La Corte Suprema de Justicia y la Sala de Casación Penal respaldaron la postura de la fiscal general de la Nación en torno a la implementación de las Zonas de Ubicación Temporal dentro de los procesos de paz que adelanta el Gobierno Nacional.
En las últimas horas a través de una resolución la jefe del ente acusador no accedió a suspender las órdenes de captura contra los 29 cabecillas del Clan del Golfo, incluyendo alias “Chiquito Malo”, contra quien pesa una solicitud de extradición a Estados Unidos, hasta que se cumplan las condiciones de cumplimiento, entre ellas la suspensión de crímenes contra el DIH, la entrega de menores reclutados y el fin de actividades económicas ilícitas y hasta el 25 de junio, fecha en la que iniciaría el funcionamiento de las Zonas de Ubicación Temporal.
El alto tribunal señaló que las decisiones relacionadas con las Zonas de Ubicación Temporal deben ajustarse estrictamente a los requisitos legales y a los compromisos adquiridos por el Estado colombiano en materia de cooperación judicial internacional.
Y es que magistrados de la Corte habían manifestado su postura sobre este tema en particular, el vicepresidente de la alta corte Hugo Quintero aseguró que: “Esa orden de captura, además, tiene desde el punto de vista nuestro un problema complicado. Colombia tiene unos compromisos internacionales, específicamente con Estados Unidos”, respecto a alias ‘Chiquito Malo’.
“Por este motivo y en unidad de criterio con la Fiscalía General de la Nación, la Corte Suprema de Justicia estará atenta a la adecuada implementación de esos procesos, como Tribunal de cierre de la jurisdicción ordinaria”, indicaron desde la Corte.
Fue en enero de este 2026 cuando la Sala Penal dio luz verde a la extradición de Jobanis de Jesús Ávila ‘Chiquito Malo’ hacia los Estados Unidos señalado de tener un rol clave dentro del ‘Clan del Golfo’ designado por el gobierno estadounidense como una organización terrorista internacional.