El Consejo de Estado suspendió de manera provisional la Resolución 244 de 2023, mediante la cual el Gobierno nacional designó al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso como gestor de paz.En su decisión, el alto tribunal aclaró que el presidente de la República sí tiene la facultad de nombrar gestores de paz; sin embargo, esa competencia no es ilimitada y debe ejercerse dentro de los parámetros establecidos por la Constitución y la ley.La corporación señaló que la mencionada resolución no definió con claridad los alcances de la designación en aspectos como los límites temporales, funcionales y territoriales de la labor que debía desempeñar Mancuso como gestor de paz, al indicar únicamente que actuaría en todo el territorio nacional.Según el Consejo de Estado, esta falta de delimitación podría afectar los derechos de las víctimas a la justicia, la verdad, la reparación y las garantías de no repetición, al otorgar beneficios sin precisar las obligaciones concretas que debía cumplir el designado.Por esa razón, el tribunal concluyó que, de manera preliminar, la resolución podría contrariar el artículo 229 de la Constitución y los artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que garantizan el acceso a la justicia y la protección judicial efectiva.La suspensión tiene carácter provisional y estará vigente mientras el Consejo de Estado decide de fondo sobre la legalidad del nombramiento de Salvatore Mancuso como gestor de paz.
A pocos días del cambio de gobierno, los presidentes de las tres altas cortes coincidieron en entrevista con Sala de Prensa Blu, que la independencia judicial seguirá siendo uno de los pilares del Estado colombiano.La presidenta de la Corte Constitucional, Paola Meneses, afirmó que el papel de la justicia trasciende los gobiernos de turno y recordó que la función de las cortes es proteger el orden constitucional.“La democracia ha hablado. El doctor Abelardo De La Espriella fue elegido por la mayoría de los colombianos. La justicia siempre tiene que estar actuando para que se garantice la separación de poderes y la independencia judicial”, dijo.Meneses enfatizó que tanto los gobiernos como los magistrados son transitorios, mientras que las instituciones permanecen.“Los gobiernos pasan, los magistrados que estamos en las altas cortes también pasamos, pero lo que siempre tiene que prevalecer es la institucionalidad, la Constitución, el imperio de la ley y las reglas que acogimos en la Constitución Política de 1991”, destacó.Por su parte, el presidente del Consejo de Estado, Alberto Montaña, reveló que el presidente electo sostuvo un contacto previo con los presidentes de las altas cortes antes de recibir oficialmente su credencial.“El mensaje que él dio fue un gesto porque para él es muy importante el respeto a la institucionalidad y, dentro de ese respeto, el respeto por los jueces”, mencionó. Montaña explicó que posteriormente se realizó una visita de carácter informal al Palacio de Justicia.Presidentes de las cortes recuerdan las tensiones con el gobierno de Gustavo PetroDurante la conversación también hubo espacio para hacer un balance de la relación entre la rama judicial y el gobierno saliente de Gustavo Petro.El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Mauricio Lenis, manifestó que espera que el próximo cuatrienio esté marcado por un diálogo institucional distinto.“La justicia va a seguir siempre cumpliendo su rol como garante sereno del orden constitucional y legal. Esperaría que con este nuevo comienzo haya un diálogo armónico institucional. Es mejor para la ciudadanía, para que el Estado funcione y para la justicia misma”, precisó.Lenis reconoció que durante el gobierno que termina esa relación estuvo marcada por tensiones. “En este gobierno una característica es que no se facilitó ese diálogo armónico, ese diálogo institucional de manera armónica. Eso fue tensionado”, afirmó.Por su parte, Alberto Montaña recordó que el Consejo de Estado debió pronunciarse públicamente en varias oportunidades para defender la independencia judicial. “Sería contraevidente decir que hubo unas relaciones armónicas por completo”, señaló.El magistrado indicó que la jurisdicción contencioso administrativa incluso acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para expresar su preocupación por algunas reacciones frente a decisiones judiciales.“Una cosa es no estar de acuerdo con una decisión y otra cosa es no cumplirla”, dijo. Asimismo, agregó que cuestionar los fallos como si constituyeran un golpe de Estado no corresponde al funcionamiento de un Estado de Derecho.“Es perfectamente normal disentir de una decisión y opinar sobre ese disenso, pero frente a una decisión decir que se está haciendo un golpe de Estado por parte de los jueces, en mi opinión, no son reacciones normales”, concluyó.Escuche la entrevista completa aquí:
