El Tribunal Administrativo de Santander negó las pretensiones de los demandantes y confirmó, en primera instancia, la elección de Cristian Portilla como alcalde de Bucaramanga.La decisión quedó registrada el 1 de septiembre de 2026 en el sistema de actuaciones judiciales SAMAI, donde aparece una actuación denominada “Sentencia de primera instancia” y la anotación señala que se niegan las pretensiones.De esta manera, el Tribunal mantiene vigente la elección de Portilla mientras avanza el proceso judicial. La actuación también registra que el 2 de septiembre de 2026 se realizó una actuación ante la Secretaría para efectos de notificación y comunicación de la sentencia.La elección de Cristian Portilla como alcalde de Bucaramanga había sido objeto de demandas ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en las que los demandantes buscaban que se dejara sin efecto el resultado electoral.Con la decisión de primera instancia, el Tribunal Administrativo de Santander desestimó las pretensiones y mantuvo la elección, aunque el proceso puede continuar por las vías judiciales correspondientes, dependiendo de los recursos que puedan presentar las partes.La decisión representa un nuevo capítulo en la controversia jurídica alrededor de la elección de la Alcaldía de Bucaramanga.
La Alcaldía de Bucaramanga comenzó el pago de las indemnizaciones ordenadas por la justicia a favor de 16 exfuncionarios que fueron retirados de sus cargos en noviembre de 2025, durante la vigencia de la Ley de Garantías, una decisión que le costará al municipio más de 500 millones de pesos.Los pagos se realizan luego de que diferentes decisiones judiciales concluyeran que las desvinculaciones se efectuaron de manera irregular, al haberse producido en pleno calendario electoral previo a las elecciones atípicas para la Alcaldía de Bucaramanga. Ese hecho fue producto de las decisiones del alcalde encargado, Javier Sarmiento. Uno de los casos que dio origen a las demandas fue el nombramiento y posterior remoción de funcionarios mediante el Decreto 774 del 6 de noviembre de 2025. En ese proceso, el Tribunal Administrativo de Santander admitió una demanda de nulidad electoral y decretó la suspensión provisional de los efectos del acto administrativo al considerar, de manera preliminar, que se habría desconocido la prohibición de modificar la nómina oficial durante la Ley de Garantías.Entre los exfuncionarios beneficiados con las decisiones judiciales se encuentra Manuel Eduardo Parada Rueda, quien se desempeñaba como asesor de despacho de la administración municipal. Según explicó, las reclamaciones fueron presentadas en enero de 2026 tras considerar que las declaratorias de insubsistencia vulneraron las restricciones establecidas por la Ley de Garantías.Parada aseguró que existían advertencias claras sobre la imposibilidad de modificar la planta de personal durante el calendario electoral. "La circular de la Procuraduría advertía que una vez se fijara el calendario electoral la planta del municipio no se podía mover", afirmó al referirse al proceso judicial que finalmente dio la razón a los exfuncionarios.Las decisiones que ahora deberá asumir económicamente el municipio corresponden a actuaciones realizadas durante la administración del entonces alcalde designado Javier Sarmiento, quien ejercía el cargo mientras se adelantaba el proceso para elegir al nuevo mandatario de Bucaramanga.La Ley 996 de 2005, conocida como Ley de Garantías Electorales, restringe la modificación de la nómina estatal durante los procesos electorales, salvo excepciones expresamente previstas en la norma. Estas medidas buscan evitar que los cambios en el empleo público puedan influir en las campañas o afectar la transparencia electoral. En este caso de Bucaramanga, las decisiones judiciales concluyeron que las desvinculaciones no cumplían con esas excepciones, por lo que ordenaron el reconocimiento de las indemnizaciones a favor de los exfuncionarios afectados.
