Consejo de Estado dice que sí puede investigar a Petro por demanda cuando era senador
La reclamación alegaba que Petro faltó a las sesiones plenarias en al menos cinco ocasiones sin justificar adecuadamente las ausencias.
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En la noche de este martes se conoció que el Consejo de Estado determinó que tiene la competencia para tramitar una demanda de pérdida de investidura contra Gustavo Petro por hechos relacionados con su labor como senador.
La decisión se dio tras resolver una serie de conflictos teniendo en cuenta que, dicha demanda, fue presentada en noviembre de 2022, es decir, cuando Petro ya había asumido como presidente de la República.
La reclamación alegaba que Petro faltó a las sesiones plenarias en al menos cinco ocasiones sin justificar adecuadamente las ausencias; una de ellas, por ejemplo, se habría dado por un tema médico pero la excusa firmada por el profesional particular no fue transcrita o validada con la EPS como dice la norma.
Ante esto, el demandante pedía declarar la pérdida de investidura pues, según el parágrafo 2 del artículo 183 de la Constitución, esto aplicará por la “inasistencia, en un mismo período de sesiones, a seis reuniones plenarias en las que se voten proyectos de acto legislativo, de ley o mociones de censura”.
Y, aunque inicialmente fue rechazada esta demanda, desde febrero de 2023 se reabrió el debate tras un recurso del demandante y desde ese momento el Consejo de Estado venía estudiando esta solicitud y en especial si podía avanzar teniendo en cuenta el fuero del presidente.
Por ahora, la decisión que tome el alto tribunal sobre el ausentismo de Petro no tendría un efecto real pues ya no es senador, pero sí crearía jurisprudencia sobre este tipo de reclamaciones.
Además, se sumaría al debate y gran diferencia existentes entre mandatario nacional y las cortes por los fallos tomados en contra de proyectos, decretos o nombramientos del Gobierno Petro.