El Consejo de Estado ordenó la nulidad del decreto con el que el presidente Gustavo Petro nombró a Luis Gilberto Murillo como ministro de Relaciones Exteriores el pasado 21 de mayo de 2024.El motivo de la decisión es una inhabilidad que tenía Murillo por haber sido condenado el 29 de agosto de 1997 a seis meses de prisión por el delito de peculado, en medio de hechos ocurridos cuando estuvo al frente de la corporación de Codechocó, donde, según las investigaciones, destinó fondos reservados para saneamiento ambiental a la reparación de una escuela.Aunque el dinero se usó para un fin público, la justicia determinó que fue una utilización indebida de recursos estatales y de acuerdo a la normatividad establecida en el artículo 122 de la Constitución Política, ninguna persona que haya sido condenada en cualquier momento por delitos que afecten el patrimonio del Estado puede ser designada como servidor público.En otras palabras, según la decisión del Consejo de Estado, aplicaba la inhabilidad "intemporal", lo cual genera la prohibición de por vida para ocupar cargos de este nivel.Durante el proceso, la defensa de Murillo y la Presidencia de la República argumentaron que su situación jurídica había cambiado recordando que en 2015 un juez de Quibdó había dejado sin efectos la inhabilidad y que, mediante tutelas, se habían borrado sus antecedentes en las bases de datos de la Policía.Sin embargo, el Consejo de Estado respondió que el hecho de que no aparezcan antecedentes en una página web o que un juez local haya intentado rehabilitarlo no borra la existencia de la condena penal; la Constitución siempre estará por encima.Esta decisión no obstante no tendrá efecto en el funcionamiento de la Cancillería pues Murillo no ocupa el cargo desde enero de 2025.
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente dos normas del decreto que permitían trasladar cerca de $4 billones a la UNGRD para atender la emergencia por el fenómeno de El Niño, al considerar que el Gobierno excedió sus facultades al modificar el presupuesto sin autorización del Congreso.La decisión se dio tras admitir una demanda contra dicho documento expedido tras declararse la situación de emergencia como una medida para enfrentar las afectaciones por las altas temperaturas.La decisión recae sobre el parágrafo del artículo 4 y el inciso segundo del artículo 5, que autorizaban al Ministerio de Hacienda a realizar traslados presupuestales para atender las poblaciones priorizadas y otras medidas. Es decir, que, con esta medida cautelar, esas facultades quedan temporalmente suspendidas hasta que exista una decisión definitiva sobre su legalidad.El alto tribunal encontró en un análisis preliminar que el Gobierno habría excedido sus competencias al permitir modificaciones al Presupuesto General de la Nación mediante un decreto ordinario y sin la autorización previa del Congreso.La Constitución establece que las decisiones relacionadas con la creación, modificación o traslado de partidas presupuestales deben contar, por regla general, con el aval del Legislativo, salvo que exista un estado de excepción o una habilitación legal expresa.El Consejo de Estado también concluyó que el artículo 50 de la Ley 1523 de 2012, citado por el Gobierno como fundamento jurídico, no autoriza la realización de traslados presupuestales pues la norma únicamente obliga al Ministerio de Hacienda a garantizar que el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres cuente con recursos suficientes para atender emergencias, pero no le otorga la facultad de modificar el presupuesto nacional sin seguir el procedimiento mencionado anteriormente.Otro de los argumentos que respaldó la decisión fue la urgencia de adoptar la medida cautelar pedida en la demanda. El despacho consideró que, si esperaba el trámite ordinario del proceso, existía el riesgo de que los recursos fueran trasladados y comprometidos mediante mecanismos de contratación especial antes de que se pudiera tomar una decisión judicial y luego no se pudieran revertir.El resto de las medidas adoptadas por el Gobierno para atender la emergencia continúa vigente mientras avanza el proceso judicial y se estudia el fondo de la controversia.Tras la admisión de la demanda, las entidades del Gobierno serán notificadas y tendrán la oportunidad de presentar sus argumentos para defender la legalidad del decreto. Posteriormente, la corporación analizará las pruebas y los planteamientos de las partes antes de emitir una sentencia definitiva que determine si las normas demandadas se ajustan o no a la Constitución y a la legislación presupuestal colombiana.
