Consejo de Estado le reclama a la Corte Constitucional por fallo de El Quimbo
Para el tribunal, debió ser juzgado por el Consejo de Estado y no por el Tribunal Constitucional.
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Una discusión se generó entre los magistrados del Consejo de Estado y la Corte Constitucional. La razón corresponde al decreto que autorizó la generación de energía en la represa de El Quimbo y que fue declarado inexequible por la Corte Constitucional.
Para el tribunal, debió ser juzgado por el Consejo de Estado y no por el Tribunal Constitucional. Así lo determinó el magistrado Alberto Yepes Barreiro, quien considera que el control del decreto que ordenó la reapertura de la hidroeléctrica, correspondía al Consejo de Estado.
Sin embargo, como el Tribunal Constitucional ya había tomado una decisión en el sentido de excluir el decreto demandado del ordenamiento jurídico, cualquier pronunciamiento del Consejo de Estado sería inocuo, además que se imponía el respeto a la cosa juzgada constitucional.
La polémica radica en que el Tribunal Administrativo del Huila había ordenado suspender la operación de la represa de El Quimbo, tras conceder una medida cautelar que se impuso en el curso de una acción popular, el Gobierno Nacional dispuso su reapertura como parte de las medidas adoptadas para enfrentar la emergencia social, económica y ecológica que decretó tras el cierre de la frontera colombo venezolana a mediados del 2015.
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Sin embargo, esa disposición fue declarada inexequible por la Corte Constitucional, que mediante la sentencia C-753 del 2015 ejerció el control automático de constitucionalidad, dando lugar una vez más a la suspensión de las actividades de la mencionada hidroeléctrica.
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Si bien el Gobierno Nacional envió el texto del decreto para el control de esa alta corte, un particular demandó la constitucionalidad del mismo ante el Consejo de Estado.
La providencia, que correspondió por reparto al magistrado Yepes, advierte que este control constitucional le corresponde ejercerlo a la Corte Constitucional, si el contenido del acto es de naturaleza legislativa, y al Consejo de Estado, si sus componentes son meramente administrativos.