El Ministerio de Vivienda publicó el borrador de decreto que modifica el Título 9 del Decreto 1077 de 2025 y redefine el tope máximo para la Vivienda de Interés Social (VIS) y la Vivienda de Interés Prioritario (VIP). La iniciativa, conocida por este medio a través del documento oficial , busca reforzar la protección al comprador y ajustar las reglas de comercialización.
¿Cuáles serán los nuevos topes para VIS y VIP?
El artículo 2 del borrador establece que el precio máximo de la VIS será de 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), mientras que la VIP no podrá superar los 90 SMLMV.
Como excepción, en San Andrés, Providencia y Santa Catalina la Vivienda de Interés Social Rural podrá alcanzar hasta 280 SMLMV, debido a sus condiciones territoriales, logísticas y sociales, según se lee en el texto.
El decreto aclara que estos valores constituyen un criterio de clasificación y no equivalen automáticamente al precio final, que deberá obedecer a los costos reales de construcción.
¿Qué cambia en la forma de fijar y anunciar el precio?
Uno de los ejes centrales es la obligación de informar el valor total en pesos colombianos desde las etapas iniciales del negocio jurídico. El oferente deberá comunicar “de manera expresa, clara, verificable y en pesos colombianos” el precio al momento en que el comprador manifieste su intención de adquirir la vivienda.
El documento advierte que el precio fijado será el único exigible durante la ejecución del contrato y no podrá superar el tope máximo vigente al momento de la adjudicación o adquisición.
Además, se establece que la interpretación de las normas deberá ser favorable al consumidor, en línea con la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), y que la Superintendencia de Industria y Comercio ejercerá funciones de inspección, vigilancia y control.
El Gobierno sustenta la medida en la necesidad de evitar que la comercialización en salarios mínimos traslade al comprador el riesgo de los incrementos anuales del salario. También señala que aumentos significativos en el valor final elevan el endeudamiento y restringen el acceso efectivo a vivienda digna.