El exalcalde de Bucaramanga, Luis Francisco Bohórquez, presentó un recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia con el propósito de que sea revisado el fallo de segunda instancia que lo condenó a 17 años de prisión por hechos relacionados con un proceso de corrupción.La decisión se produce luego de que el Tribunal Superior de Bucaramanga confirmara la sentencia condenatoria, resolución que el exmandatario calificó como injusta y frente a la cual aseguró que continuará agotando todas las instancias judiciales para demostrar su inocencia."He venido al Tribunal Superior de Bucaramanga en búsqueda de justicia. Sin embargo, la vida me pone a prueba una vez más con un injusto fallo de segunda instancia que me declara culpable. Tenía la esperanza de que el fallo se revisara en esta instancia. No fue así. No se estudiaron las voluminosas pruebas que determinan mi inocencia", manifestó Bohórquez tras conocerse la decisión.El exalcalde afirmó que confía en que la Corte Suprema de Justicia examine el expediente y valore los argumentos de su defensa."Persistiré en la lucha por la verdad, en la lucha por la libertad y en la lucha por la justicia. De la mano de Dios y con la confianza en la justicia divina, en la siguiente instancia se reconocerá nuestra inocencia", señaló el exmandatario. La casación es un recurso extraordinario mediante el cual la Corte Suprema de Justicia revisa si en una sentencia de segunda instancia se presentaron errores en la aplicación de la ley o vulneraciones al debido proceso. En esta etapa no se trata de un nuevo juicio, sino de un análisis jurídico sobre la legalidad del fallo.Luis Francisco Bohórquez fue alcalde de Bucaramanga entre 2012 y 2015. La condena de 17 años en su contra hace parte de un proceso por presuntos hechos de corrupción durante su administración. Con la presentación del recurso de casación, el caso pasa ahora a estudio de la Corte Suprema de Justicia, que deberá decidir si admite la solicitud y, posteriormente, si mantiene o modifica la decisión emitida por el Tribunal Superior de Bucaramanga.
El Tribunal Administrativo de Santander ordenó al Gobierno nacional avanzar en la reglamentación de la Ley 2450 de 2025, conocida como la Ley contra el Ruido, luego de concluir que el Ejecutivo incumplió los plazos establecidos para poner en marcha los mecanismos contemplados en esa norma.La decisión fue adoptada en respuesta a una acción de cumplimiento presentada por Hernán Morantes, fundador de la Comunidad Legal Derecho Vivo y director técnico del Comité Nacional contra el Ruido, quien solicitó que se hicieran efectivas las obligaciones fijadas por el Congreso para implementar la política pública destinada a combatir la contaminación acústica en Colombia.En el fallo de primera instancia, el Tribunal ordenó al Gobierno conformar, en un plazo máximo de un mes, la Comisión de Seguimiento e Implementación de la Política Nacional de Calidad Acústica. Asimismo, estableció un término de tres meses para expedir dicha política, considerada la hoja de ruta para coordinar las acciones de prevención, control y seguimiento frente al ruido en el país.De acuerdo con Morantes, la demanda surgió porque el Gobierno dejó vencer los tiempos previstos en la ley sin adoptar las medidas correspondientes."La comisión debía quedar conformada en septiembre de 2025 y la Política Nacional de Calidad Acústica tenía que estar expedida en marzo de 2026. Ninguna de esas obligaciones se cumplió y, por eso, el Tribunal ordenó al Gobierno ponerse al día", explicó.El abogado señaló que la contaminación acústica dejó de ser un simple problema de convivencia para convertirse en un asunto de salud pública que afecta a millones de personas en Colombia."Son millones de personas las que vienen siendo afectadas por el ruido en su salud, tanto en las zonas urbanas como rurales. El Tribunal le está diciendo al Gobierno que en un mes debe conformar la comisión y que, en un plazo máximo de tres meses, debe expedir la Política Nacional de Calidad Acústica", manifestó.Morantes indicó que la reglamentación permitirá que las autoridades cuenten con lineamientos unificados para prevenir y controlar la contaminación por ruido, además de fortalecer la coordinación entre las entidades encargadas de hacer cumplir la ley.La Ley 2450 de 2025 establece la creación de una Política Nacional de Calidad Acústica para enfrentar una problemática que, según expertos, tiene efectos sobre la salud física y mental de la población, al estar relacionada con alteraciones del sueño, estrés, problemas cardiovasculares y disminución de la calidad de vida.Con esta decisión judicial, el Gobierno Nacional deberá acelerar la implementación de la norma y cumplir los plazos fijados por el Tribunal, mientras continúa el proceso para consolidar la política pública que regulará la contaminación acústica en Colombia.
