Corte Suprema ordena pagar pensión a hombre discapacitado que dependía de su madre
La Sala Laboral de ese alto tribunal profirió un fallo clave tras la negativa de Colpensiones de reconocer a la pensión sustitutiva a hombre en estado de invalidez.
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La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia confirmó que un hombre en condición de invalidez tiene derecho a recibir la pensión de sobrevivientes que dejó su madre tras fallecer en 2015, y ordenó a Colpensiones reconocerle el pago retroactivo de la prestación.
Este fue un pleito jurídico de 3 años, el caso estudiado bajo la ponencia de la magistrada Marjorie Zúñiga, retrata una situación común en Colombia.
El demandante, hoy en silla de ruedas y con graves afectaciones de salud mental, dependía económicamente de su mamá, quien era pensionada y asumía sus cuidados, manutención y gastos médicos.
Cuando ella murió, la pensión fue sustituida en su totalidad al esposo padre del demandante, quien reclamó como único beneficiario el hijo que para ese momento se encontraba internado en un hospital psiquiátrico, quedó por fuera del reconocimiento.
Colpensiones negó inicialmente la solicitud argumentando que no estaba demostrada la dependencia económica respecto de la madre.
Sin embargo, tanto un juzgado laboral de Cali como el Tribunal Superior de esa ciudad concluyeron lo contrario y es que las pruebas demostraban que era ella quien se encargaba de su sostenimiento.
Testimonios, historias clínicas y la propia declaración del demandante permitieron reconstruir una realidad familiar compleja: un padre ausente y una madre que, hasta su muerte, fue el único soporte económico y emocional de su hijo.
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La Corte Suprema de Justicia le dio validez ese análisis y dejó claro que la dependencia económica no exige convivencia permanente y que tratándose de personas en condición de discapacidad, basta probar que el apoyo del causante era esencial para su subsistencia.