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¿Debería prohibirse publicidad de alimentos dietarios? Debate en el sector salud

El Gobierno debe decidir sobre un proyecto de resolución para regular Alimentos de Propósitos Médicos Especiales.

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Blu Radio. Supermercado (referencia). Foto: AFP

El Ministerio de Salud de Alejandro Gaviria dejó lista una resolución para regular una serie de productos que han venido en aumento en Colombia. Sin embargo, hasta ahora sigue siendo un borrador porque el nuevo Ministerio no ha tomado una decisión definitiva y todavía hay comentarios de los expertos y de la industria. Se trata de los suplementos dietarios que son considerados Alimentos con Propósitos Médicos Especiales. 

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Productos como Ensure, Pediasure o Glucerna son catalogados en Colombia como Alimentos con Propósitos Médicos Especiales, según la categorización que estableció el Invima para controlar su producción y su venta. 
 
Estos productos tienen una serie de requisitos en el etiquetado con el fin de que los consumidores tengan total claridad de qué están consumiendo y para qué propósito. Los Alimentos con Propósito Médico Especial pueden ser de tipo oral o parenteral, es decir vía intravenosa y subcutánea, pero se producen para atender unas necesidades médicas nutricionales específicas en poblaciones como la tercera edad y personas con alguna limitación para ingerir alimentos físicos que no pueden lograr los niveles básicos de energía para subsistir. En otros casos funcionan como terapéuticos mientras que los pacientes se recuperan de alguna enfermedad. 
 
En un documento del Invima para la presentación de solicitudes a empresas farmacéuticas que quieran comercializar estos productos en Colombia, se dejaron claras estas especificaciones. 
 
“Son alimentos diseñados y elaborados para ser administrados por vía oral o por sonda, en el ámbito hospitalario, ambulatorio o domiciliario, con el fin de brindar soporte nutricional total o parcial a personas que presenten enfermedades o condiciones médicas con requerimientos nutricionales especiales y capacidad limitada para ingerir, digerir, absorber, metabolizar o excretar alimentos normales”, se lee en uno de los párrafos. 
 
Y, de hecho, se estableció también que su uso debe ser exclusivamente mediante evaluación y supervisión médica activa y continua. Pero una visita simple a una farmacia prueba que la mayoría de estos productos son accesibles sin la necesidad de una prescripción de un profesional en salud. 
 
Otro de los aspectos importantes destacados en el documento del Invima es que estos productos no pueden promoverse si se da a entender la idea de que una alimentación basada en componentes naturales no suministra las cantidades suficientes de nutrientes. 
 
Pero al documento final se le quitó un párrafo que sí estaba redactado en el borrador inicial del Invima. La entidad tenía contemplado dar un paso hacia la prohibición de la publicidad en los medios de difusión, porque, teniendo en cuenta que son alimentos producidos para algunas condiciones médicas, solo debían aparecer en publicaciones científicas. El borrador decía “Teniendo en cuenta la definición de APME (…). Se recomienda que solo se anuncien o promocionen en publicaciones de carácter científico o técnico”.
 
Ese apartado fue suprimido del documento final del Invima, pero incluido en el borrador de la resolución del Ministerio que está en estudio. En el proyecto de resolución se lee: “los alimentos para propósitos médicos especiales no pueden dar a entender que se dirigen a población sana y sólo podrán anunciarse o promocionarse en publicaciones de carácter científico o técnico. Prohíbase su propaganda en la prensa, la radiodifusión, la televisión y, en general, en cualquier otro medio de comunicación y promoción masiva”. 
 
Ese es el fondo del debate. De un lado, los argumentos de la industria apuntan hacia una posible vulneración al libre mercado y la libre competencia. Y del otro, los expertos y nutricionistas explican que, si se trata de productos que necesitan una prescripción médica, no hay razón alguna para que sean anunciados a la población general que está sana. 
 
Ana María Vesga es la directora de la Cámara de Farmacia de la Andi y opina que las condiciones de un alimento especial deben estar asociadas a una enfermedad por lo que sí es necesario que el consumidor tenga total claridad sobre lo que está consumiendo. “Estos alimentos tienen que ser terapéuticos. Hay que saber qué efectos positivos o adversos tiene el producto. La posición del gremio es que haya una información completa para que los pacientes tengan claro qué están consumiendo y si eso es lo que deben tomar”. 
 
Según las cifras de la Administradora de Recursos del Sistema de Salud, en el 2017 se pagó $ 86.194 millones en este tipo de productos que no se encuentran dentro del Plan de Beneficios en Salud. Es decir que los colombianos están pagando miles de millones de pesos al año por la compra de medicamentos que no necesariamente son recetados a personas que los necesitan por su estado de salud. 
 
El debate será entre los gigantes del sector salud porque se trata de las organizaciones que defienden a los consumidores y los nutricionistas que no están de acuerdo con la comercialización de productos médicos que se venden como de uso libre, y la poderosa industria farmacéutica multinacional. El Ministerio de Salud contestó que en este momento se está desarrollando la ruta del análisis de impacto normativo, lo que podría durar dos o tres años en resolverse, pero aclararon que es una prioridad en el 2019. 
 
Mientras tanto los productos seguirán apareciendo en la televisión y vendiéndose al público en general por la falta de regulación clara que sí existe en países de Europa. El consumo desproporcionado de estos alimentos medicamentos en personas que no los necesitan podría incrementar el riesgo de diabetes o causar daños renales.

 
 

 

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