Tras una batalla jurídica de más de 15 años, el Tribunal Administrativo de Santander propinó un giro definitivo al futuro del Parque de las Mejoras Públicas de Bucaramanga. El fallo de segunda instancia ratificó la sentencia que ordena restituir las tres hectáreas del predio al municipio y garantizar el libre acceso de la ciudadanía.La decisión judicial desestima las reclamaciones de la Sociedad de Mejoras Públicas de Bucaramanga (SMPB), entidad privada que ha administrado el emblemático corazón ambiental desde finales de la década de 1930 y que pretendía hacer valer una escritura de donación que data del año 1939.El fallo judicial deja en firme que el terreno es un bien de uso público y otorga un plazo de seis meses a la Alcaldía de Bucaramanga para tomar el control del predio y ejecutar un plan de recuperación ambiental, transformando radicalmente el modelo de explotación comercial que operaba en la zona mediante restaurantes y contratos de arrendamiento a terceros.Para la comunidad del sector, la providencia representa un logro histórico. Erick Fernández, presidente de la Junta de Acción Comunal del barrio Mejoras Públicas, celebró el dictamen: "Recibimos con bastante beneplácito la devolución de este parque. Lo que ha hecho esta Sociedad es alquilar los terrenos y usurparlos para beneficio de ellos; la idea ahora es el disfrute de todos los ciudadanos". Según Fernández, el sector carece de zonas verdes y este espacio es la única opción para el esparcimiento de niños y adultos mayores.En la otra orilla, la SMPB calificó la determinación de “injusticia total” y alertó sobre una presunta violación a la propiedad privada. Carlos Octavio Gómez Ballesteros, presidente de la Sociedad, afirmó que el predio les fue donado legalmente por Fomento Urbano de Santander hace 87 años. "Es un fallo que atenta contra la sociedad privada y no respeta el debido proceso. El juez ordenó restituir al municipio un predio que nunca ha sido de su propiedad; no puede uno restituir algo que jamás ha sido del municipio", enfatizó Gómez, quien anunció que la junta directiva evaluará este lunes las acciones judiciales a interponer.El fallo abre la puerta para que el municipio asuma la administración de un pulmón urbano que, según la SMPB, empezó a ser “perseguido” en los últimos años. Gómez Ballesteros concluyó diciendo que “las funciones de la Sociedad son eminentemente cívicas y culturales. Nosotros debemos, por ley, colaborar con la administración municipal en todo lo que sea ornato, ambiente, cultura y civismo”.
El Tribunal Administrativo de Santander sancionó a la Ministra de Ambiente, Irene Vélez, por desacato y presunta negligencia en la socialización del proceso de delimitación del páramo de Santurbán. La funcionaria debía ratificar un cronograma, adoptar medidas verificables, ejercer liderazgo y garantizar la participación comunitaria.El Tribunal revisó la polémica en torno a la protección del Páramo Jurisdicciones-Santurbán-Berlín y encontró que no se han cumplido varios de los compromisos. La decisión judicial castiga formalmente lo que la magistratura consideró una conducta negligente en la gestión de este ecosistema estratégico, el cual lleva más de siete años sin una línea de protección definitiva tras el fallo de la Sentencia T-361 de 2017 de la Corte Constitucional.La alta corte regional aclaró de manera tajante que la Ministra Vélez Torres no es responsable de todo el retraso histórico acumulado desde 2017, sino de su gestión específica desde que asumió el encargo ministerial en agosto de 2025. El despacho judicial comprobó que la funcionaria desatendió órdenes explícitas para enderezar el rumbo del proceso participativo, las cuales incluían ratificar un cronograma con fechas ciertas y liderar las mesas de concertación con los municipios afectados. En lugar de ejecutar acciones concretas, la defensa de Vélez Torres solicitó archivar el incidente argumentando que las demoras provenían de administraciones previas.Para los magistrados, esta postura jurídica constituyó una "culpa por negligencia", puesto que el Ministerio volvió a postergar la fecha final de la delimitación para mediados de 2026. A raíz de esto, el Tribunal multó a la ministra con cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, una sanción que deberá costear con su patrimonio personal y que fue calificada como moderada debido a que el Gobierno sí demostró gestiones logísticas e institucionales parciales en el territorio.Además de la sanción económica, el dictamen judicial otorgó un plazo perentorio de diez días hábiles para que la cartera ambiental radique un informe exhaustivo con las fechas definitivas del proyecto de delimitación municipio por municipio. La providencia advierte con vehemencia que la simple realización de reuniones y socializaciones masivas no sustituye la expedición formal del acto administrativo que ordene el territorio.El Tribunal dejó la puerta abierta a nuevas sanciones en caso de que persista la renuencia gubernamental.
