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Consejo de Estado confirma fallo contra Acueducto de Bucaramanga por $2.339 millones

El fallo del Consejo de Estado dejó en firme la decisión desfavorable para el Acueducto y la condena en costas.

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Juez.
EFE

El Consejo de Estado confirmó una sentencia que negó las pretensiones del Acueducto Metropolitano de Bucaramanga contra la DIAN, en un proceso relacionado con la declaración del impuesto de renta correspondiente al año gravable 2016.

El caso se originó después de que el Acueducto de Bucaramanga presentara en 2017 su declaración de renta, en la que registró un saldo a pagar de $2.339.168.000. Posteriormente, la DIAN inició un proceso de fiscalización en el que cuestionó, entre otros aspectos, deducciones relacionadas con inversiones del proyecto Piedras Blancas y una cartera considerada como manifiestamente perdida.

La actuación de la DIAN llevó a determinar un saldo a pagar de $12.556.232.000, además de sanciones relacionadas con la declaración tributaria. La compañia acudió a la jurisdicción contencioso-administrativa buscando dejar sin efecto las actuaciones de la autoridad tributaria.

En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Santander negó las pretensiones del Acueducto y lo condenó en costas. El AMB apeló la decisión, pero la Sección Cuarta del Consejo de Estado, mediante sentencia del 9 de abril de 2026, confirmó en su totalidad el fallo.

El alto tribunal también determinó que el AMB deberá asumir las costas de la segunda instancia, incluidas agencias en derecho equivalentes a un salario mínimo mensual legal vigente al momento de la ejecutoria de la providencia.

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"Siguen las directivas del Acueducto de Bucaramanga cometiendo errores que pagamos todos los usuarios con las tarifas tan altas", dijo el veedor ciudadano, Ramiro Vásquez.

Uno de los puntos analizados estuvo relacionado con recursos que el Acueducto había intentado recuperar después de pagos considerados indebidos. El Consejo de Estado señaló, entre otros aspectos, que una parte importante de esos valores, $1.332 millones, correspondía a intereses moratorios derivados de un proceso ejecutivo.

El proceso judicial no corresponde a una nueva condena por $2.339 millones, sino a una controversia tributaria sobre la declaración de renta de 2016 y las actuaciones posteriores de la DIAN. El fallo del Consejo de Estado dejó en firme la decisión desfavorable para el Acueducto y la condena en costas.

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