El presidente del Consejo de Estado, Alberto Montaña Plata, quien está en Barranquilla participando como conferencista en el Segundo Encuentro Nacional de Contralores, recordó que la decisión que revocó el auto que suspendía provisionalmente el alza del salario mínimo en un 23,7 %, y que fue notificada hoy, obedece a una actuación de la Sección Segunda del Consejo de Estado en el trámite de un recurso de súplica.Así las cosas, el magistrado Montaña explicó que la Sala revocó el auto porque, para decretar una suspensión provisional, no solamente debe hacerse un juicio de valor sobre la presunta contradicción normativa, sino también una evaluación de los posibles efectos nocivos que ese acto administrativo podría generar para la población, circunstancia que, según indicó, no se demostró."¿Qué nos dice el fallo? En este caso no se constatan esos efectos nocivos, porque las falencias que se detectaron en el primer decreto fueron corregidas".El magistrado Montaña Plata agregó que la acción de nulidad contra el alza del salario mínimo continúa su trámite y deberá dar lugar a una decisión definitiva.Acerca de la deliberación que se dio, el magistrado destacó que en la Sección Segunda se presentaron dos salvamentos de voto.Sobre la decisión de no suspender provisionalmente la prima de los congresistas decretada por el Gobierno, el funcionario explicó que esta se tomó porque la suspensión también podría afectar a otros funcionarios públicos, como los de la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo y la Rama Judicial, lo que atentaría contra la independencia judicial y el principio de igualdad.
El Consejo de Estado revocó la suspensión provisional del decreto expedido por el Gobierno del presidente Gustavo Petro que fijó en 23 % el incremento del salario mínimo legal. Con esta decisión, la Sección Segunda concluyó que no existían razones suficientes para mantener la suspensión mientras se resuelve de fondo la demanda de nulidad presentada contra esa norma.En la providencia, la corporación resolvió “Revocar el auto del doce (12) de febrero de dos mil veintiséis (2026), mediante el cual se decretó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025”. Asimismo, decidió “Negar la medida cautelar de suspensión provisional respecto del Decreto 1469 de 2025 que fijó en 23% el porcentaje de incremento del salario mínimo para 2026 y las demás medidas solicitadas”, además de “Dejar sin efectos la medida cautelar innominada” .La Sala explicó que, al estudiar los recursos presentados contra la decisión que suspendió el decreto, encontró que “los recurrentes coinciden en manifestar que en la providencia del 12 de febrero de 2026 la decisión sobre las medidas cautelares superó el juicio provisional que las caracteriza (…) para, en su lugar, adoptar una decisión de naturaleza anticipativa”, cuando en esa fase solo corresponde establecer de manera inicial si existen elementos que justifiquen suspender un acto administrativo.El Consejo de Estado recordó que el auto objeto de revisión había adoptado dos medidas, la suspensión provisional del decreto demandado y una medida cautelar innominada mediante la cual se ordenó al Gobierno expedir y publicar un nuevo decreto fijando un aumento transitorio del salario mínimo para la vigencia 2026. Para la corporación, esa decisión implicó un análisis que debía reservarse para la sentencia definitiva.En la providencia, la Sala sostuvo que las posibles irregularidades advertidas inicialmente no estaban relacionadas con una confrontación directa entre el decreto y las normas presuntamente vulneradas, sino con cuestionamientos sobre la motivación del acto administrativo. Al respecto, señaló que “estas discusiones dan cuenta de que aquellas posibles irregularidades detectadas en sede de medida cautelar, en definitiva, no tenían que ver con la confrontación del acto con la normativa invocada como lesionada, sino con un juicio en cuanto a su motivación”.Finalmente, el Consejo de Estado precisó que “resulta más adecuado a la finalidad del medio de control de nulidad, concentrar el juicio de legalidad en el acto administrativo inicialmente demandado y reservar para la sentencia su análisis integral”.Por ahora, el incremento para el salario mínimo que se decidió en diciembre del 2025 permanecerá vigente, hasta que exista un juicio definitivo sobre el proceso y se defina su legalidad.
