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Piden al CNE revocar inscripción de dos representantes electos por las curules afro en Cámara

La denuncia sostiene que ambos habrían intervenido en la celebración o modificación de contratos durante el periodo en el que la Constitución prohíbe a un aspirante al Congreso suscribir este tipo de acuerdos con entidades públicas. Por esa razón, fueron radicadas ante el CNE solicitudes para revocar sus inscripciones.

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Congreso Colombia
Foto: AFP

A tres días de la instalación del nuevo Congreso, el Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá decidir sobre las solicitudes de revocatoria de la inscripción de dos integrantes de la lista del movimiento Libres, avalada por el Consejo Comunitario El Naranjo, que obtuvo las dos curules de la Circunscripción Especial Afro para el periodo 2026-2030.

Las solicitudes fueron presentadas contra Anyela Viviana Guanga Marquínez, quien figura como representante electa, y José Francisco Ibalde Ibarra, también integrante de la lista, por una presunta inhabilidad derivada de la celebración de contratos con entidades públicas dentro de los seis meses previos a la elección.

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Congreso de la República.
Foto: Unal.

La denuncia sostiene que ambos habrían intervenido en la celebración o modificación de contratos durante el periodo en el que la Constitución prohíbe a un aspirante al Congreso suscribir este tipo de acuerdos con entidades públicas. Por esa razón, fueron radicadas ante el CNE solicitudes para revocar sus inscripciones.

En el caso de Anyela Viviana Guanga Marquínez, las pruebas señalan que suscribió un contrato con la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. el 29 de septiembre de 2025, para prestar servicios de apoyo a la gestión administrativa y asistencial en el área de Gestión del Riesgo en Salud.

El contrato inició el 30 de septiembre y, tras varias adiciones, registró ejecución hasta el 15 de enero de 2026.

Respecto de José Francisco Ibalde Ibarra, la denuncia no cuestiona el contrato inicial firmado con el Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal el 21 de marzo de 2025, sino una prórroga y adición suscrita el 24 de septiembre de 2025, mediante la cual se ampliaron su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.

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