Una decisión sin precedentes tomó el Alto Tribunal, porque amplió una norma que solo aplicaba para los hijos de crianza, pero hoy, con este pronunciamiento de la Corte, la exoneración de la cuota alimentaria cobija a todos los hijos.
La historia empieza con una demanda de inconstitucionalidad que presenta una persona contra este artículo de la ley conocida como Ley de Familias de Crianza, artículo que decía que los hijos de crianza no estaban obligados a mantener a sus padres de crianza si habían sufrido maltrato físico o psicológico.
Sin embargo, esa excepción solo aplicaba para los hijos de crianza y dejaba por fuera a los hijos biológicos y adoptivos. Ahí fue donde esta persona dijo que había una violación al principio de igualdad, porque todos los hijos, sin importar el tipo de familia, pueden ser víctimas de maltrato.
La magistrada Natalia Ángel, ponente del caso, aseguró que la decisión se basa en un pilar fundamental: la violencia tiene que salir de todas las familias.
A partir de este fallo, cualquier hijo o hija podrá pedir a un juez quedar libre de la obligación de mantener a sus padres si demuestra que fue víctima de violencia física o psicológica.
La Corte también aclaró que este nuevo criterio no reemplaza las causales ya existentes del Código Civil, como la “injuria atroz”, que ya permitía negar la obligación por maltrato grave, sino que las complementa, adaptándolas a los valores actuales de respeto, dignidad y protección de la víctima.