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto mediante el cual el Gobierno saliente había eliminado la prima especial de servicios para los congresistas que se iban a posesionar a partir del 20 de julio de este año.La decisión fue adoptada como una medida cautelar mientras estudian una demanda de nulidad presentada contra el decreto.Según el alto tribunal, la suspensión se toma para evitar afectaciones jurídicas y económicas al proceso que resultarían difíciles de revertir, entre ellas un efecto cascada en la remuneración de altos funcionarios de la Rama Judicial, la Fiscalía, la Procuraduría, la Contraloría, la Defensoría del Pueblo y la Registraduría que está atada por ley a la de los congresistas.Por esa razón, una reducción en el ingreso de estos últimos podría trasladarse automáticamente a esos funcionarios y, en algunos casos, a otros servidores cuyos salarios dependen de esas escalas.El alto tribunal también consideró que existen dudas razonables sobre si el Gobierno evaluó adecuadamente ese impacto antes de expedir el decreto, pues si bien la medida se concentró en criterios de austeridad y sostenibilidad fiscal para los congresistas, no desarrolló suficientemente las consecuencias que la decisión podría tener sobre otros regímenes salariales del Estado.La demanda fue presentada por el abogado Sady Andrés Orjuela Bernal, quien sostiene que la eliminación de la prima especial vulnera disposiciones de la Constitución y de la Ley 4 de 1992, especialmente aquellas que prohíben la desmejora de las condiciones salariales de los servidores públicos. En el proceso, la Procuraduría General de la Nación respaldó la solicitud de suspensión provisional al considerar que existían razones suficientes para adoptar la medida.La prima especial en cuestión había sido creada mediante el Decreto 2170 de 2013 para reorganizar la estructura salarial de los congresistas y mantener el nivel de sus ingresos tras la modificación de otros componentes de la remuneración; hacía parte de la remuneración mensual de senadores y representantes.Cuando fue creada en 2013, la prima tenía un valor de $7,89 millones mensuales y quedó sujeta a los incrementos salariales anuales de los congresistas. Para 2026, su monto ascendía a cerca de $16,9 millones mensuales, por lo que su eliminación representaba una disminución cercana a esa cifra para los congresistas que asumieran sus curules a partir del próximo periodo legislativo.El Gobierno nacional derogó esa prestación mediante el Decreto 030 de 2026, expedido en enero, al argumentar que la prima constituía un beneficio discrecional que podía ser eliminado en desarrollo de una política de austeridad, equidad y sostenibilidad de las finanzas públicas. La medida aplicaba únicamente para los congresistas que se posesionaran desde el próximo 20 de julioCon la suspensión provisional, la prima especial de servicios continuará vigente mientras se resuelve el proceso de nulidad. Será la sentencia del Consejo de Estado la que determine, en definitiva, si el Gobierno actuó dentro de sus facultades al eliminar ese componente salarial o si, por el contrario, el Decreto 030 de 2026 debe ser anulado por contrariar la Constitución y la ley.
El Consejo de Estado aceptó una demanda presentada por el concejal de Bogotá, Julián Sastoque, con la que se busca que el Ministerio de Salud asuma el costo de las toallas higiénicas.“La demanda busca que se declare la nulidad de la expresión "toallas higiénicas", incluida en la casilla 117 del listado de servicios y tecnologías excluidos de la financiación con recursos públicos de salud, contenido en la Resolución 695 de 2026, expedida por el Ministerio de Salud el pasado 16 de abril. En palabras sencillas, la demanda busca que se puedan entregar estos productos de salud menstrual, especialmente a mujeres en condición de vulnerabilidad”, señaló Sastoque.El Consejo de Estado ordenó notificar al ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, y le otorgó un plazo de 30 días para contestar, proponer excepciones o solicitar pruebas.“La exclusión vulnera el derecho fundamental a la salud y el principio de integralidad, al desconocer que las toallas higiénicas son un insumo indispensable para mujeres con diagnósticos médicos como endometriosis, desórdenes de tiroides o hemorragias, entre otras condiciones”, explicó Sastoque.La demanda presentada explica que, según las cifras del Dane, el 11 % de las mujeres en el país reportó dificultades económicas para adquirir insumos menstruales entre 2021 y 2023."No puede ser que en pleno 2026 el cuidado menstrual siga tratándose como un lujo y no como lo que es: una necesidad de salud. Presentamos esta demanda porque ninguna mujer debería elegir entre comprar toallas higiénicas o comprar comida, y hoy el Consejo de Estado decidió aceptar esta demanda", dijo el concejal.
