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Alcaldías de Bogotá, Medellín y Cali, a responder ante la Procuraduría por aplicación de fotomultas

Los fotocomparendos deben imponerse a quien está conduciendo y comete la infracción, no necesariamente al dueño del vehículo.

Fotocomparendos
Fotocomparendos
Foto: Referencia Twitter @TransitoBta

La Procuraduría dio un plazo de cinco días a los secretarios de movilidad de las alcaldías de Bogotá, Medellín y Cali para explicar el presunto incumplimiento del fallo de la Corte Constitucional (C-038 de 2020) en el que establece los lineamientos para el cobro de infracciones por fotomultas.

En su decisión la Corte estableció que la responsabilidad es individual y, por lo tanto, los fotocomparendos se deben imponer a quien está conduciendo y comete la infracción y no necesariamente al dueño del vehículo.

Sin embargo, quejas de ciudadanos dan cuenta de que las alcaldías no estarían cumpliendo el fallo. Los secretarios tienen 5 días de plazo para presentar al Ministerio Público las medidas adoptadas para evitar la imposición de infracciones dudosas o inexistentes a los ciudadanos.

Conozca el fallo de la Corte Constitucional:

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Por: Asdrúbal Guerra

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