Durante mayo de 2026, tanto empresas como algunos contribuyentes específicos en Colombia deben atender una agenda tributaria exigente establecida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
El cumplimiento oportuno de estos tributos evita sanciones económicas, intereses y posibles procesos administrativos, por lo que es importante programarse con anticipación. Asimismo, los impuestos locales como el predial y vehicular no dan espera; por ello las entidades locales recordaron cuál es la fecha límite para hacer el pago.
Obligaciones tributarias en Bogotá
En la capital del país, la Alcaldía de Bogotá recordó cuáles son las fechas importantes para el pago de los impuestos y otros gravámenes durante mayo:
- Retención de ICA (marzo-abril): debe declararse sin importar el NIT hasta el 22 de mayo de 2026.
- Impuesto de vehículos: quienes busquen el descuento del 10 % por pronto pago tienen plazo hasta el 15 de mayo.
- Impuesto predial (pago por cuotas): los contribuyentes acogidos a esta modalidad deben presentar la declaración inicial el 8 de mayo.
Declaración de renta y activos en el exterior
Las sociedades comerciales y demás personas jurídicas tienen varias obligaciones este mes, pues deben presentar la declaración del año gravable 2025.
- Fechas: entre el 12 y el 26 de mayo.
- Quiénes: empresas obligadas a declarar renta.
- Pago: primera cuota dentro del mismo plazo.
Si tienen bienes fuera del país, también deben reportarlos.
Responsables de IVA
Aplica a empresas y personas naturales que venden bienes o servicios gravados:
- Bimestre marzo-abril: declarar y pagar entre el 12 y el 26 de mayo (según NIT).
- Cuatrimestre enero-abril: solo para quienes tienen esta periodicidad.
- Servicios desde el exterior: declaran hasta el 15 de mayo (sin importar NIT).
Agentes de retención
Son empresas o personas que retienen impuestos a terceros:
- Qué deben hacer: declarar y pagar retención en la fuente de abril.
- Plazo: entre el 12 y el 26 de mayo (según NIT).
Empresas o plataformas extranjeras (PES)
Corresponde a compañías sin domicilio en Colombia pero con actividad económica en el país:
- Obligación: pago anticipado bimestral (marzo-abril).
- Fecha límite: 15 de mayo.
- Importante: no depende del NIT.
Sectores específicos (combustibles y carbono)
Aplica a productores, importadores o distribuidores autorizados:
- Gasolina y ACPM: declarar y pagar abril hasta el 15 de mayo.
- Impuesto al carbono: mismo plazo (15 de mayo).
Régimen Simple de Tributación (RST)
Para pequeños y medianos empresarios inscritos en este sistema:
- Obligación: anticipo bimestral enero-febrero.
- Plazo: entre el 12 y el 26 de mayo (según NIT).
Impuesto al consumo
Aplica a ciertos sectores como restaurantes, bares y otros:
- Incluye: consumo general, cannabis y bolsas plásticas.
- Periodo: marzo-abril.
- Plazo: entre el 12 y el 26 de mayo.
Impuesto al patrimonio
Dirigido a personas o empresas con alto patrimonio:
- Qué hacer: declarar y pagar primera cuota.
- Fechas: entre el 12 y el 26 de mayo (según NIT).
La autoridad tributaria insiste en la importancia de anticiparse a estas fechas, verificar la información financiera y usar los canales digitales oficiales para evitar contratiempos, pues cumplir con estas obligaciones dentro de los plazos evita sanciones.
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