El Consejo de Estado declaró improcedente la acción de tutela presentada por el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores con la que buscaba frenar el proceso judicial que cuestiona el nuevo modelo de expedición de pasaportes en Colombia.Con la decisión, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo revocó el fallo que inicialmente había favorecido al Fondo Rotatorio y dejó en firme el trámite de la acción popular que actualmente adelanta el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.Dicha demanda fue interpuesta por Nicolás Dupont Bernal, en representación de la Fundación DILO Colombia, en la que solicitaron que la justicia determine si existieron irregularidades en la implementación del nuevo esquema para la expedición de pasaportes.En la ponencia del magistrado Pablo Andrés Córdoba Acosta, el Consejo de Estado señaló que la tutela no puede utilizarse para terminar un proceso judicial que aún se encuentra en curso.“En el marco del mismo proceso objeto de tutela que la parte actora debe ejercer su derecho de defensa y controvertir la presunta falta del cumplimiento del requisito de procedibilidad previsto en el artículo 144 del CPACA mediante la formulación de las excepciones que considere pertinentes. En consecuencia, no resulta admisible pretender la terminación del proceso a través de la acción de tutela.”, se lee en el fallo del Consejo de Estado.Para el alto tribunal es necesario que las partes ejerzan su derecho de defensa dentro del proceso principal y mediante los recursos previstos por la ley.Con este fallo, la acción popular seguirá en curso ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que aún deberá pronunciarse sobre la solicitud de medida cautelar que busca suspender provisionalmente el nuevo modelo de pasaportes mientras avanza el proceso.
El abogado y exmagistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE), Luis Guillermo Pérez, confirmó que radicará una demanda de nulidad contra la elección presidencial de Abelardo De La Espriella ante el Consejo de Estado, con el propósito de impedir su posesión el próximo 7 de agosto y lograr la convocatoria de unas nuevas elecciones. Durante una entrevista con Néstor Morales en Mañanas Blu, el jurista explicó que la acción se sustenta en cuatro cargos que, a su juicio, comprometen la validez del proceso electoral.Pérez aseguró que la demanda no busca cuestionar el resultado por razones políticas, sino que pretende que la jurisdicción contencioso-administrativa examine presuntas irregularidades que, según afirmó, afectan la legalidad de la elección presidencial.Los cuatro argumentos para pedir la nulidad de la elecciónEl primer cargo está relacionado con la doble nacionalidad de Abelardo De La Espriella. Según Pérez, el mandatario electo mantiene la ciudadanía estadounidense, situación que, desde su interpretación constitucional, genera una incompatibilidad para ejercer la Presidencia de Colombia."Lo que evitamos es que pueda posesionarse a través de esa demanda porque es absolutamente incompatible el hecho de que sea ciudadano estadounidense y pretenda ejercer como jefe de Estado en Colombia", sostuvo el exmagistrado.Durante la entrevista explicó que el cuestionamiento no radica en la posibilidad de tener doble nacionalidad, sino en los compromisos de lealtad que, según dijo, adquiere un ciudadano al jurar fidelidad a la Constitución y a las leyes de Estados Unidos. Pérez recordó además que este mismo argumento fue planteado cuando De La Espriella inscribió su candidatura, pero aseguró que el Consejo de Estado le respondió que solo podría pronunciarse si el candidato resultaba elegido.