Este polémico proyecto de sometimiento, que ofrece beneficios punitivos a capos de bandas criminales y desertores de antiguos procesos de paz, no recibió el aval de la Corte Suprema de Justicia.
Aunque la Corte reconoció la relevancia social de avanzar en mecanismos que faciliten la desmovilización y el desmantelamiento de estructuras criminales, advirtió que la propuesta legislativa requiere mayor deliberación pública, consensos robustos y un análisis más profundo, debido a sus posibles impactos en política criminal, en la garantía de derechos de las víctimas y en el funcionamiento del sistema judicial y penitenciario.
Otro de los cuestionamientos de Ávila es que, con esta ley, se pretende vincular a procesados por hechos relacionados con protesta social en el mismo marco diseñado para estructuras criminales, lo que la Corte considera estigmatizante y sin justificación.
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“Para esta sala, el tratamiento penal especial propuesto en la iniciativa para personas procesadas con ocasión del ejercicio de la protesta social dentro del mismo ámbito regulatorio destinado para investigar y juzgar a integrantes de Grupos Armados Organizados al Margen de la
Ley puede resultar, contrario a lo pretendido, estigmatizante con quienes ejercen este derecho fundamental”, se lee en el concepto.
Uno de los reparos más fuertes está en la inclusión de personas que reincidieron tras desmovilizarse de procesos anteriores, lo que, según la Corte, desconoce el deber estatal de garantizar la no repetición.
En su criterio, quienes delinquieron después de haberse beneficiado de Justicia y Paz o la JEP no deben ser cobijados por un nuevo sistema de justicia transicional.