JEP abre puerta para que agentes del Estado que aporten verdad queden en libertad
La JEP negó la libertad condicionada al general en retiro Henry Torres Escalante, investigado por el caso de falsos positivos por no aportar a la verdad.
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Porque no ha hecho aportes a la verdad de manera “temprana, extraordinaria y exhaustiva” y no ha cumplido el requisito mínimo de 5 años de retención, la Sección de Apelación de la JEP, negó el recurso de apelación que interpuso el mayor general (r) Henry William Torres Escalante, a la negativa de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas para su libertad condicionada.
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Es decir, el general continuará recluido en una Unidad Militar, cumpliendo la medida de aseguramiento por ser presuntamente coautor en la muerte de dos personas, que resultaron ser falsos positivos en 2007 en la vereda El Triunfo, municipio de Aguazul, Casanare.
Por otro lado, la Sección de Apelación determinó que “cuando ocurran casos de aportes extraordinarios, exhaustivos y tempranos de verdad, los comparecientes también tienen la posibilidad de acceder a un proceso prioritario en la JEP para resolver de manera pronta y definitiva su situación jurídica”.
La sección precisó que este beneficio “puede solicitarse cuando se lleve por lo menos un año de privación de la libertad, según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal”.
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Este último punto abre la puerta para que los agentes del Estado, sometidos a la JEP, empiecen el proceso de solicitud de libertad condicionada si han contado la verdad.
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