¿Injerencia extranjera en la campaña en Colombia?El segundo argumento expuesto por el abogado se refiere a una supuesta afectación de la soberanía nacional por la presunta intervención de actores extranjeros durante la campaña presidencial. Pérez citó declaraciones del presidente estadounidense Donald Trump, quien, según afirmó, aseguró que la elección de De La Espriella fue posible gracias a su apoyo."El Consejo de Estado tiene que anular esta violación grosera de nuestra soberanía nacional", manifestó. Asimismo, recordó que el presidente electo ha reconocido públicamente su cercanía con el Partido Republicano de Estados Unidos, hecho que, según su interpretación, deberá ser valorado por el alto tribunal junto con otras denuncias sobre posibles apoyos internacionales.Sin embargo, durante la entrevista reconoció que varias de las denuncias conocidas públicamente aún deberán ser probadas: "He escuchado que llegaron 10 millones de dólares para las iglesias evangélicas para que compraran los votos de sus feligreses. Eso hay que probarlo, eso no puede ser solamente especulación", afirmó.¿Campaña de estigmatización y presuntas conductas penales?El tercer cargo hace referencia al lenguaje utilizado por De La Espriella durante la campaña presidencial. Pérez sostuvo que presentó desde julio de 2025 una denuncia penal por presuntos delitos como amenazas, hostigamiento, instigación a delinquir y apología del genocidio.El exfuncionario cuestionó particularmente expresiones utilizadas por el hoy presidente electo, como las referencias al "tigre" y a la "manada", las cuales calificó como discursos de intimidación.También criticó referencias hechas durante el proceso de transición de gobierno al "Arca de Noé", interpretación que calificó como un símbolo de exclusión y violencia política.¿Irregularidades en los escrutinios?El cuarto argumento se centra en presuntas inconsistencias durante el escrutinio, especialmente en la votación del exterior. Pérez afirmó que existen más de cien mesas bajo revisión en las que, según dijo, aparecen cifras que considera irregulares y cuestionó que el Consejo Nacional Electoral no realizara los escrutinios correspondientes."Hay deficiencias en los protocolos técnicos, hay irregularidades sustanciales en los escrutinios y lo vamos a demostrar ante el Consejo de Estado", aseguró. Entre las situaciones que mencionó se encuentran mesas con una alta cantidad de votantes en consulados y la imposibilidad, según afirmó, de revisar documentos electorales como los formularios E-14 y E-11 durante el escrutinio de los votos en el exterior.El objetivo: suspender la posesión y convocar nuevas eleccionesEl exmagistrado explicó que la demanda solicitará una medida cautelar para suspender la posesión presidencial mientras el Consejo de Estado decide de fondo la acción de nulidad."Le estamos pidiendo al Consejo de Estado que suspenda la posesión del 7 de agosto de Abelardo de la Espriella y luego, mediante una sentencia de fondo, se anule el D-26... y se convoquen unas nuevas elecciones en Colombia con garantías para toda la ciudadanía y para todas las fuerzas políticas", afirmó.Pérez también puso en duda la votación obtenida por el presidente electo, especialmente en el exterior, al señalar que existen aspectos que, según él, deben ser revisados por la justicia electoral. Aunque reconoció que el candidato derrotado, Iván Cepeda, aceptó públicamente los resultados, sostuvo que cualquier ciudadano puede acudir a la jurisdicción contenciosa para solicitar la nulidad de un acto electoral si considera que existen irregularidades sustanciales.Al cierre de la entrevista, el abogado aseguró que más de 100.000 personas ya respaldaban la iniciativa ciudadana que acompaña la demanda y reiteró su invitación a seguir apoyando la solicitud que será estudiada por el Consejo de Estado.
