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Proponen que Justicia Penal Militar revise sentencias de la JEP contra militares

El senador Rafael Nieto plantea un acto legislativo para que una revisión automática cambie quién tiene la última palabra sobre los uniformados sancionados por la JEP.

Militar con uniforme camuflado y fusil en una calle de Santa Marta, con una casa blanca y una reja al fondo
Imagen de referencia de un militar patrullando una calle.
AFP

El senador del Centro Democrático Rafael Nieto propone un proyecto de acto legislativo para que la Justicia Penal Militar revise de manera automática las sentencias que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)profiera contra militares y policías. En diálogo con Mañanas Blu, el congresista explicó que la iniciativa busca que la decisión final sobre la conducta de los uniformados recaiga en jueces con conocimiento especializado en derecho internacional humanitario (DIH) y derecho operacional.

Qué propone el proyecto de acto legislativo

La iniciativa plantea que las providencias de la JEP sobre integrantes de la Fuerza Pública sean examinadas por la jurisdicción penal militar mediante una revisión automática. Según Nieto, esa instancia adicional resolvería lo que considera una falla de fondo del sistema transicional.

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El senador sostiene que la JEP "tiene un problema de legitimidad de origen", además de dificultades en la conformación de sus magistrados por su forma de escogencia y falta de conocimiento para juzgar adecuadamente a militares y policías. A su juicio, "la operación militar para ser juzgada requiere de unos jueces que tengan un conocimiento profundo del derecho internacional humanitario y el derecho operacional".

Nieto afirmó que, por el origen de los magistrados, la JEP carece de ese conocimiento. Reconoció que hay excepciones, como la del magistrado Camilo Suárez, pero estimó que entre los más de 30 integrantes de la jurisdicción solo habría "uno o dos más" con dominio de esos temas.

La revisión no podría agravar la situación de los uniformados

Uno de los cuestionamientos planteados en la entrevista fue que pasar de la JEP a la justicia penal militar podría perjudicar a los propios uniformados, dados los señalamientos históricos de impunidad contra esta última. Nieto lo rechazó y explicó que el proyecto establece una salvaguarda.

"La regla que se establece es que esa justicia penal militar no puede hacer más gravosa la situación decidida en la JEP, de manera que no va a perjudicar de ninguna manera a los uniformados", afirmó. Según el senador, la única posibilidad de que la jurisdicción penal militar decida algo distinto es a favor de los militares y policías, cuando encuentre que los criterios de DIH y de derecho operacional no se aplicaron o se aplicaron mal.

Logo de la Jurisdicción Especial para la Paz
Jurisdicción Especial para la Paz
Foto: JEP.

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El debate sobre la impunidad

Frente a la objeción de que la justicia penal militar ha tenido problemas de impunidad, el congresista respondió que ese argumento no aplica en este caso. Para Nieto, la JEP es "por definición una jurisdicción de impunidad", por lo que la crítica a la revisión por parte de la justicia penal militar, dijo, no funciona. Aseguró que lo que se pide es simplemente un juez especializado en la revisión.

El senador también sostuvo que las sanciones propias de la JEP "no son de ninguna manera proporcionales y dejan en impunidad esos crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad". Agregó que lo ha dicho públicamente en distintas ocasiones y que, en su criterio, la objeción por impunidad debería dirigirse a la jurisdicción transicional y no a la penal militar.

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¿Podría intervenir la Corte Penal Internacional?

Otro de los interrogantes fue si una eventual absolución en la justicia penal militar podría abrir la puerta a la intervención subsidiaria de la justicia internacional, si las víctimas consideran que hubo impunidad. Nieto explicó que la Corte Penal Internacional solo tiene dos ámbitos de competencia: cuando el sistema judicial de un Estado colapsa y no hay quién haga justicia, o cuando la justicia nacional opera para dejar en impunidad crímenes de guerra y de lesa humanidad.

Según el congresista, esa segunda hipótesis sería la aplicable, paradójicamente, a la JEP y no a la justicia penal militar. Se le recordó además que la Corte Penal Internacional y la JEP alcanzaron un entendimiento, que el propio senador ubicó en 2021, por el cual el tribunal internacional no abriría un caso sobre Colombia. Nieto respondió que el proyecto no modifica la competencia de la JEP, que la mantiene, y que lo único que cambia es que, respecto de militares y policías, deja de ser tribunal de cierre.

"Ese es un carácter interno que se puede modificar", defendió, y argumentó que el carácter de tribunal de cierre no hace parte de lo pactado con la Corte Penal Internacional. "Las cosas se hacen en derecho como se deshacen", dijo. "Si se estableció inicialmente que había un tribunal de cierre, se puede establecer que no lo sea". Por eso, explicó, se requiere un acto legislativo, pues implica un cambio constitucional.

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¿Una justicia transicional eterna?

En la conversación se recordó que el ministro de Justicia, Iván Cancino, había planteado que Colombia debe pensar en justicias transicionales que no sean eternas, y se le preguntó a Nieto si su propuesta prolongaría la existencia de la JEP.

El senador respondió que no. Explicó que la revisión solo operaría sobre sentencias que la JEP ya emita y consistiría en un ejercicio de examen de ellas. Señaló además que, si es cierto lo que se sostiene desde esa jurisdicción sobre un pico de decisiones entre este año y el próximo, seguido de una disminución de la carga de trabajo, el proceso de revisión no se extendería indefinidamente. "No tendríamos un ejercicio en el cual se alargue eternamente la toma de las decisiones finales", sostuvo.

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