El Tribunal Administrativo de Santander declaró la nulidad de la elección de Elkin Alfonso Reyes Plata como alcalde del municipio de Oiba para el periodo 2024-2027.La decisión, adoptada mediante sentencia anticipada de primera instancia, ordena dejar sin efectos su elección y dispone que las autoridades electorales convoquen a nuevos comicios para elegir mandatario local.En el fallo, la corporación también determinó que no hay lugar a condena en costas y ordenó archivar el proceso una vez quede en firme la providencia.Es de anotar que el alcalde de Oiba, Elkín Reyes, fue destituido, luego de que el Consejo de Estado anulara su elección mediante sentencia del 7 de noviembre de 2024, decisión que quedó en firme el 28 de enero de 2025. La sanción se dio por trashumancia electoral, es decir, trasteo de votos, en los comicios de 2023.Posteriormente, la Registraduría Nacional del Estado Civil fijó el calendario mediante resolución del 18 de marzo de 2025 y convocó a elecciones atípicas, las cuales se realizaron el 18 de mayo de 2025, jornada en la que el mandatario volvió a participar y resultó elegido.Frente a esta decisión, el abogado experto en temas electorales, Carlos Alfaro, explicó que el caso tendría un elemento objetivo relacionado con posibles inhabilidades.Según el jurista, “el hecho de que el alcalde de Oiba haya participado en las elecciones atípicas dos meses después de que quedó en firme su destitución, no tiene precedentes”."Aquí el elemento es objetivo, porque él fue autoridad administrativa, fue ordenador del gasto como alcalde, y el artículo 314 de la Constitución es muy concreto: no puede repetir un alcalde en periodos seguidos; no existe la reelección", agregó Alfaro.Asimismo, señaló que “el artículo 37 de la Ley 617 del 2000 es muy claro: no puede aspirar a alcalde quien haya sido autoridad administrativa un año antes de las elecciones”.De acuerdo con el análisis del abogado, el mandatario podría solicitar aclaración del fallo y posteriormente apelar la decisión ante una segunda instancia.Sin embargo, advirtió que si la nulidad es confirmada, no se convocarían nuevas elecciones atípicas debido al tiempo restante del periodo.“Faltando menos de 18 meses, como hay una vacancia absoluta, no habría elecciones atípicas. El gobernador pediría una terna y de allí se escogería un alcalde encargado para terminar el periodo”, explicó.Finalmente, el jurista indicó que otros municipios de Santander, como Girón y Concepción, podrían enfrentar situaciones similares dependiendo de cómo avancen procesos electorales en curso.
El Tribunal Superior de Bucaramanga confirmó en segunda instancia la condena de 17 años de prisión contra el exalcalde de Bucaramanga, Luis Francisco Bohórquez, por hechos de corrupción relacionados con el denominado caso ‘Manantial de Amor’.La decisión ratifica el fallo emitido en primera instancia por el Juzgado Noveno Penal Municipal, en el que se determinó la responsabilidad del exmandatario en irregularidades en millonarios contratos de obras, que en su momento generó un amplio escándalo por presuntas anomalías en el manejo de recursos públicos.De acuerdo con el proceso judicial, las investigaciones evidenciaron inconsistencias en la contratación que derivaron en detrimento patrimonial, lo que llevó a la imposición de una pena privativa de la libertad y sanciones adicionales.La sentencia se enmarca en el caso de corrupción conocido como "Manantial de Amor", una investigación que lleva ocho años y que involucró a Bohórquez, varios funcionarios y contratistas de su administración, en irregularidades cometidas entre 2013 y 2016. Durante ese período, se adjudicaron contratos por aproximadamente $17.000 millones a miembros de la iglesia cristiana "Manantial de Amor", a la que asistía el exalcalde.El caso ‘Manantial de Amor’ se convirtió en uno de los episodios más emblemáticos de presunta corrupción en la administración pública de la capital santandereana, al poner en el centro del debate el uso de los recursos destinados a proyectos de infraestructura. En su momento el exalcalde señaló en sus redes sociales lo siguiente: "El mundo está lleno de injusticias y este fallo no es la excepción, de la mano de Dios y ante jueces imparciales defenderé mi actuar porque soy inocente. Mi único interés como alcalde fue engrandecer a Bucaramanga". Los otros involucrados, de acuerdo con su participación en los hechos conocidos, fueron condenados por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación e interés indebido en la celebración de contratos. Ellos son: Clemente León Olaya, exsecretario de Infraestructura, Gloria Durán, exjefe de la Oficina de Alumbrado Público, Leonardo Luna Escalante, asesor y familiar del exalcalde, Óscar Mauricio Benavides Toloza y Uriel Ávila Méndez, excontratistas de la Alcaldía de Bucaramanga