Estos fueron los puntos discutidos en Mañanas Blu 10:30 AM, con Camila Zuluaga, este lunes, 10 de agosto de 2026:James Mosquera, representante a la Cámara por Chocó, se refirió a las afectaciones que dejó el terremoto en su región.Ronald Bonilla, gobernador encargado de Caldas, habló de los reportes actualizados y los balances en los daños estructurales, heridos y fallecidos en Manizales y el departamento.El profesor de la Unal, Jhon Jairo Blandón, explicó qué deben tener en cuenta las personas al momento de tomar la decisión sobre volver a sus casas tras el terremotoAmadeo Benavent, profesor de ingenieria sísmica, de la Universidad Politécnica de Madrid, charló sobre las infraestructuras en Colombia están preparadas para enfrentar este tipo de desastres naturales.El presidente Abelardo De La Espriella declara desde el Comité de Gestión de Riesgo la situación de desastre nacional luego del terremoto de 7.4 y que deja hasta el momento más de 70 personas fallecidas.Francisco Moreno, director ejecutivo de la Cruz Roja Colombiana, fue consultado por cómo se debe actuar en momentos de emergencia y evitar complicaciones.El padre Daniel Saldarriaga, director del Banco de Alimentos de Bogotá, habló sobre cómo la ciudadanía puede ayudar para gestionar el desastre, qué necesitan y cómo donar.Escuche el programa completo acá:
Si bien en Barranquilla no se presentaron afectaciones por el fuerte sismo de este lunes, algunos residentes de edificios reportaron haberlo percibido levemente, por lo que como medida preventiva, algunas de estas edificaciones debieron ser evacuadas siguiendo el protocolo que se ejecuta durante este tipo de eventos, mientras se verifican las condiciones de seguridad.Entre ellas se encuentran la sede de la Alcaldía de Barranquilla, en el Paseo Bolívar; la Torre Manzur, donde funciona la Fiscalía; el edificio de Salud Total, ubicado en la calle 84 con carrera 47, y la sede de la Gobernación del Atlántico, entre otras.A propósito, como medida preventiva ante cualquier emergencia, no habrá atención al ciudadano por el día lunes 10 de agosto en el edificio de la Alcaldía Distrital de Barranquilla, ubicado en el Paseo Bolívar; local contiguo, antigua Alcaldía; oficinas de la Secretaría de Educación, ubicadas en el centro comercial Los Ángeles; sede de la Secretaría de Tránsito, y alcaldías locales, espacios que se encuentran en revisión técnica preventiva por parte de un equipo especializado.El alcalde Alejandro Char también ha dispuesto la instalación de un Puesto de Mando Unificado, PMU, desde donde se coordinarán acciones de prevención en la ciudad y articulación para ayudar a las regiones afectadas.A su vez, tal como ocurrió durante la emergencia en Venezuela, se habilitó el centro de acopio de la carrera 43 # 6-120, en el corazón del mercado de Barranquillita, para recibir donaciones las 24 horas del día y llevar estas ayudas humanitarias a los afectados en otras regiones del país.Allí se recibirán alimentos no perecederos, agua potable, insumos médicos, productos de aseo, artículos de bebé, ropa en buen estado y colchonetas.La operación del centro de acopio cuenta con el acompañamiento permanente de la Oficina Distrital de Gestión del Riesgo, desde donde se coordina la recepción, clasificación y organización de las ayudas que posteriormente serán entregadas a la población afectada.
La aplicación DiDi activó medidas especiales para facilitar la movilidad y las entregas en varias ciudades afectadas por el terremoto registrado este lunes 10 de agosto en Colombia. La compañía anunció cambios en sus servicios para atender las necesidades que puedan surgir durante la emergencia.La plataforma informó que puso sus capacidades tecnológicas a disposición de las comunidades y que mantendrá un monitoreo permanente de las condiciones de movilidad y seguridad para ajustar sus medidas conforme avance la situación.¿En qué ciudades DiDi aplicará medidas por el terremoto?Una de las primeras decisiones fue suspender la comisión de intermediación para los usuarios arrendadores en cinco ciudades consideradas entre las más impactadas: Cali, Pereira, Ibagué, Manizales y Armenia.La empresa también anunció límites al multiplicador dinámico en Medellín, Cali, Pereira, Ibagué, Manizales, Popayán y Armenia. La medida busca evitar incrementos descontrolados en los precios ante una posible reducción de la oferta de transporte público.En el caso de DiDi Food, también se limitó el multiplicador dinámico para contribuir a mantener opciones de entrega asequibles durante la contingencia.¿Cómo funcionarán los viajes gratuitos hacia centros de acopio?DiDi anunció que ofrecerá solicitudes de arrendamiento gratuitas hacia y desde los centros de acopio que sean establecidos por las autoridades y organizaciones de apoyo.La medida comenzará una vez estos puntos sean definidos, por lo que los usuarios deberán estar atentos a la información que entregue la plataforma.Además, la compañía señaló que mantendrá comunicación con usuarios arrendadores y repartidores para compartir actualizaciones relacionadas con seguridad y movilidad.La empresa también recordó que las solicitudes de arrendamiento intermediadas mediante su aplicación cuentan con una póliza de seguro que cubre tanto a usuarios arrendadores como arrendatarios.¿Qué recomienda DiDi durante la emergencia?La compañía indicó que continuará revisando en tiempo real el comportamiento de la aplicación y las condiciones de las ciudades afectadas. La prioridad, señaló, será mantener la seguridad mientras se adaptan las medidas a la evolución de la emergencia.Por eso, recomendó:Atender las indicaciones de las autoridades.Evitar desplazamientos que no sean indispensables.Utilizar la aplicación únicamente cuando las condiciones sean seguras.Con estas medidas, DiDi busca mantener disponibles sus servicios de movilidad y entrega mientras las comunidades afectadas enfrentan las consecuencias del terremoto.
