Una playa no es un bien con el que se pueda reparar a víctimas: Corte Suprema
Se trata de una decisión tomada tras estudiar el caso del exparamilitar Miguel Ángel Múnera Mejía, alias ‘El Mellizo’ y su hermano.
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La Corte Suprema determinó en un fallo reciente, de 72 páginas, que un terreno como una playa no sirve para reparar a las víctimas. Se trata de una playa, casi privada, ubicada en el municipio de San Bernardo del Viento, Córdoba. En su momento, Miguel Ángel Múnera Mejía, alias ‘El Mellizo’, entregó información sobre ese terreno, expresando que podía servir para reparar a más de 5.000 de sus víctimas.
Alias ‘El Mellizo’, exparamilitar y miembro del Bloque Vencedores de Arauca y jefe de uno de los negocios de la droga, había ofrecido entregar esa playa como parte de los bienes para reparar y así obtener beneficios judiciales.
El ente investigador le pidió al Tribunal de Justicia y Paz que ese bien no fuera incluido en la lista.
A la Fiscalía le pareció raro que una playa estuviera registrada a nombre de una persona. Esta era del hermano de Múnera Mejía, Víctor Manuel, quien dijo haber usado el bien para lavar dinero del narcotráfico durante varios años, a beneficio de los narcos y del grupo paramilitar.
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Por eso le pidió al Tribunal de Justicia y Paz que lleva el caso de Múnera, que excluyera la playa de la lista de bienes para reparar. El juez dijo que no era necesario por lo que la Fiscalía apelara hasta que el caso llegó a manos de la magistrada Patricia Salazar.
La tesis de la decisión es que la playa cuenta con difícil acceso. Tiene más de 1.000 metros cuadrados, pero las condiciones y por tratarse de un bien de carácter público, “motivo por el cual son intransferibles a cualquier título a los particulares”.
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