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Que presos salgan de día a trabajar y regresen en la noche: la propuesta de minjusticia

Según la propuesta del ministro de Justicia, el Estado le buscaría el empleo a un preso en una empresa pública o particular.

Cárcel, prisión_AFP.jpg
Cárcel, imagen de referencia
Cárcel / Foto: AFP, referencia

El ministro de Justicia, Néstor Osuna, presentará en el Congreso el proyecto de ley que reformaría el Código Penal en Colombia y que tiene dos objetivos contundentes: mitigar el hacinamiento en las cárceles y combatir la reincidencia en el delito para fortalecer la seguridad ciudadana.

Dentro de las propuestas incluidas en el proyecto está la de ofrecer a los presos la oportunidad de salir a trabajar en el día y regresar a las cárceles en la noche, como medida para disminuir la reincidencia.

“La persona sale a trabajar durante el día. El Estado tiene que conseguirle un trabajo público o en empresa particular. La persona sale vigilada por el estado y en la noche regresa a dormir en la cárcel”, dijo el ministro Osuna.

Y es que, según explicó el funcionario, las cárceles son las universidades del delito y mucho tiempo de condena solo sirve para que los presos adquieran vicios. Además, manifestó que la cárcel debe ser solo para los casos extremos y que sea una prisión útil, donde el recluso aprenda un oficio, termine sus estudios y pueda trabajar.

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Por otro lado, el borrador del proyecto de ley también contempla que a las mujeres embarazadas que están en detención preventiva en la cárcel se les amplíe el beneficio que actualmente está establecido por la ley, que es salir de prisión y tener detención domiciliaria dos meses antes del parto.

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El ministro propone que sean hasta cuatro meses antes del parto, tiempo en el que las mujeres embarazadas continuarían con su condena, pero en su domicilio.

Este proyecto de ley, según el ministro, incrementa la posibilidad de prisión domiciliaria, una casa por cárcel muy estricta, sin posibilidad de que los detenidos salgan de sus lugares de residencia bajo ninguna excusa y no se aplicaría para delitos sexuales ni delitos contra menores de edad ni contra la administración pública.

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