Corte suprime invocación a Dios en juramento veterinario: recuerda que los animales son sintientes
La Corte Constitucional tumbó la obligación de invocar a Dios en el juramento que deben prestar los médicos veterinarios y zootecnistas al graduarse, establecido en un artículo de ley.
La decisión del alto tribunal marca sin duda un precedente en la libertad religiosa en Colombia, luego de que la Sala Plena declarara inexequible la obligación de invocar a Dios en el juramento que deben prestar los médicos veterinarios y zootecnistas al graduarse, establecido en el artículo 9 de la Ley 576 de 2000, que regula el código de ética de estas profesiones.
En la sentencia C-332 de 2025, con ponencia de la magistrada Lina Marcela Escobar, el alto tribunal señaló que imponer la fórmula religiosa vulneraba la libertad de conciencia y de cultos, así como el deber de neutralidad del Estado frente a las creencias.
“Aunque el juramento es un acto solemne válido, la invocación a Dios no responde hoy a una finalidad imperiosa y discrimina a quienes no profesan una religión o practican otras tradiciones”, indicó la decisión.
Veterinario
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La Corte también revisó el artículo 12 de la misma ley, que calificaba a los animales y plantas como simples medios al servicio del hombre, y por ello, declaró inexequibles las expresiones que mantenían una visión estrictamente instrumental, y reiteró que los animales son seres sintientes, titulares de un régimen jurídico especial de protección y amparados por la prohibición constitucional del maltrato injustificado.
No obstante, se mantuvo la expresión según la cual los animales “sirven al hombre para el mejor desarrollo y perfeccionamiento de su vida”, pero bajo el entendido de que esta función debe interpretarse en el marco del reconocimiento de su condición de seres sintientes.
El magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presidente de la Corte, salvó parcialmente su voto en relación con la eliminación de la expresión “en el nombre de Dios”. Sostuvo que la fórmula era compatible con la Constitución de 1991 y que su supresión obedeció a una visión “reduccionista y excluyente” de la laicidad.