Corte Suprema rechazó denuncia contra congresistas por archivo de la reforma laboral
La Sala de Instrucción rechazó una denuncia contra 15 congresistas, entre ellos, el presidente del Senado, Efraín Cepeda, Miguel Ángel Pinto y Nadia Blel por el archivo de la reforma laboral.
Los denunciantes les atribuían supuestos delitos relacionados con el archivo de las reformas laboral y a la salud,como prevaricato por omisión, concierto para delinquir, concusión, cohecho y menoscabo a la integridad nacional, sin embargo la Corte consideró que la denuncia no cumple con los requisitos mínimos para activar una acción penal y que no se encontraron irregularidades en el ejercicio legislativo.
Las denuncias señalaban que los parlamentarios habrían presuntamente actuado concertadamente para archivar los proyectos sin previo debate, supuestamente a cambio de beneficios económicos ofrecidos por grupos empresariales, además de promover mensajes en redes sociales y medios internacionales que, según los denunciantes, atentaban contra la estabilidad institucional del país.
Sin embargo, tras un análisis jurídico, la Corte concluyó que los hechos narrados no revestían carácter delictivo y carecían de fundamentos fácticos y probatorios.
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Foto: AFP
En su decisión, la Sala recordó que los congresistas gozan de inviolabilidad parlamentaria, una garantía constitucional que los protege por los votos y opiniones emitidos en el ejercicio de sus funciones.
La Corte resaltó que la votación para archivar el proyecto de ley 311/24 –que proponía una reforma laboral– fue una expresión legítima del ejercicio legislativo.
Asimismo, enfatizó que no hay evidencia de que dicha actuación haya sido motivada por intereses indebidos o recompensas ilícitas.
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Sobre el señalamiento contra el senador Cepeda Saravia, quien en medios estadounidenses criticó al presidente Gustavo Petro, la Corte concluyó que se trató de una opinión política amparada por la libertad de expresión.
“Pretender judicializar tales manifestaciones atentaría contra el principio democrático y la libertad del debate público”, señaló la Corte.
El fallo es claro en señalar no se ordenarán prácticas de verificación o abrirá indagación preliminar contra los congresistas.