El Tribunal Administrativo de Santander declaró ilegal la medida que impedía la circulación de motocicletas durante las madrugadas en la capital santandereana, una restricción que estaba vigente desde 2024 sin un límite temporal definido.La decisión se tomó tras revisar una acción de nulidad interpuesta contra la norma emitida por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, que prohibía el tránsito de motos entre las 12:00 de la mañana y las 4:00 de la madrugada todos los días.El tribunal concluyó que la medida, al no tener un plazo específico ni evidencia técnica clara que justifique su vigencia indefinida, vulnera el derecho fundamental a la libre locomoción de miles de ciudadanos que utilizan la motocicleta como su principal medio de transporte o herramienta de trabajo.La decisión ratifica el criterio adoptado inicialmente por un juez de primera instancia, que también había anulado la restricción por considerar que su aplicación sin límites temporales ni explicación técnica constituía una medida desproporcionada.Colectivos de motociclistas y usuarios celebraron el fallo, señalando que la prohibición afectaba especialmente a quienes laboran en servicios de entrega, mensajería y transporte, así como a quienes deben desplazarse por motivos laborales en horarios nocturnos.Aunque la restricción queda sin efecto con la sentencia del tribunal, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga aún debe pronunciarse formalmente sobre su aplicación inmediata y si adoptará una nueva regulación con límites temporales y argumentos técnicos que la respalden legalmente.La decisión también pone sobre la mesa la necesidad de que este tipo de medidas vayan acompañadas de estudios de movilidad, impacto y proporcionalidad, especialmente en una ciudad donde la motocicleta representa uno de los principales medios de transporte.
El alcalde de San Gil, Édgar Orlando Pinzón Rojas, fue sancionado por el Tribunal Administrativo de Santander tras comprobarse el incumplimiento de una orden judicial que ordenaba la recuperación del parque Santander, uno de los principales espacios públicos del municipio, ocupado desde hace años por ventas informales.La decisión adoptada el 16 de enero de 2026 confirma, en segunda instancia, la sanción impuesta en primera instancia, que consiste en una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes y la obligación de dar cumplimiento inmediato a la sentencia de 2018, en la cual se determinó la vulneración de derechos colectivos como el disfrute del espacio público, la moralidad administrativa y el derecho a un ambiente sano.En ese fallo se ordenó al municipio de San Gil adelantar, bajo la responsabilidad directa del alcalde, medidas concretas para la restitución del parque Santander, la prevención de nuevas ocupaciones, la reubicación de los vendedores informales y la conformación de un comité encargado de verificar el cumplimiento.Aunque la decisión fue confirmada por el Tribunal Administrativo de Santander en marzo de 2022, las órdenes no se materializaron. Situación que motivó, en septiembre de 2025, la solicitud de apertura de un incidente de desacato por parte de un ciudadano, quien advirtió que el parque continuaba ocupado y que no existían acciones administrativas verificables orientadas a su recuperación.El Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de San Gil abrió el incidente y notificó al mandatario local, sin que este presentara descargos ni aportara documentos que demostraran avances en la ejecución del fallo. Ante la ausencia de respuesta, el despacho aplicó la sanción económica, decisión que fue remitida al Tribunal para su revisión obligatoria.El tribunal advirtió que no reposan en el expediente actos administrativos, planes, informes ni evidencias de gestión que respalden acciones efectivas para la recuperación del espacio público, y resaltó que la falta de pronunciamiento del alcalde durante el trámite evidenció una conducta omisiva frente a un mandato judicial expreso.
