Con la reforma pensional, miles de personas tienen dudas, principalmente con el fondo donde deben cotizar su pensión. Por eso Colpensiones ha dado claridad respecto al funcionamiento del nuevo Sistema de Pilares.
Además, Colpensiones ha señalado que los afiliados que no hacen parte del régimen de transición tendrán cotizar en esta entidad cuando ganen cierto salario.
Pilares de la reforma pensional
Según lo estipulado en la Ley 2381 del 2024, esta nueva reforma se fundamenta en cuatro pilares fundamentales:
- Pilar Solidario: este brindará una renta de$ 223.000 para personas mayores de 65 años que se encuentren en situación de pobreza, pobreza extrema o vulnerabilidad.
- Pilar Contributivo: este requerirá a los trabajadores activos cotizar su pensión en Colpensiones sobre sus primeros 2,3 salarios mínimos. Únicamente aquellos que tengan ingresos superiores podrán realizar sus aportes en una Administradora del Fondo de Pensiones.
- Pilar Semicontributivo: este da un ingreso mensual o devolución de aportes de acuerdo a las semanas cotizadas para aquellos que no cumplan con los requisitos para acceder a su pensión.
- Pilar Voluntario: este plantea un ahorro voluntario por medio de las Administradoras del Fondo de Pensiones.
¿Cuáles son los fondos privados de pensión?
Las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), o fondos de pensión privados que actualmente funcionan en el país son:
- Skandia Colombia
- Porvenir
- Colfondos
- Protección: pensiones y cesantías
Por su parte la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), es una empresa del Estado, directamente vinculada con el Ministerio de Trabajo.
¿Cómo trasladarse a Colpensiones?
Para poder trasladarse desde cualquiera de estas ACCI a Colpensiones o viceversa, deberá seguir unos pasos que han indicado desde las entidades:
- Tendrá que elegir el régimen de pensiones ya que este determinará las condiciones económicas con las que se podrá pensionar.
- Tenga en cuenta que cada persona tiene condiciones distintas, por eso es importante evaluar con asesoría qué fondo (si privado o público), le beneficia más.
- Si usted es mujer y tiene 37 años, o si es hombre y tiene 42, deberá recibir la doble asesoría de ambos regímenes: Colpensiones y su fondo privado.
- El plazo para trasladarse si es hombre es hasta los 52 años, mientras si es mujer hasta los 47. Una vez tomada la decisión de su traslado, tiene que presentar el formulario de traslado de régimen establecido y su documento de identificación.
Este traslado se hará efectivo el primer día del segundo mes desde el cual realizó la solicitud.
Además, si usted se encuentra afiliado a un fondo privado y sus ingresos son superiores a los 2.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, no deberá hacer nada ya que su afiliación a Colpensiones se realizará de forma automática una vez entre en vigencia la reforma pensional.
¿Qué es la doble asesoría?
La doble asesorías es la posibilidad de hablar con dos asesores, uno de Colpensiones y uno de un fondo privado, allí cada uno le explicará los beneficios de cada régimen y cuál le conviene más según sus necesidades.
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Esto es algo a lo que únicamente podrán acceder personas que estén en régimen de transición o en oportunidad de traslado. Para poder solicitarla solo deberá ir a la página oficial de Colpensiones, aquí.