La Fiscalía General de la Nación dio un giro al proceso contra 11 presuntos integrantes del grupo autodenominado PPP (Por el Pueblo y para el Pueblo), investigados por una serie de ataques violentos y vandalismo ocurrido en Bogotá durante jornadas de protesta social.
Mediante la Resolución 171 del 16 de junio de 2026, revelada por la Unidad Investigativa de Noticias Caracol, la fiscal general, Luz Adriana Camargo, ordenó reasignar el expediente a la Unidad Nacional de Justicia Restaurativa, lo que aplazó la audiencia de acusación que estaba prevista contra los procesados y abrió la posibilidad de que el caso sea analizado bajo un enfoque especializado relacionado con la protesta social. La nueva audiencia para llamado a Juicio quedó asignada el 12 de agosto a las 8 de la mañana.
La decisión fue adoptada un día antes de la audiencia de acusación contra Juan Sebastián Manios Lozano, Camilo Andrés Portilla Castañeda, Sneider Sebastián Cantor Cortés, Cristhian Camilo Medina Rojas, Silvia María Camargo Pinzón, Daniel Felipe Pulido Sarmiento, Kennet Steven Mestra Montes, Carlos Raúl Torres Laguna, Brayan Stiven Valderrama Cubies, Omar Millet Araya Romero y Johan Sebastián Castellanos Díaz, quienes hacen parte de la investigación que adelanta la Fiscalía por una presunta estructura criminal señalada de ejecutar actos de vandalismo, terrorismo y ataques con explosivos improvisados en distintos puntos de la capital.
De acuerdo con la investigación, el grupo PPP habría promovido y ejecutado manifestaciones violentas, bloqueos y ataques con artefactos explosivos improvisados, entre ellos bombas incendiarias y las denominadas “papas bomba”, afectando especialmente el sistema TransMilenio y la seguridad de la ciudadanía. La Fiscalía también sostiene que parte de los recursos utilizados para esas actividades habrían sido enviados desde Medellín para financiar la logística y la fabricación de los explosivos, además de advertir presuntos vínculos de algunos integrantes con personas relacionadas con el ELN.
Las investigaciones permitieron establecer que al menos once personas se habrían concertado para conformar una organización criminal con vocación de permanencia, con funciones definidas y participación en por lo menos quince hechos violentos. Para la Fiscalía, esos eventos no fueron aislados sino coordinados y planificados con el propósito de generar temor y alteraciones del orden público.
Sin embargo, durante la instalación de la audiencia de acusación,conocida por Blu Radio, la fiscal 107 especializada de Bogotá informó oficialmente el cambio de competencia dispuesto por la fiscal general, luz Adriana Camargo. En la diligencia explicó: “El día de ayer la señora fiscal general me manifiesta que tiene la potestad de asignar y desplazar libremente a sus servidores en las investigaciones y procesos (…) Tiene atribuida la función legal de asignar a los fiscales las investigaciones y acusaciones cuando la necesidad del servicio lo exija o la gravedad o la complejidad del asunto lo requiera, y de asignar y desplazar libremente a sus servidores en la investigación del proceso.”
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La funcionaria agregó que el traslado responde a la necesidad de aplicar un enfoque especializado. En ese sentido indicó “En este marco, la variación de asignación de una actuación penal hacia fiscales vinculados a un grupo de tareas especiales constituye una medida funcionalmente admisible cuando la naturaleza de los hechos, la complejidad de la investigación o la necesidad de aplicar un enfoque especializado justifica que el conocimiento sea asumido por servidores de dedicación y criterios de actuación ajustadas al fenómeno investigativo.”
La resolución firmada por la fiscal general también explica que el propósito de la reasignación es que el proceso sea evaluado por fiscales del Grupo de Tareas Especiales de Justicia Restaurativa, quienes deberán analizar “de manera integral la adecuación típica de las conductas, la individualización de responsabilidades, la proporcionalidad de la intervención penal y la eventual procedencia de mecanismos restaurativos o determinación anticipada cuando ello resulte jurídicamente viable".
Finalmente, el documento sostiene que el caso exige armonizar el ejercicio de la acción penal con las garantías constitucionales relacionadas con la protesta social. Sobre ese punto, la resolución concluye que el expediente “se relaciona con hechos ocurridos en escenarios de protesta social que exige armonizar dos mandatos constitucionales. De un lado, el deber de la Fiscalía General de la Nación de adelantar el ejercicio de la acción penal e investigar los hechos que revistan las características de delito (…) y de otro lado, la protección reforzada del derecho a reunirse y manifestarse pública y pacíficamente reconocido en conexión con la libertad de expresión". Con esta decisión, la acusación queda suspendida mientras la nueva unidad especializada define el rumbo que seguirá el proceso penal.
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En la audiencia los imputados aparecen haciendo gestos, burlas y comentarios sobre su proceso penal y su actitud frente a las diligencias.