La Lotería del Cauca juega hoy sábado 5 de septiembre de 2026 su sorteo número 2627. El número y la serie ganadora del premio mayor de $8.000 millones de pesos de la Lotería del Cauca fueron: 1528 de la serie 032.El sorteo oficial se realiza en su horario habitual de las 11:00 p. m. A continuación, podrá verificar de forma inmediata los números favorecidos de la noche.Resultado oficial de la Lotería del CaucaLa siguiente imagen contiene el listado oficial de premios correspondientes al sorteo 2627 de la Lotería del Cauca, realizado el 5 de septiembre de 2026, con el premio mayor de $9.000 millones y todos los secos entregados durante la jornada.Seco de $300 millonesNúmero: 6363Serie: 267Seco de $200 millonesNúmero: 2791Serie: 1662 secos de $100 millonesNúmero: 3840 – Serie 025Número: 3029 – Serie 1173 secos de $50 millonesNúmero: 9026 – Serie 041Número: 9504 – Serie 178Número: 1387 – Serie 09329 secos de $10 millonesNúmero: 1920 – Serie 293Número: 0294 – Serie 191Número: 3382 – Serie 165Número: 1741 – Serie 261Número: 2902 – Serie 107Número: 8723 – Serie 041Número: 6974 – Serie 209Número: 8260 – Serie 179Número: 4671 – Serie 160Número: 3088 – Serie 247Número: 5542 – Serie 023Número: 8903 – Serie 296Número: 5525 – Serie 105Número: 0474 – Serie 035Número: 2782 – Serie 131Número: 6244 – Serie 246Número: 5825 – Serie 172Número: 1351 – Serie 073Número: 1105 – Serie 242Número: 1771 – Serie 242Número: 0144 – Serie 184Número: 5702 – Serie 306Número: 6278 – Serie 044Número: 4209 – Serie 143Número: 8395 – Serie 013Número: 3797 – Serie 043Número: 4952 – Serie 249Número: 7777 – Serie 022Número: 3578 – Serie 067Es fundamental conservar el billete original en buen estado, sin tachaduras, enmendaduras o alteraciones de ningún tipo. Este documento físico es indispensable para demostrar la autenticidad del premio y completar con éxito el proceso de reclamación ante los canales y oficinas autorizadas.¿Cómo jugar la Lotería del Cauca?Para participar en la Lotería del Cauca, los interesados pueden adquirir sus billetes a través de los cientos de distribuidores disponibles en diferentes lugares del país. La entidad cuenta con una amplia red de puntos de venta para facilitar la compra y la participación en sus sorteos, cuyo plan de premios incluye un Premio Mayor de $8.000 millones, además de premios secos, premios Extra Chance Patojos de $6 millones y múltiples aproximaciones.Los jugadores pueden consultar los distribuidores autorizados y verificar las condiciones de participación en los canales oficiales de la Lotería del Cauca.¿Cómo cobrar el premio de la Lotería del Cauca?Los ganadores de la Lotería del Cauca pueden reclamar sus premios de acuerdo con el monto obtenido. Las aproximaciones pueden cambiarse o cobrarse con el lotero de confianza, mientras que los premios secos pueden reclamarse ante un distribuidor autorizado. Para premios superiores a $2.360.000, se aplica una retención en la fuente del 20% y se deben presentar documentos como el RUT y la cédula.En el caso del Premio Mayor, el ganador debe acudir a la Oficina Comercial de la Lotería del Cauca con el billete ganador, RUT, cédula y certificación bancaria para iniciar el proceso de verificación y pago.Lotería de Boyacá en VIVO
Los resultados de la Lotería de Boyacá vuelven a captar la atención de miles de colombianos que cada semana esperan conocer los números ganadores y comprobar si alguno de sus billetes obtuvo un premio. Para el sorteo número 4640, la tradicional lotería puso en juego un Premio Mayor de $15.000 millones de pesos, además de un millonario plan de premios secos y aproximaciones. El número favorecido con el máximo premio fue el: 2751, correspondiente a la serie 245.La jornada corresponde a uno de los sorteos más esperados de la Lotería de Boyacá, considerada una de las loterías más tradicionales de Colombia. Los jugadores pueden consultar los números ganadores y verificar sus billetes para determinar si resultaron favorecidos en alguna de las categorías de premios.Resultados completos y premios secosLa Lotería de Boyacá dio a conocer los números ganadores de sus secos, con premios que van desde los $10 millones hasta $1.000 millones. Consulte la lista completa y verifique si su número fue favorecido.Resultados de los secos de la Lotería de BoyacáEl seco de $1.000 millones fue para el número 5987 263.El seco de $400 millones correspondió al número 6002 087.El seco de $300 millones fue para el número 8316 076.El seco de $100 