Los congresistas santandereanos expresaron su solidaridad con las familias afectadas por el terremoto que sacudió al occidente del país y plantearon acciones para apoyar a los damnificados y atender los daños ocasionados por el movimiento telúrico.El senador santandereano Gustavo Moreno solicitó al Gobierno Nacional decretar la emergencia económica, con el propósito de disponer de recursos y agilizar la atención de las comunidades afectadas. El congresista hizo un llamado a dejar de lado las diferencias políticas frente a la emergencia.“No importa la ideología”, señaló Moreno, al considerar que en este momento la prioridad debe ser atender a las personas que resultaron afectadas y avanzar en la recuperación de las zonas golpeadas por el terremoto.Por su parte, el representante a la Cámara por Santander, Miguel Ángel Pinto, informó que radicó una proposición para que los congresistas donen un día de salario y que estos recursos sean destinados a apoyar a las personas damnificadas por el sismo en diferentes regiones del país.Las iniciativas se suman a los llamados de solidaridad y a las acciones que se adelantan para establecer la magnitud de las afectaciones. Las autoridades mantienen la evaluación de daños y la atención a las comunidades que requieren asistencia.El terremoto generó afectaciones en distintos sectores del occidente colombiano, dejando daños materiales y familias que requieren apoyo. Ante la emergencia, distintos sectores han pedido fortalecer la respuesta institucional y garantizar recursos para la atención y recuperación de las zonas afectadas.
La transición en la administración de varios corredores viales del Oriente antioqueño que quedan en manos del Instituto Nacional de Vías, sigue generando preocupación entre autoridades locales por la respuesta ante emergencias, el mantenimiento de la infraestructura y la continuidad de las intervenciones pendientes en una de las redes viales más transitadas del departamento y el país.La inquietud se concentra especialmente en la autopista Medellín-Bogotá, eje estratégico para la movilidad de pasajeros y carga. Ante este panorama, el municipio de Guarne decidió anticiparse a posibles dificultades y anunció la activación del Comité Municipal de Gestión del Riesgo y el Comité de Seguridad Vial con el propósito de fortalecer la capacidad de respuesta en los tramos de jurisdicción nacional que atraviesan su territorio, incluyendo el que conecta al aeropuerto José María Córdova.El alcalde Mauricio Grisales informó que Guarne ya cuenta con un protocolo para atender incidentes de tránsito, el cual incluye la disponibilidad de ambulancias, personal de emergencias y la capacidad instalada de los centros asistenciales de la localidad para recibir a las personas que puedan resultar lesionadas en diversas situaciones sobre las vías."En el momento no se ha definido, digamos, algo concreto con respecto a este tema, pero, entonces, desde el municipio para poder actuar, para brindar ese apoyo en todo lo que tiene que ver nuestra jurisdicción con la autopista Medellín-Bogotá y la vía al aeropuerto", indicó. El mandatario reiteró la solicitud al Gobierno nacional para acelerar los trámites que permitan ejecutar las obras de movilidad priorizadas por administraciones locales y que requieren aprobación de la Agencia Nacional de Infraestructura.Los proyectos serán financiados con cerca de 121.000 millones de pesos correspondientes a los excedentes generados por el recaudo de peajes durante más de dos décadas de operación de Devimed, pero están a la espera de autorizaciones finales por parte de dicha entidad.