Corte Constitucional cierra puerta a adopción a parejas del mismo sexo
La Sala Plena de la Corte Constitucional negó la posibilidad para que parejas conformadas por personas del mismo sexo puedan adoptar a menores de edad....
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El alto tribunal declaró exequible el artículo 68 del Código de Infancia y Adolescencia. (Corte Constitucional se desdibuja internacionalmente: abogado de comunidad gay).
La Corte comunicó su decisión a través de su cuenta en Twitter:
Las parejas del mismo sexo solo pueden adoptar cuando la solicitud recaiga en el hijo biológico de su compañero o compañera permanente
— Corte Constitucional (@CConstitucional) February 19, 2015
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Este fallo precede la tutela concedida a dos mujeres en Medellín a las que se les concedió ese beneficio ya que una de ellas era la madre biológica de la menor.
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La postura del conjuez Roberto Herrera Vergara inclinó la balanza por el no derrotando así la ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio que respaldaba la iniciativa a favor de los homosexuales.
Por su parte, la Iglesia Católica aseguró que el fallo de la Corte Constitucional que niega la posibilidad para que parejas del mismo sexo adopten en Colombia aún deja un atenuante para que se acaba la célula de la familia, que según el clero debe ser formada por un hombre y una mujer.