millones correspondió al número 5626 437.Secos de $50 millonesLos números ganadores de los cuatro secos de $50 millones son:4795 1390824 1922607 3741781 218Secos de $20 millonesLos números ganadores de los secos de $20 millones son:6607 0490817 3789903 4133546 3217978 4162866 3661568 3675292 1106068 2047520 3000916 0470843 4217161 3610808 1988004 075Secos de $10 millonesEstos son los números ganadores de los secos de $10 millones:0141 3331047 4691053 2531356 0781703 1611713 4091999 0332024 3852233 4682349 1383047 1783384 1663582 3973721 4114083 0474620 0894822 1275142 3405398 0345633 1036334 3386574 3937839 0747889 4228047 2758082 4438117 3858554 1018636 3078657 1268986 0849003 0439246 3619294 0409495 4109695 066La Lotería de Boyacá realizó un lanzamiento adicional con una nueva oportunidad para sus jugadores. En el sorteo extraordinario, correspondiente al 5 de septiembre de 2026, la entidad puso en juego un Nissan Versa, cuya llave ganadora quedó en manos del número 695.528. El resultado hace parte de los premios adicionales entregados por la Lotería de Boyacá.La Lotería de Boyacá también difundió a través de sus canales oficiales la información gráfica correspondiente al sorteo 4640. Allí se presentan los datos del Premio Mayor de $15.000 millones y los diferentes premios secos jugados durante la jornada.Por esta razón, la recomendación para los compradores es revisar detalladamente cada una de las fracciones de sus billetes. Un número que no coincida con el Premio Mayor todavía podría estar relacionado con alguna de las demás categorías contempladas en el plan de premios.¿Cómo consultar los resultados de la Lotería de Boyacá?Para comprobar si un billete obtuvo algún premio, los participantes deben comparar sus números y series con los resultados oficiales publicados por la Lotería de Boyacá.Es importante revisar tanto el número como la serie, especialmente cuando se trate de categorías en las que ambos datos sean determinantes para establecer si existe un premio. También se recomienda conservar el billete en buen estado hasta confirmar los resultados y conocer el procedimiento oficial para reclamar cualquier eventual premio.La consulta de los resultados a través de los canales oficiales permite reducir el riesgo de confusiones frente a información que pueda circular en redes sociales u otras plataformas.Lotería de Boyacá en VIVOUn sorteo con millones en premiosCon un Premio Mayor de $15.000 millones, el sorteo número 4640 se posicionó como una de las jornadas de mayor expectativa para los seguidores de la lotería.Los resultados de la Lotería de Boyacá permiten conocer no solo al ganador del premio principal, sino también las diferentes combinaciones que fueron favorecidas con premios secos y aproximaciones.Para los participantes, la recomendación es verificar directamente la información publicada por la entidad y comprobar cuidadosamente cada fracción adquirida. De esta manera, podrán determinar si cuentan con un billete ganador y conocer los pasos correspondientes para hacer efectivo el premio.
En zona rural de El Peñol, Nariño, un operativo de las Fuerzas Militares dejó como resultado la muerte de siete presuntos integrantes del frente 'Franco Benavides', estructura armada organizada de las disidencias de las Farc. Doce personas más resultaron heridas y se recuperó un cuerpo adicional en la zona de los hechos.Durante la acción se incautó un fusil M4, una pistola, cuatro proveedores, ocho granadas de fabricación artesanal y 946 cartuchos de diferentes calibres. Las tropas también hallaron material de intendencia alusivo a las Fuerzas Militares de Colombia, cinco pancartas de la estructura criminal y tres cuadernos con información de interés para las autoridades.Este es el más reciente golpe contra los grupos narcoterroristas que delinquen en el departamento de Nariño, según la información entregada por las Fuerzas Militares de Colombia. La estrategia busca fortalecer el control de los corredores criminales, mejorar la inteligencia y judicialización, y facilitar la captura de los responsables.Entretanto, en otras zonas del país también se fortalece la presencia de la Fuerza Pública. Tras el ataque contra el Cantón Militar El Trapiche, las autoridades reforzaron la campaña militar y policial ‘Esparta’, con sede en Ocaña, para enfrentar a los grupos armados que operan en la región. También se anunciaron recompensas por información que permita ubicar a los principales cabecillas del ELN.
