Avisan a miles de motociclistas que violan nueva ley sin saberlo: los multarán con más de $600.000
Además, según el Código Nacional de Tránsito, las autoridades también podrán inmovilizar las motos.
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Miles de motociclistas en Colombia podrían estar incurriendo en una infracción sin tener conocimiento de ello. La entrada en vigencia de la Ley 2450 de 2025, conocida como la Ley contra el Ruido, puso bajo la lupa a aquellas motos que han sido modificadas para sonar más duro, especialmente mediante el uso de resonadores o la alteración del sistema de escape.
Según advirtió la Cámara de la Industria de Motocicletas de la ANDI, muchos motociclistas aún desconocen que estas modificaciones, vistas por algunos como simples cambios estéticos o de estilo, tienen consecuencias legales, ambientales y de seguridad vial.
El director de esta entidad, Iván García, explicó que alterar el sistema de escape de una moto compromete su rendimiento, puede incrementar las emisiones y, ahora, además, puede ser sancionado con fuertes multas.
La ley establece que los vehículos no deben superar ciertos niveles de ruido establecidos desde hace décadas. Para motocicletas, el límite es de 86 decibeles, de acuerdo con el Ministerio de Salud. Aunque el umbral ya existía, la noticia es que ahora aplicarán sanciones sin necesidad de realizar una medición con sonómetro, facilitando el procedimiento para las autoridades de tránsito.
El decreto 1076 de 2015, por su parte, refuerza la regulación ambiental e impide la circulación de vehículos sin silenciadores en buen estado, lo que también aplica a motocicletas que hayan sido alteradas retirando o perforando componentes como el silenciador o el llamado dB-killer, un elemento que atenúa el sonido.
El Código Nacional de Tránsito contempla multas por este tipo de infracciones relacionadas con ruido, las cuales están entre 8 y 16 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), lo que representa una sanción que puede superar los $660.000, a lo que deben sumarse posibles costos por la inmovilización del vehículo, grúa y patios.
El artículo 104 de dicho código ya prohibía desde antes la circulación con niveles de ruido excesivos. Con la nueva Ley contra el Ruido, estas disposiciones toman aún más fuerza.
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Además de la multa, los motociclistas que realicen este tipo de modificaciones se exponen a otros riesgos. En algunos casos, la garantía del fabricante puede anularse si se altera el sistema de escape. Igualmente, en las revisiones técnico-mecánicas puede rechazarse la motocicleta por no cumplir con los requisitos de conformidad establecidos por las normas ambientales y de tránsito.
Desde la iniciativa Movemos Colombia, liderada por la Cámara de la Industria de Motocicletas de la ANDI, se han emitido una serie de recomendaciones dirigidas a los conductores. Una de las más importantes es conservar el sistema de escape original o usar repuestos certificados y homologados. También se recomienda evitar cualquier tipo de perforación, retiro del silenciador o instalación de resonadores.
Según explicó Iván García, “modificar o alterar el sistema de escape de una motocicleta no solo va en contra de las recomendaciones del fabricante, sino que también puede comprometer la seguridad del conductor, la vida útil del motor y el rendimiento del vehículo”.
Para quienes ya han realizado cambios en el sistema de escape, las autoridades y gremios sugieren: