantes frutos espirituales" producidos, pero sin pronunciarse sobre las apariciones de la Virgen que seis videntes dicen haber presenciado allí desde 1981.Las nuevas reglas aprobadas por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe suponen el primer reconocimiento oficial de Medjugorje como un lugar de culto y de peregrinaciones por sus aspectos positivos y de hecho legitima la veneración de la "Reina de la paz" por primera vez.Estas normas fueron aprobadas por Francisco el 28 de agosto, después de varios informes y tras las dudas sobre las apariciones expresadas en el pasado por el pontífice argentino.El Vaticano, aunque valorando muy positivamente la experiencia espiritual de las personas que van al llamado santuario de la 'Reina de la Paz' de Medjugorje, explica que a los fieles "se les debe orientar fuertemente a aceptar que las peregrinaciones no se hacen para encontrarse con supuestos videntes, sino para tener un encuentro con María".También especifica que "si bien, en el conjunto de los mensajes relacionados con esta experiencia espiritual encontramos muchos elementos positivos que ayudan a acoger la llamada del Evangelio, ciertos mensajes (que llegan a través de las supuestas apariciones) presentarían contradicciones o estarían relacionados con los deseos o intereses de los presuntos videntes o de otras personas"."No se puede de excluir que esto pueda haber sucedido en el caso de algunos mensajes (...) que a veces aparecen relacionados con experiencias humanas confusas, expresiones teológicamente imprecisas o intereses no del todo legítimos", se recuerda.En el documento firmado por el prefecto de la Doctrina de la Fe, el cardenal argentino Víctor Manuel Fernández, se explica que en los lugares relacionados con el fenómeno de Medjugorje, que son visitados por peregrinos de todo el mundo, "los frutos positivos se revelan sobre todo como la promoción de una sana práctica de la vida de fe” y "hay abundantes conversiones” de personas que "han descubierto o redescubierto la fe".Esta parroquia del pequeño pueblo de Herzegovina, gestionada por los Franciscanos, "es un lugar de adoración, oración, seminarios, retiros espirituales, encuentros de jóvenes y “parece que la gente va a Medjugorje sobre todo para renovar su fe más que por peticiones concretas precisas”."También han surgido obras de caridad para atender a huérfanos, drogadictos y discapacitados, y también hay grupos de cristianos ortodoxos y musulmanes".Aunque sobre los mensajes que llegan de los videntes, en la segunda parte del documento se subraya cómo algunos "se desvían de los contenidos enumerados hasta ahora" y por ello, “para evitar que este tesoro de Medjugorje se vea comprometido, es necesario aclarar algunas posibles confusiones que pueden llevar a grupos minoritarios a distorsionar la preciosa propuesta de esta experiencia espiritual”.Como ejemplo de esas "confusiones" menciona que "en algunos casos, la Virgen parece mostrar cierta irritación porque no se han seguido algunas de sus indicaciones; así, advierte de signos amenazadores y de la posibilidad de que dejen de aparecer".Son seis los videntes, niños o adolescentes de la época, que siguen asegurando que todavía tienen apariciones de la Virgen en este lugar que recibe cerca de un millón de fieles al año y donde se han construidos residencias y hoteles para los peregrinos e incluso una salida especial de la autopista para que puedan acceder a los lugares de las apariciones.
El conocido influencer fitness chino Liu Can murió a los 27 años en circunstancias trágicas y aún confusas. Liu, quien gozaba de una notable popularidad en redes sociales con más de 100 mil seguidores, perdió la vida mientras grababa contenido para sus plataformas en una zona restringida de China.¿Quién era Liu Can?Liu Can, conocido por sus videos motivacionales sobre estilos de vida saludable y rutinas de ejercicio en gimnasio y natación, había abierto recientemente dos centros fitness en su provincia natal. Sin embargo, su vida terminó apenas unos días después de la inauguración de estos establecimientos.La última vez que se tuvo noticia de Liu Can fue en una zona prohibida para turistas en la región de Chongqing. A pesar de las claras indicaciones de acceso restringido, Liu desobedeció las reglas y se dedicó a generar contenido en esta área. Desafortunadamente, el influencer fue encontrado ahogado tres días después de ingresar al lugar vetado. Las autoridades locales confirmaron que el área del distrito de Nanchuan, en la municipalidad de Chongqing, no era accesible al público y que los turistas tenían prohibido ingresar allí.Se presume que Liu Can sufrió un accidente en el resbaloso terreno rodeado de cascadas, lo que pudo haber causado su caída en un río, donde finalmente fue arrastrado. La policía local está investigando las circunstancias exactas del accidente.El trágico suceso fue dado a conocer por el tío de Liu Can a través de Douyin y Xiao Hong Shu. “Estamos muy tristes de compartir que Liu Can (mi sobrino) falleció ahogado luego de un accidente y tenía 27 años”, escribió el familiar.Además, causó sorpresa y consternación la última publicación en redes sociales de Liu Can, que mostraba una escena de él parado en una piscina con las palabras “El fin” al final del clip, lo que ha llevado a especulaciones sobre si esta publicación estaba relacionada con su trágico destino.