La Procuraduría General de la Nación tomó la decisión de archivar los procesos que se adelantaban contra el exalcalde de Bogotá Gustavo Petro y el actual mandatario Enrique Peñalosa, referente a lo que serían títulos falsos incluidos en sus hojas de vida.
La argumentación entregada es que para ser alcalde, los requisitos son los mismos que se exigen para ser senador, es decir, ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de treinta años de edad, de acuerdo a lo contenido en la Constitución Política.
En la sentencia del Ministerio Público se indicó que “el alcalde elegido popularmente para regir y administrar a Bogotá, no se le impone ningún requisito de estudio por cuanto las exigencias están circunscritas al nacimiento, edad y ciudadano en ejercicio. Reafirmando que no es exigido un nivel de educación específico”.
Inicialmente, quienes solicitaron la investigación por parte de la Procuraduría, indicaron que tanto Petro como Peñalosa, habrían incurrido en faltas consignadas como proporción de datos inexactos, omisión de información, suministro de datos inexactos o documentación con contenidos que no corresponden a la realidad para conseguir posesión o ascensos. Ante esto, se indicó que las conductas no están previstas en la ley como faltas disciplinarias.
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