El pasado mes de abril, una jueza le otorgó el beneficio de libertad condicional a Emilio Tapia tras haber cumplido medida intramural de 48 de los 76 meses de condena que tuvo por el caso de Centros Poblados.
La Procuraduría General de la Nación apeló la decisión, argumentando que no se cumplieron los requisitos legales para otorgar el beneficio, en particular los contemplados en el Código Penal, el Código Penitenciario y Carcelario, la Constitución y la Ley 190 de 1995.
Esta última obliga a que las entidades estatales afectadas por delitos contra la administración pública se constituyan como parte civil dentro de los procesos.
El 22 de abril, la Presidencia de la Comisión Seccional compulsó copias para el inicio de una actuación disciplinaria. Luego de esto, en mayo se ordenó la apertura de una indagación preliminar y, el pasado 17 de septiembre, se decidió avanzar hacia una investigación formal.
La revisión disciplinaria no solo examina las condiciones en que se concedió la libertad a Tapia, sino también una posible dilación en el trámite del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público.
Emilio Tapia es señalado como ‘cerebro’ de la maniobra que mediante la presentación de falsas garantías bancarias por parte de la Unión Temporal Centros Poblados, permitió el anticipo de 70.000 millones de pesos, que luego se extraviaron y que hacían parte de un contrato con el Ministerio de las TIC para conectar a internet a poblaciones vulnerables en zonas rurales el país.