Con palmadas enérgicas, y entre vitores de militares, reapareció el expresidente cubano Raúl Castro, en un acto por el 65 aniversario de la Dirección de Seguridad Personal del Ministerio del Interior, según mostró un informe del noticiero de la televisión estatal.Durante este retorno mediático, Castro estuvo acompañado por la cúpula del Gobierno, con el presidente Miguel Díaz-Canel y su nieto Raúl Guillermo Rodríguez Castro -interlocutor en las negociaciones con Washington- a la cabeza.La presencia del líder de la revolución en el evento acalla los rumores que circularon la semana pasada -en medios y redes sociales del exterior- que especulaban con una hospitalización por un accidente cerebrovascular e incluso con su muerte.Raúl Castro, junto a su hermano Fidel Castro, participaron en la fundación en 1961 de la Dirección de Seguridad Personal, cuya función consiste en proteger físicamente a los principales dirigentes cubanos.Entre las actividades del acto destacó la lectura del ministro del Interior, Lázaro Alberto Álvarez Casas, de una carta escrita por Raúl Castro en la que reconocía el trabajo del órgano y destacaba a los 32 cubanos que murieron el pasado 3 de enero cuando trataban de proteger al expresidente de Venezuela Nicolás Maduro."La Revolución vive días difíciles bajo la hostilidad del Gobierno de Estados Unidos que continúa empeñado en hacer desaparecer el ejemplo de Cuba en el mundo", decía un fragmento de la carta, en referencia a la compleja crisis económica que atraviesa la isla, agravada desde enero tras el bloqueo petrolero y las sanciones por parte de Washington.Además, Castro fue acusado formalmente en Estados unidos el pasado 20 de mayo por el derribo en 1996 de dos avionetas de una organización cubana en el exilio -y la muerte de sus cuatro tripulantes-; Washington ha asegurado que quiere llevarlo ante un tribunal, lo que ha despertado el fantasma de que ejecuten contra él una captura como la de Nicolás Maduro en Venezuela.Sin embargo, también existen conversaciones bilaterales entre ambos países, en las que participa su nieto Rodríguez Castro.Estas negociaciones han vuelto a colocar al expresidente explícitamente en el centro del tablero político, pese a haber dejado formalmente la dirección del país en 2018 y la del Partido Comunista de Cuba (PCC, único legal) en 2021.Esa distancia de la escena política, sumado a sus 95 años de edad, amplifican cada cierto tiempo los rumores sobre su estado de salud, especialmente cuando sus apariciones públicas no son tan frecuentes.
Después de más de dos décadas de investigaciones en los ríos del Alto Cauca, un equipo de científicos logró describir dos especies de peces que hasta ahora permanecían poco conocidas para la ciencia. El trabajo fue liderado por Armando Ortega-Lara, director científico de FUNINDES Colombia, durante investigaciones desarrolladas para la CVC.Uno de los hallazgos corresponde a Magdalenichthys lundbergi, una especie de bagre endémica del Alto Cauca y perteneciente a un género exclusivo de la cuenca Magdalena-Cauca. Aunque el primer ejemplar fue registrado en 2000, fueron necesarios años de estudios taxonómicos, análisis moleculares y comparaciones morfológicas para establecer sus características.“Cuando capturamos ese pez no sabíamos a qué grupo pertenecía. Tuvimos que esperar muchos años a que avanzara la taxonomía y la genética para entender que era algo completamente diferente”, explicó Ortega-Lara. ¿Dónde vive la nueva especie de pez del Alto Cauca?Los estudios permitieron establecer cuatro especies dentro del género Magdalenichthys. Una de ellas es M. lundbergi, cuya distribución se encuentra en la cuenca alta del río Cauca, desde su nacimiento hasta La Virginia, en Risaralda.Este pequeño pez habita sectores con corrientes fuertes y busca refugio entre las rocas. Su alimentación está compuesta exclusivamente por insectos acuáticos. El nombre lundbergi fue escogido como homenaje al investigador estadounidense John Lundberg, reconocido por sus investigaciones sobre bagres.¿Qué tiene de particular el pez ‘come escamas’?El segundo descubrimiento corresponde a Arhynoglanis relictus, un diminuto bagre de aproximadamente dos centímetros encontrado en los ríos Risaralda y La Vieja, entre Risaralda y el norte del Valle del Cauca.Aunque fue registrado inicialmente en 2001, durante casi dos décadas no aparecieron nuevos ejemplares. Posteriormente, cinco individuos fueron capturados durante expediciones financiadas por la CVC.Los investigadores utilizaron microtomografía computarizada para analizar su anatomía y encontraron una característica particular: una boca redondeada con numerosos dientes especializados para desprender y consumir escamas de otros peces.“Cuando vimos la estructura ósea y la cantidad de dientes entendimos que estaba especializado para pegarse a otros peces y arrancarles las escamas”, señaló Ortega-Lara.Este comportamiento, denominado lepidofagia, convierte a A. relictus en un pez especializado en alimentarse de escamas. Sus parientes más cercanos se encuentran en el sudeste de Brasil, mientras que los investigadores lo consideran parte de un antiguo linaje evolutivo.Además, según los investigadores, la especie se encuentra en peligro crítico de extinción, debido a su distribución restringida y a la alteración de los ecosistemas acuáticos donde vive.